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Ayudas Claras
Subvenciones Castilla-La Mancha Servicios sociales
Servicios sociales Castilla-La Mancha Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a entidades de discapacidad en Castilla-La Mancha

Hasta 5.000.000€ por programa regional y 150.000€ por programa provincial

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para centros y programas de discapacidad
Para quién
Entidades privadas de iniciativa social que atienden a personas con discapacidad en Castilla-La Mancha
Cuánto
Hasta 5.000.000€ por programa de ámbito regional y hasta 150.000€ por programa de ámbito provincial
Qué cubre
  • Mantenimiento de centros y servicios de atención a personas con discapacidad
  • Programas de atención, capacitación e inclusión de personas con discapacidad
  • Gastos del personal directivo, técnico y de apoyo del programa y otros costes directos
Requisitos
  • Tu entidad es privada, de iniciativa social y carece de fin de lucro
  • Estás legalmente constituida e inscrita en el Registro de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha
  • Dispones de estructura, capacidad y solvencia técnica y económica para desarrollar el programa
  • Estás al corriente en el pago de reintegros de subvenciones
  • Cuentas con un plan de prevención de riesgos laborales si esa normativa te obliga
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el programa y realiza los gastos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2027
  • Si tu programa es regional, justifica los seis primeros libramientos antes de cobrar el décimo
  • Si tu programa es provincial, justifica el primer libramiento del 50% para cobrar el 50% restante
  • Presenta la justificación final antes del 31 de enero de 2028, con memoria evaluativa de las actividades
  • Aporta informe de un auditor de cuentas si la subvención concedida es igual o superior a 60.000 euros
  • Si tu programa está cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus, recoge y trata los indicadores de ejecución y de resultados sobre las personas participantes
Cuándo

El plazo es de veinte días desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria no precisa si esos días son hábiles o naturales. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 28 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad privada de iniciativa social sin fin de lucro
  • Gestionas centros o servicios de atención a personas con discapacidad en Castilla-La Mancha
  • Estás inscrita en el Registro de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha
  • Quieres financiar un programa de atención temprana, capacitación o integración sociolaboral
  • Vas a desarrollar el programa a lo largo de 2027
  • Tu entidad tiene fin de lucro
  • No estás inscrita en el Registro de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha
  • Tu programa no alcanza la puntuación mínima de 28 puntos en la valoración
  • Presentas la solicitud por un medio distinto al telemático
  • Tienes pendiente el pago de reintegros de subvenciones anteriores

Cuánto puedes recibir

El importe se decide por concurrencia competitiva según la puntuación que obtenga tu proyecto. Por cada programa puedes recibir como máximo 5.000.000€ si el expediente es de ámbito regional y 150.000€ si es de ámbito provincial. Los programas regionales se pagan en doce libramientos mensuales anticipados y de igual cuantía; los provinciales, en dos libramientos anticipados del 50% cada uno.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el proyecto técnico y la tabla de personal según los modelos habilitados

  2. Date de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

  3. Presenta una única solicitud por cada programa, de forma telemática y con firma electrónica, en la sede electrónica del organismo

  4. Subsana en el plazo máximo de diez días si el órgano instructor te lo requiere

  5. Reformula tu solicitud en diez días si la propuesta provisional es inferior a lo que pediste

  6. Espera la resolución, que se notifica en un plazo máximo de tres meses desde la publicación de la convocatoria

Documentación necesaria

  • Solicitud en el formulario habilitado en la sede electrónica
  • Proyecto técnico del programa
  • Tabla de personal en formato Excel según el modelo habilitado
  • Declaración responsable incluida en el modelo de solicitud
  • Certificación de carecer de fin de lucro y de estar legalmente constituida e inscrita en el Registro de Servicios Sociales, solo si te opones a que la Consejería lo compruebe de oficio
  • Autorización expresa para la cesión de datos tributarios entre administraciones públicas

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar varias solicitudes para el mismo programa?
Se presenta una única solicitud por cada programa. Si presentas más de una en plazo para un mismo programa, solo se tramita la última y se anulan las demás.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
El órgano instructor te requerirá para que subsanes la falta o aportes los documentos en un plazo máximo de diez días. Si no lo haces, se te tendrá por desistida de la solicitud.
¿Qué puntuación necesito para que me concedan la ayuda?
Las solicitudes se valoran en una escala de 0 a 60 puntos y necesitas al menos 28 puntos para poder ser beneficiaria. Además hay puntuación adicional para los programas que se desarrollan en municipios con despoblación.
¿Qué ocurre si no me resuelven a tiempo?
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y de su extracto en el diario oficial. Si vence sin resolución expresa, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Hasta cuándo puedo hacer los gastos del programa?
Los gastos deben realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2027. Se admiten justificantes de pago hechos antes del 31 de enero de 2028 siempre que correspondan a gastos de ese periodo.

Fuentes oficiales

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