Subvenciones a asociaciones de vecinos de Jumilla
Hasta 3.000€ por subvención para asociaciones de vecinos de Jumilla
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Jumilla para proyectos y equipamiento de las asociaciones de vecinos
- Para quién
- Asociaciones de vecinos del municipio de Jumilla
- Cuánto
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- Límite máximo por subvención según la línea que pidas
El mismo acuerdo recoge además que las entidades con una puntuación igual o superior a 50 puntos podrán obtener la subvención solicitada hasta un límite de 4.000,00€, por lo que las cuantías no coinciden entre apartados: confirma el importe máximo con el Ayuntamiento de Jumilla.Línea Límite máximo por subvención Línea A · actividades y acciones de participación 3.000,00€ Línea B · bienes muebles o inmuebles inventariables 1.000,00€
- Límite máximo por subvención según la línea que pidas
- Qué cubre
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- Actividades y acciones para fomentar la participación de los vecinos y promocionar su calidad de vida y bienestar social
- Compra de bienes muebles o inmuebles inventariables ligados a uno de esos proyectos
- Requisitos
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- Eres una asociación de vecinos del municipio de Jumilla
- Tu asociación está inscrita en el Registro de Asociaciones de vecinos de la Región de Murcia
- Quien firma la solicitud acredita la representación legal de la asociación
- Presentas un proyecto de actividades con los gastos que quieres financiar
- El proyecto se ejecuta entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
- Si pides la línea de equipamiento, los bienes son inventariables y duran más de un año
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justifica la realización íntegra del proyecto presentado antes del 31 de marzo de 2027
- Presenta una memoria de actuación con las actividades realizadas y los resultados obtenidos
- Presenta una memoria económica con la relación clasificada de gastos e inversiones, sus facturas y sus justificantes de pago
- Declara los demás ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad, con su importe y su procedencia
- Conserva los documentos justificativos durante al menos cuatro años
- Devuelve el dinero que no hayas gastado junto con los intereses que genere
- Cuándo
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El plazo es de cinco días desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria no precisa si esos días son hábiles o naturales. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 28 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación de vecinos del municipio de Jumilla
- Tu asociación está inscrita en el Registro de Asociaciones de vecinos de la Región de Murcia
- Quieres organizar actividades que fomenten la participación de los vecinos
- Necesitas comprar bienes inventariables para un proyecto de tu asociación
- Vas a ejecutar el proyecto a lo largo de 2026
- Quieres pagar almuerzos, cenas o vinos de honor con la ayuda
- Buscas financiar el alquiler del local o los suministros de la entidad
- Vas a comprar bienes fungibles o consumibles en la línea de equipamiento
- Compras bienes con una vida útil inferior a un año
- Tu entidad está incursa en prohibición para obtener subvenciones municipales
Cuánto puedes recibir
Puedes recibir como máximo 3.000,00€ si pides la línea de actividades y 1.000,00€ si pides la línea de bienes inventariables. La cuantía de cada proyecto se fija según la puntuación que obtenga en la valoración y hasta el límite del crédito de la partida presupuestaria. Ten en cuenta que el acuerdo menciona en otro apartado un límite de 4.000,00€ para las entidades que alcancen 50 puntos o más, así que conviene confirmar el tope con el Ayuntamiento.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara el proyecto de actividades que quieres financiar
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Rellena la solicitud en el modelo normalizado que figura como Anexo I de las bases reguladoras
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Reúne la documentación obligatoria que acompaña a la solicitud
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Presenta la solicitud dentro de los 5 días siguientes a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia
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Espera la notificación electrónica de la resolución, que llega como máximo dos meses después del cierre del plazo
Documentación necesaria
- Solicitud en el modelo normalizado (Anexo I de las bases reguladoras)
- Acreditación de la representación legal de quien pide la subvención en nombre de la asociación
- Fotocopia compulsada del C.I.F. de la asociación
- Documento acreditativo de la inscripción en el Registro de Asociaciones de vecinos de la Región de Murcia
- Certificado del Secretario de la asociación, con el visto bueno del Presidente, con la composición actual de la Junta Directiva
- Copia compulsada de los Estatutos
- Declaración responsable de no estar incursa en prohibición para obtener subvenciones municipales (Anexo I)
- Proyecto de actividades
- Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias con las Administraciones Públicas, salvo que autorices al Ayuntamiento a consultarlo
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificado de la entidad financiera con el código IBAN de la cuenta de la asociación, o copia compulsada de la libreta de ahorros