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Ayudas Claras
Subvenciones Canarias Empleo
Empleo Canarias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención a planes de formación para ocupados en Canarias

Subvención por concurrencia para que centros de Canarias formen a personas ocupadas

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Servicio Canario de Empleo para ejecutar planes de formación de personas trabajadoras ocupadas
Para quién
Centros y entidades de formación, públicos o privados, que imparten cursos en Canarias
Cuánto
  • Hasta 432.142,86 € por plan de formación, según sea transversal o sectorial y según el fondo que lo financie
    Tipo de planTope por plan · fondos M. TrabajoTope por plan · fondos M. Educación
    Transversal432.142,86 €196.428,57 €
    Sectorial · Hostelería y Turismo149.688,00 €68.040,00 €
    Sectorial · Industria129.813,75 €59.006,25 €
    Sectorial · Construcción129.071,25 €58.668,75 €
    Sectorial · Transporte120.285,00 €54.675,00 €
    Sectorial · Metal111.375,00 €50.625,00 €
    Sectorial · Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca109.642,50 €49.837,50 €
    Sectorial · Comercio104.135,63 €47.334,38 €
    Sectorial · Sanidad y Servicios Sociales98.340,00 €44.700,00 €
    Sectorial · Servicios Empresariales71.775,00 €32.625,00 €
    El importe concreto se calcula multiplicando las horas de cada curso por el número de participantes computables y por el módulo económico que corresponda; esos módulos no figuran en la convocatoria, se publican en la oferta formativa por ámbitos sectoriales del Servicio Canario de Empleo. Una misma entidad puede solicitar como máximo dos planes, y las solicitudes que no respeten estos topes no se admiten a trámite.
Qué cubre
  • El 100 % del coste de impartir las acciones formativas del plan de formación aprobado
  • Cursos en modalidad presencial y en modalidad virtual asíncrona o de teleformación
Requisitos
  • Eres un centro o una entidad de formación, pública o privada, acreditada e inscrita en el registro de entidades de formación
  • Dispones en Canarias de instalaciones acreditadas que permiten impartir las acciones formativas que solicitas
  • Estás inscrito, o has solicitado la inscripción, en el registro de centros colaboradores del Servicio Canario de Empleo
  • Tu entidad ha tenido al menos dos personas de alta a jornada completa en la Seguridad Social, de forma ininterrumpida, durante los 12 meses anteriores a la publicación de la convocatoria
  • Has devuelto o garantizado las cantidades de convocatorias anteriores cuyo reintegro se te haya exigido
  • No tienes una sanción firme que te excluya del acceso a subvenciones por infracciones graves en formación profesional
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Imparte la formación de forma gratuita para las personas participantes
  • Comunica el comienzo de cada grupo con al menos 3 días hábiles de antelación, indicando lugar, calendario, horario y personal docente
  • Comunica la relación de personas participantes el día de inicio de la acción formativa
  • Cierra cada acción formativa en la aplicación de gestión en los 10 días siguientes a que termine la formación
  • Lleva el control de asistencia diario en los cursos presenciales y conserva los controles de seguimiento del aprendizaje en los no presenciales
  • Realiza al menos una sesión de orientación profesional para el alumnado
Cuándo

El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 29 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un centro o una entidad de formación, pública o privada
  • Estás acreditado e inscrito para impartir las acciones formativas que solicitas
  • Dispones de instalaciones acreditadas en Canarias
  • Quieres impartir formación dirigida prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas
  • Imparten tus cursos en modalidad presencial o virtual asíncrona
  • Eres una persona que quiere hacer un curso: la subvención la piden los centros
  • Tu entidad no está acreditada ni inscrita para esas acciones formativas
  • No tienes instalaciones acreditadas en el ámbito de Canarias
  • Tienes una sanción firme que te excluye del acceso a subvenciones de formación
  • No has devuelto cantidades de convocatorias anteriores que te exigieron reintegrar

Cuánto puedes recibir

La convocatoria financia el 100 % del coste del plan de formación. La cuantía de cada acción formativa se liquida multiplicando sus horas por el número de participantes computables y por el importe del módulo económico que le corresponda según el área profesional y la modalidad de impartición; esos módulos no se transcriben en la convocatoria, se publican en la oferta formativa por ámbitos sectoriales del Servicio Canario de Empleo. Sobre ese cálculo hay un tope por solicitud: cada plan de formación transversal puede pedir como máximo 432.142,86 € con cargo a los fondos del Ministerio de Trabajo y Economía Social y 196.428,57 € con cargo a los del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y en los planes sectoriales el tope por plan va de 32.625,00 € en Servicios Empresariales a 149.688,00 € en Hostelería y Turismo. Una misma entidad puede solicitar como máximo dos planes, y las solicitudes que no respeten esos límites no se admiten a trámite. Puedes recibir un pago anticipado de hasta el 80% del importe concedido antes de iniciar el plan, y el 20% restante se abona una vez justificada la formación.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Mecaniza todos los datos del plan de formación en la aplicación informática de solicitudes antes de pedir la subvención

  2. Descarga de esa aplicación el plan de formación, la declaración responsable, la memoria justificativa y el resumen de acciones formativas

  3. Presenta la solicitud con toda la documentación en la sede electrónica del Gobierno de Canarias dentro del plazo de 10 días hábiles

  4. Subsana en 10 días hábiles si te requieren documentación, consultando el tablón de anuncios electrónico del organismo

  5. Presenta alegaciones sobre la baremación, o reformula tu solicitud si te proponen menos importe del pedido, en el trámite de audiencia

Documentación necesaria

  • Plan de Formación y declaración responsable, generados desde la aplicación informática de solicitudes
  • Memoria justificativa del plan y de la capacidad técnica de la entidad solicitante
  • Resumen de acciones formativas
  • Documento de identificación fiscal de la organización solicitante y de sus representantes legales
  • Diligencia de poder bastanteado por los servicios jurídicos del Gobierno de Canarias que acredite la representación de quien firma
  • Escritura de constitución y estatutos en vigor, legalizados e inscritos en el registro correspondiente
  • Informe de plantilla media de personas trabajadoras en alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social
  • Copia de la solicitud de inscripción en el registro de centros colaboradores, si aún no te han notificado la resolución de inscripción
  • Plan de Igualdad en vigor, si tu entidad cuenta con él

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tardan en resolver mi solicitud?
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión es de tres meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución, tu solicitud puede entenderse desestimada.
¿Qué pasa si me falta documentación?
La relación de entidades con defectos a subsanar se publica en el tablón de anuncios electrónico del organismo y tienes 10 días hábiles improrrogables para corregirlos. La documentación que acredita los criterios de valoración no admite subsanación.
¿Puedo reclamar la puntuación que me han dado?
Tras la propuesta de resolución provisional hay un trámite de audiencia de diez días hábiles para presentar alegaciones, referidas únicamente a la baremación. No se contestan una a una: la respuesta va en el informe final de la Comisión de Valoración.
¿Puedo financiar el mismo curso con otra ayuda?
Tienes que comunicar cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso que financie la actividad. Los ingresos destinados a la misma finalidad son incompatibles y la subvención se minora en la cantidad ya percibida.

Fuentes oficiales

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