Ayuda al pago del IBI para vecinos de Santiago del Teide
El 90% del recibo del IBI de tu vivienda habitual en Santiago del Teide
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en régimen de concurrencia del Ayuntamiento de Santiago del Teide para colaborar en el pago del IBI de tu vivienda habitual.
- Para quién
- Pensionistas, parados de larga duración, personas con discapacidad o con un familiar a cargo, y víctimas de violencia de género.
- Cuánto
- El 90% de la cuota del recibo del IBI del año correspondiente; puede reducirse hasta el 50% del recibo si las solicitudes superan el crédito disponible
- Qué cubre
- El pago de la cuota del recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de tu vivienda habitual del año en curso
- Requisitos
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- Estás empadronado y resides en Santiago del Teide, con un mínimo de un año de antigüedad en la vivienda para la que pides la ayuda; también cumples esta condición si estás ingresado en una residencia de ancianos y tu vivienda habitual está desocupada
- Perteneces a uno de los colectivos a los que se dirige la convocatoria
- Eres propietario, usufructuario o titular de un derecho de superficie de esa vivienda y figuras como obligado al pago del recibo del IBI; también tienen derecho los titulares con derecho de uso adjudicado en un procedimiento de separación o divorcio, aunque el recibo se gire a nombre del otro cónyuge
- Los ingresos totales de tu unidad familiar no superan el límite que corresponde a su número de miembros
El baremo toma como referencia el IPREM mensual de 600,00 euros del año en curso. Se cuenta un miembro más si convives con un familiar hasta el segundo grado con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.Miembros de la unidad familiar Límite de ingresos mensuales 1 miembro 1.020,00€ 2 miembros 1.260,00€ 3 miembros 1.440,00€ 4 miembros 1.560,00€ 5 miembros 1.728,00€ 6 miembros 1.860,00€ 7 miembros 1.992,00€ - Destinas la ayuda a pagar la cuota del IBI de tu vivienda habitual del año en curso
- Si tienes a tu cargo o convive contigo un familiar con discapacidad, esta debe ser igual o superior al 65% y acreditarse con el certificado del organismo competente
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Acredita que cumples los requisitos exigidos para acceder a la ayuda
- Destina la ayuda recibida a pagar el recibo del IBI del ejercicio en que se publica la convocatoria
- Sométete a las comprobaciones que el Ayuntamiento practique sobre la subvención concedida
- Cuándo
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El plazo es de veinte días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 29 de julio de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres pensionista y cobras una pensión de un organismo público
- Llevas al menos doce meses seguidos inscrito como demandante de empleo
- Tienes reconocida una discapacidad igual o superior al 65%
- Convives con un familiar con discapacidad del 65% o más a tu cargo
- Eres víctima de violencia de género con sentencia u orden de alejamiento
- Estás empadronado en esa vivienda de Santiago del Teide desde hace al menos un año
- Tu vivienda habitual está fuera del término municipal de Santiago del Teide
- No figuras como obligado al pago del recibo del IBI de esa vivienda y tampoco tienes adjudicado su derecho de uso en una separación o divorcio
- Tú o los familiares que conviven contigo poseéis más de dos viviendas
- Posees bienes inmuebles a través de una sociedad
- Los ingresos de tu unidad familiar superan el baremo de la convocatoria
Cuánto puedes recibir
Cobras el 90% de la cuota del recibo del IBI de tu vivienda habitual del año correspondiente. Si el importe global a subvencionar supera el crédito previsto, el Ayuntamiento baja la cantidad que concede a cada solicitante, sin que pueda quedar por debajo del 50% del importe del recibo. Si aun así sigue sin alcanzar, se da prioridad a las unidades familiares con menos ingresos según la valoración de la Comisión de Valoración. Cuando un edificio está dividido en viviendas independientes pero solo tiene una referencia catastral, cobras la parte proporcional que representa tu vivienda sobre el conjunto.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne el DNI de todos los miembros de tu unidad familiar y los justificantes de sus ingresos
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Consigue los recibos del IBI de los dos años anteriores y el justificante de su pago
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Rellena el modelo de solicitud dirigido al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento
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Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento dentro de los veinte días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria
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Si el Ayuntamiento te requiere documentación, apórtala en el plazo de diez días que te indique
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Consulta el tablón de anuncios del Ayuntamiento, donde se publica la resolución
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud (Anexo) con la declaración responsable firmada
- Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte del solicitante y de los miembros de la unidad familiar que lo posean
- Justificantes de los ingresos percibidos por todos los miembros de la unidad familiar en el año en que se solicita
- Pensionistas: documento acreditativo de la pensión o pensiones que percibe
- Trabajadores por cuenta ajena: certificado de haberes de la empresa u hojas de salario de los tres últimos meses
- Trabajadores autónomos: último pago fraccionado del IRPF o último boletín de cotización a la Seguridad Social y declaración de responsabilidad de los ingresos mensuales
- Desempleados: certificado del Servicio Canario de Empleo que acredite la situación y el importe de las prestaciones que percibe
- Declaración de encontrarse inscrito en el Servicio Público de Empleo con una antelación mínima de 12 meses ininterrumpidos antes de la fecha de la solicitud
- Declaración del Impuesto sobre la Renta de todos los miembros de la unidad familiar, del ejercicio que la Agencia Tributaria disponga al inicio del plazo
- Recibo del IBI de los dos años anteriores y justificante del pago de los recibos
- Certificación del organismo competente que acredite el grado de discapacidad igual o superior al 65%
- Víctimas de violencia de género: sentencia judicial u orden de alejamiento que reconozca tal situación
- Libro de familia y certificado de defunción si el recibo del IBI figura a nombre del cónyuge fallecido