Ayuda a jóvenes para comprar vivienda en Soria
El 50% de la compra de tu vivienda en los pueblos de Soria, hasta 5.000€
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia no competitiva de la Diputación de Soria para que jóvenes compren vivienda o suelo en pueblos de la provincia.
- Para quién
- Jóvenes empadronados en cualquier municipio de la provincia de Soria.
- Cuánto
- El 50% de los gastos subvencionables, con un máximo de 5.000€ por solicitud y vivienda
- Qué cubre
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- El coste de comprar la vivienda, nueva o usada, con el IVA incluido
- El coste de comprar el terreno donde vas a construir la vivienda, con el IVA incluido
- Los gastos de notaría y registro y la redacción del proyecto técnico de construcción o rehabilitación
- Requisitos
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- Eres mayor de edad y tienes menos de 40 años el día que presentas la solicitud
- Estás empadronado en un municipio de la provincia de Soria al presentar la solicitud
- Tienes nacionalidad española o de otro país de la Unión Europea, o residencia legal en España
- Compras vivienda, suelo urbano o vivienda para rehabilitar en una localidad de la provincia de Soria de menos de 20.000 habitantes
- Eres titular de al menos el 50% de la vivienda o del suelo por el que pides la ayuda
- No eres propietario ni usufructuario de ninguna otra vivienda en España
Se exceptúa a quien, siendo titular de una vivienda, acredite que no puede disponer de ella por separación o divorcio, porque no pueda habitarla por cualquier otra causa ajena a su voluntad, porque le resulte inaccesible por razón de discapacidad propia o de algún miembro de la unidad de convivencia, o porque la otra vivienda proceda de herencias yacentes o proindiviso.
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Formaliza en escritura pública la compra de la vivienda o del terreno
- Empadrónate en la vivienda y conviértela en tu residencia habitual en un plazo máximo de veinticuatro meses desde la resolución de concesión
- Mantén la vivienda como residencia habitual y permanente durante un mínimo de cinco años
- Haz constar en el Registro de la Propiedad la subvención concedida
- Comunica a la Diputación cualquier cambio de domicilio dentro de los quince días siguientes y espera su autorización expresa
- Presenta la justificación de la ayuda como máximo el 30 de abril de 2027
- Cuándo
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- Abre: 31 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 28 de febrero de 2027 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres mayor de edad y tienes menos de 40 años
- Estás empadronado en algún municipio de la provincia de Soria
- Vas a comprar vivienda en una localidad soriana de menos de 20.000 habitantes
- Compras suelo urbano para construir en él tu vivienda habitual
- Adquieres una vivienda usada para rehabilitarla
- Has firmado un contrato de arras por una vivienda en construcción
- Tienes 40 años o más el día en que presentas la solicitud
- Eres propietario o usufructuario de otra vivienda en España y puedes disponer de ella
- Fuiste beneficiario de esta misma ayuda en 2024 o en 2025
- La vivienda o el suelo está en una localidad de 20.000 habitantes o más
- Eres titular de menos del 50% de la vivienda o del suelo comprado
Cuánto puedes recibir
Recibes el 50% de los gastos subvencionables, con un máximo de 5.000€ por solicitud y vivienda. Si las solicitudes presentadas superan el crédito de la partida, las ayudas se reducen de forma proporcional al número de beneficiarios. El pago se realiza después de que justifiques la operación.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que la vivienda o el suelo está en una localidad de la provincia de Soria de menos de 20.000 habitantes
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Pide autorización previa a la Diputación si compras a un pariente hasta el tercer grado
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Formaliza la compraventa o la redacción del proyecto entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de abril de 2027
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Reúne la solicitud del Anexo I y el resto de la documentación exigida
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Presenta la solicitud hasta el 28 de febrero de 2027
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Si te lo requieren, subsana la solicitud en los 10 días hábiles siguientes
Documentación necesaria
- Solicitud cumplimentada (Anexo I)
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria
- DNI o NIE
- Permiso de residencia legal en España, si eres extranjero no comunitario
- Certificado de empadronamiento del solicitante
- Contrato de arras, de paga y señal u otro instrumento similar, si has firmado un anticipo por una vivienda en construcción
- Acreditación de que no puedes disponer de la otra vivienda, si eres propietario o usufructuario de alguna en España
- Escritura pública de propiedad del terreno, si vas a construir en un terreno tuyo