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Ayudas Claras
Ayudas Asturias Servicios sociales
Servicios sociales Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para taxi a personas con discapacidad en Gijón

Hasta 300€ por los viajes en taxi de personas con discapacidad en Gijón

Lo que significa

Qué es
Subvención por libre concurrencia de la Fundación Municipal de Servicios Sociales de Gijón para tus desplazamientos en taxi
Para quién
Personas con discapacidad igual o superior al 33%, movilidad reducida y dificultades para usar transportes colectivos, vecinas de Gijón
Cuánto
  • Ayuda individual de hasta 300€, con reducción si ya tienes otros beneficios por tu discapacidad
    SituaciónCuantía máxima
    No tienes ninguno de los tres beneficios por discapacidad300€
    Tienes uno de esos tres beneficios225€ (75% del máximo)
    Tienes más de uno de esos tres beneficios150€ (50% del máximo)
    Los tres beneficios son: exención del Impuesto de Matriculación de Vehículos en los últimos cuatro años, beneficio por la compra o adaptación de un vehículo concedido por cualquier administración y tarjeta de estacionamiento para persona con discapacidad. No se conceden ayudas por importe igual o inferior a 20€.
Qué cubre
  • Tus viajes en taxi realizados entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2026
  • Trayectos en taxi dentro del territorio de la comunidad autónoma
Requisitos
  • Estás empadronado en Gijón desde hace al menos un año cuando presentas la solicitud
  • Tienes reconocida una discapacidad igual o superior al 33%
  • Tienes reconocida movilidad reducida y dificultades de movilidad para usar transportes colectivos
  • Tus ingresos de 2025 no superan el doble del IPREM anual de 2026

    La convocatoria toma como referencia el IPREM anual de 2026 con 14 pagas, que asciende a 8.400,00€. Si la ayuda se pide para un menor que convive con sus progenitores, tutores o acogedores, se suman los ingresos de esas personas y se dividen entre 3, o entre 2 si convive con una sola. Para personas mayores de edad o emancipadas con medidas judiciales de apoyo, se suman sus ingresos y los de los progenitores o curadores con quienes convivan, y se dividen entre 3 si hay dos personas que completan su capacidad jurídica o entre 2 si hay una.

  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Usa la ayuda solo para tus propios desplazamientos en taxi
  • Justifica el gasto como máximo el 31 de enero de 2027
  • Presenta la relación de gastos, las facturas de los taxis y los justificantes de su pago
  • Sométete a las comprobaciones que haga la Fundación para verificar las condiciones de la ayuda
  • Comunica y renuncia a la parte que sobre si recibes otras ayudas que financien el mismo gasto
  • Devuelve el dinero de la ayuda que no hayas gastado
Cuándo

El plazo es de veinte días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 30 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás empadronado en Gijón desde hace al menos un año
  • Tienes reconocida una discapacidad igual o superior al 33%
  • Tienes movilidad reducida y dificultades para usar transportes colectivos
  • Te mueves en taxi dentro del territorio de la comunidad autónoma
  • Tus ingresos de 2025 no llegan al doble del IPREM anual de 2026
  • Has hecho o vas a hacer viajes en taxi entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2026
  • Llevas menos de un año empadronado en Gijón
  • Tu grado de discapacidad reconocido es inferior al 33%
  • No tienes reconocida movilidad reducida ni dificultad con el transporte colectivo
  • Tus ingresos de 2025 superan el doble del IPREM anual de 2026
  • Tus viajes en taxi no se hicieron entre julio y diciembre de 2026
  • La ayuda que te correspondería es de 20€ o menos

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 300€ para pagar tus viajes en taxi. Si ya tienes alguno de los tres beneficios por discapacidad que recoge la convocatoria, ese máximo baja al 75% (225€), y si tienes más de uno, al 50% (150€). Se paga por transferencia bancaria una vez que has justificado el gasto, y no se conceden ayudas por importe igual o inferior a 20€.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la tarjeta o la resolución que acredita tu discapacidad, tu movilidad reducida y tu dificultad para usar transportes colectivos

  2. Rellena la solicitud según el modelo del Anexo I de la convocatoria

  3. Presenta la solicitud en el registro electrónico del Ayuntamiento de Gijón, en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía o en los registros de los Centros Municipales Integrados

  4. Conserva el número de registro de entrada de tu solicitud: las listas publicadas solo identifican cada solicitud con ese número

  5. Revisa la lista provisional en la sede electrónica municipal y subsana en 10 días hábiles si te lo piden

  6. Justifica el gasto con el Anexo II y las facturas de los taxis hasta el 31 de enero de 2027

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo del Anexo I de la convocatoria
  • Copia del documento nacional de identidad o del documento de identificación de extranjero de la persona beneficiaria, en blanco y negro
  • Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad, certificación del tipo de discapacidad o resolución de reconocimiento en la que consten la discapacidad igual o superior al 33%, la movilidad reducida y las dificultades para usar transportes colectivos
  • Copia del documento de identidad de la persona representante legal y documentación que acredite la representación (libro de familia o resolución judicial), cuando se solicita para un menor o para una persona con medidas judiciales de apoyo
  • Copia completa de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o certificado de imputación de rentas, si te opones a que la Fundación consulte tus datos de renta a otras administraciones
  • Fichero de acreedores del Ayuntamiento de Gijón, firmado por la persona beneficiaria y diligenciado por la entidad bancaria
  • Relación de gastos de desplazamiento en taxi según el modelo del Anexo II
  • Copia de las facturas de los taxis, con el lugar de recogida y el final de cada trayecto, y documentos que acrediten su pago

Preguntas frecuentes

¿Importa cuándo presente la solicitud?
Sí. Las ayudas se conceden hasta agotar el crédito disponible, por orden de fecha y hora de entrada de la solicitud debidamente cumplimentada en el registro.
¿Puedo cobrarla si ya recibo otra ayuda para lo mismo?
Sí, es compatible con ayudas de otras administraciones o de entidades públicas y privadas. Eso sí, la suma de todas no puede superar lo que te hayas gastado en el servicio de taxi.
¿Qué pasa si me falta algún documento?
La lista provisional indica qué solicitudes tienen que subsanar documentación y abre un plazo de 10 días hábiles para alegar o completarla. Si no lo haces en ese plazo, se te tiene por desistido.
¿Cuánto tardan en contestar?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación del extracto de la convocatoria en el boletín de la provincia. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, se entiende denegada.
¿Qué ocurre si no justifico el gasto?
La Fundación puede revocar la ayuda y exigirte la devolución total o parcial del dinero, con los intereses de demora desde que te lo abonaron. Si no devuelves lo reclamado en periodo voluntario, se cobra por vía de apremio.

Fuentes oficiales

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