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Ayudas Claras
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Empleo Ciudad Real Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a entidades sin lucro de Ciudad Real para contratar

Hasta 1.852€ por trabajador desempleado contratado durante 180 días

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Diputación de Ciudad Real para contratar personas desempleadas y en exclusión social
Para quién
Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que ejecutan proyectos de interés general y social
Cuánto
Hasta 1.852€ por trabajador contratado durante 180 días naturales, es decir 10,29€ al día para sus seguros sociales
Qué cubre
  • Los seguros sociales de las personas desempleadas que contratas con la ayuda
  • La aportación empresarial a la Seguridad Social, calculada sobre un 38,55%
Requisitos
  • Eres una entidad sin ánimo de lucro
  • Acreditas que obtuviste ayuda en la convocatoria de la Dirección General de Empleo de Castilla-La Mancha para contratar personas desempleadas y en situación de exclusión social
  • Planteas y ejecutas tu proyecto exclusivamente en la provincia de Ciudad Real
  • Presentas una única solicitud por entidad
  • Tramitas todo por medios electrónicos, con certificado de la entidad o representación acreditada
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad y finaliza el proyecto como fecha límite el 31 de agosto de 2027
  • Presenta la cuenta justificativa simplificada en los dos meses siguientes a la finalización del proyecto, y en todo caso antes del 31 de octubre de 2027
  • Coloca un cartel de tamaño mínimo A4 en el lugar donde realices el programa y adjunta una fotografía en la cuenta justificativa
  • Si elaboras material documental o informativo del programa, incluye en él el logotipo oficial de la Diputación Provincial
  • Sométete a la supervisión del Servicio de Servicios Sociales y a las comprobaciones de control financiero, y envía la documentación que te requieran
  • Conserva cuatro años los documentos originales que presentaste escaneados
Cuándo
  • Abre: 31 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 20 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad sin ánimo de lucro
  • Ya tienes concedida la ayuda de la Dirección General de Empleo de Castilla-La Mancha
  • Contratas personas desempleadas y en situación de exclusión social
  • Ejecutas tu proyecto en la provincia de Ciudad Real
  • Pagas los seguros sociales de las personas que contratas
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • No obtuviste la ayuda previa de la Dirección General de Empleo
  • Tu proyecto se ejecuta fuera de la provincia de Ciudad Real
  • Ya has presentado una solicitud a esta convocatoria
  • No puedes terminar el proyecto antes del 31 de agosto de 2027

Cuánto puedes recibir

Cobras como máximo 1.852€ por cada trabajador contratado durante 180 días naturales, lo que equivale a 10,29€ al día, para financiar parte del coste de su Seguridad Social. El importe se calcula sobre una aportación empresarial a la Seguridad Social del 38,55%, así que si en tu caso ese porcentaje es menor la subvención se minora. El reparto va por el orden de puntuación obtenida en la convocatoria de la Dirección General de Empleo y por el número de trabajadores aprobados, hasta agotar el crédito. Se anticipa el 100% de la subvención una vez resuelta la convocatoria.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el CIF y los estatutos de tu entidad y la resolución definitiva de concesión de la ayuda de la Delegación Provincial de la Consejería

  2. Cumplimenta la ficha de terceros si no la has aportado antes

  3. Rellena la solicitud (Anexo I) y preséntala por medios electrónicos en la sede electrónica de la Diputación de Ciudad Real, con certificado electrónico de la entidad o representación acreditada

  4. Presenta la solicitud antes del 20 de noviembre de 2026

  5. Si el Servicio de Servicios Sociales te lo requiere, subsana los defectos en diez días hábiles por vía telemática

Documentación necesaria

  • Solicitud telemática (Anexo I)
  • CIF y estatutos de la entidad
  • Resolución definitiva de la Delegación Provincial de la Consejería de concesión de la ayuda económica para los proyectos presentados
  • Ficha de terceros debidamente cumplimentada (no hace falta si ya la aportaste con anterioridad)

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta ayuda si no tengo la subvención de la Dirección General de Empleo?
No. Para participar tienes que acreditar que obtuviste ayuda en la convocatoria para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social resuelta el 30 de junio de 2026.
¿Es compatible con otras ayudas para la misma finalidad?
Sí, es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, públicos o privados. Eso sí, el total recibido no puede superar el coste de la actividad subvencionada y la cuantía de la ayuda puede modificarse por esta causa.
¿Cuánto tardan en resolver la convocatoria?
El plazo para resolver y notificar no puede exceder de dos meses, contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
¿Qué pasa si no justifico la subvención?
Procede el reintegro de las cantidades percibidas y el interés de demora desde el momento del pago. También se reintegra si incumples la finalidad o las condiciones de la concesión, o si recibes subvenciones incompatibles para la misma operación.
¿Tengo que volver a presentar el CIF y los estatutos si ya los entregué?
No. Si tu entidad participó en las convocatorias de la Diputación para la misma finalidad en 2025, está dispensada de presentar el CIF, los estatutos y la ficha de terceros; solo tienes que hacerlo constar en la solicitud.

Fuentes oficiales

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