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Ayudas Claras
Subvenciones Cuenca Empleo
Empleo Cuenca Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a autónomos y microempresas rurales de Cuenca

Subvención de inversiones para autónomos y microempresas de pueblos pequeños de Cuenca.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Diputación de Cuenca para inversiones de autónomos y microempresas en pueblos pequeños
Para quién
Autónomos y microempresas (también comunidades de bienes y sociedades) de pueblos de Cuenca con menos de 5.000 habitantes
Cuánto
  • El importe depende del número de trabajadores y nunca supera la inversión que justifiques
    PlantillaImporte máximo
    Sin trabajadores contratadosHasta 2.000€
    Entre 1 y 5 trabajadoresHasta 3.000€
    Entre 6 y 9 trabajadoresHasta 4.000€
    Cobras la menor de estas dos cantidades: el tope de tu tramo o la inversión que justifiques. Cada puesto ocupado por una mujer cuenta 1,5 veces que el ocupado por un hombre.
Qué cubre
  • Inversiones en bienes de uso duradero para tu actividad, con un valor de adquisición de al menos 500€ (IVA excluido) por bien
  • Construcciones, instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje y terrenos afectos a tu negocio
Requisitos
  • Eres autónomo o microempresa y desarrollas tu actividad como mínimo desde el 1 de enero de 2025
  • Tu domicilio fiscal y tu establecimiento principal están en un municipio de Cuenca de menos de 5.000 habitantes
  • Tu microempresa emplea a menos de 10 personas y no supera los 2 millones de euros de volumen de negocio o balance anual
  • Has realizado inversiones en bienes para tu actividad durante 2025, con un valor de al menos 500€ por bien sin IVA
  • Estás al corriente de pagos con Hacienda y con la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantén tu actividad en funcionamiento: se comprueba de oficio en el momento de la justificación
  • Justifica el gasto presentando facturas, justificantes de pago y memoria de actuación
  • Comunica a la Diputación cualquier otra ayuda que recibas para la misma finalidad
  • Cuida que el total de ayudas recibidas no supere el coste de la actividad
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero y aporta la información que te pidan
Cuándo
  • Abre: 28 de mayo de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 29 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres autónomo y desarrollas tu actividad desde antes de 2025
  • Tienes una microempresa con menos de 10 personas empleadas
  • Tu domicilio fiscal y establecimiento están en un pueblo de Cuenca de menos de 5.000 habitantes
  • Has invertido en bienes para tu negocio durante 2025
  • Eres una comunidad de bienes o sociedad titular de la actividad
  • Empezaste tu actividad después del 1 de enero de 2025
  • Tu negocio está en un municipio de Cuenca de 5.000 o más habitantes
  • Tu microempresa emplea a 10 o más personas
  • El volumen de negocio o balance anual de tu empresa supera los 2 millones de euros
  • La inversión que quieres justificar costó menos de 500€ por bien

Cuánto puedes recibir

Recibes hasta 2.000€ si no tienes trabajadores contratados, hasta 3.000€ con entre 1 y 5 trabajadores, y hasta 4.000€ con entre 6 y 9 trabajadores. En todo caso cobras la menor de dos cantidades: el tope de tu tramo o la inversión que hayas justificado de verdad. Cada puesto ocupado por una mujer computa 1,5 veces respecto al ocupado por un hombre.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu actividad y tu pueblo cumplen los requisitos

  2. Reúne la documentación: certificado censal, certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social, y el informe de plantilla media si tienes trabajadores

  3. Cumplimenta la instancia de solicitud (Anexo I) junto con las memorias de justificación (Anexos II y III) con tus facturas

  4. Presenta toda la documentación en la sede electrónica de la Diputación dentro del plazo de un mes

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud (Anexo I)
  • Memoria de actuación justificativa (Anexo II)
  • Memoria económica justificativa con facturas y justificantes de pago (Anexo III)
  • Copia del NIF o CIF del solicitante
  • Certificado censal de alta en actividades económicas
  • Certificados de estar al corriente de pagos con Hacienda y con la Seguridad Social
  • Informe de plantilla media de trabajadores, desglosado por sexo, si tienes personal contratado
  • Licencia de actividad en vigor o solicitud de la misma, cuando sea preceptiva
  • Ficha de tercero actualizada según el modelo de la Diputación

Preguntas frecuentes

¿Qué inversiones puedo justificar con esta ayuda?
Inversiones en bienes de uso duradero afectos a tu actividad realizadas durante 2025, siempre que cada bien tenga un valor de adquisición de al menos 500€ sin IVA.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con ayudas de otras administraciones o entidades. Eso sí, el total recibido para la misma finalidad no puede superar el coste de la actividad, y debes comunicar a la Diputación cualquier otra ayuda concurrente.
¿Cómo se decide a quién se concede si se acaba el dinero?
Las solicitudes se resuelven por orden de entrada en el registro de la sede electrónica, mientras quede crédito disponible.
¿Cuándo cobro la subvención?
El pago se realiza una vez se acredita que tu actividad sigue en funcionamiento y que no mantienes deudas con Hacienda ni con la Seguridad Social.

Fuentes oficiales

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