Subvención para bares y centros de ocio de Soria
Hasta 2.500€ por solicitud para cubrir cuotas de Seguridad Social de bares rurales
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia de la Diputación de Soria para mantener abiertos los bares y centros de ocio de los pueblos más pequeños.
- Para quién
- Autónomos y empresas, incluidas comunidades de bienes y sociedades civiles, que sean titulares de un bar o centro de ocio rural.
- Cuánto
- Hasta el cien por cien de las cuotas de Seguridad Social pagadas durante 2026, con un límite de 2.500€ por solicitud
- Qué cubre
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- Las cuotas de autónomos que paga el titular del establecimiento
- La cuota empresarial de Seguridad Social del trabajador contratado para atender el establecimiento
- Requisitos
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- Eres persona física dada de alta como trabajador autónomo, o una persona jurídica
- El establecimiento del que eres titular está en un municipio, entidad local menor o barrio de Soria con 300 habitantes o menos
- Estás dado de alta en alguno de los epígrafes de hostelería o actividades recreativas que admite la convocatoria
Epígrafes admitidos: 5630 servicio de bebidas, 5611 restaurantes, 5612 puestos de comidas y 9329 otras actividades recreativas y entretenimiento.
- Tienes domicilio fiscal y social, o centro de trabajo, en una localidad de la provincia de Soria distinta de la capital desde el 1 de enero de 2026 o, si la actividad es nueva, desde la fecha de alta en la actividad subvencionable
- La gestión del bar o centro de ocio es única y exclusivamente privada, aunque el local sea de titularidad pública
- Abres el establecimiento como mínimo 4 horas al día y 4 días a la semana
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantén abierto el establecimiento como mínimo 9 meses, 4 horas al día y 4 días a la semana
- Presenta la justificación de la ayuda como máximo el 15 de febrero de 2027
- Aporta el informe de vida laboral o el código de cuenta de cotización del periodo subvencionado
- Aporta, si eres persona física, el informe de bases y cuotas satisfechas a la Seguridad Social en 2026 y, si eres persona jurídica, el Informe de Datos para la Cotización de ese mismo periodo
- Permite las actuaciones de comprobación y control de la Diputación de Soria
- Cuándo
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- Abre: 31 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres titular de un bar o centro de ocio en la provincia de Soria
- Tu local está en un pueblo o barrio de Soria de hasta 300 habitantes
- Estás dado de alta como trabajador autónomo en la Seguridad Social
- Pagas la cuota empresarial del trabajador que atiende el establecimiento
- Abres el local al menos 4 horas al día y 4 días a la semana
- Ni tu domicilio fiscal y social ni tu centro de trabajo están en una localidad de la provincia de Soria distinta de la capital
- Tu negocio es un quiosco, caseta o carpa de instalación ocasional
- Tu establecimiento de restauración forma parte de una estación de servicio
- La gestión del bar o centro de ocio no es exclusivamente privada
- Recibes otra ayuda pública o privada para la misma finalidad
- Tu entidad local ya recibió la subvención autonómica de centros de ocio de 2026
Cuánto puedes recibir
Cobras hasta el cien por cien de las cuotas de Seguridad Social que hayas pagado durante 2026, con un tope de 2.500€ por solicitud. Si el importe de las solicitudes válidas supera el crédito disponible, se reparte a prorrata entre todas ellas manteniendo ese mismo tope. El pago es único y se hace por transferencia bancaria, una vez comprobado que has cumplido las obligaciones y presentado la justificación.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la licencia de actividad o apertura, o la declaración responsable municipal de tu establecimiento
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Rellena la solicitud en el modelo oficial (Anexo I)
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Presenta la solicitud en el plazo de un mes desde la publicación del extracto de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia de Soria
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Si te requieren documentación, subsánala en los 10 días hábiles siguientes a la recepción del requerimiento
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Justifica la ayuda como máximo el 15 de febrero de 2027
Documentación necesaria
- Solicitud en modelo oficial (Anexo I)
- Licencia de actividad o de apertura, o declaración responsable municipal
- Certificado de titularidad de cuenta bancaria
- Escrituras y/o estatutos de la sociedad, en caso de persona jurídica
- Declaración responsable indicando el horario de apertura del establecimiento
- Documento acreditativo del alta y registro del centro de trabajo, en su caso
- Documento acreditativo, en su caso, de la subvención concedida por la Junta de Castilla y León para el mantenimiento de centros de ocio y convivencia
- Anexo de justificación