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Ayudas Claras
Subvenciones Región de Murcia Servicios sociales
Servicios sociales Región de Murcia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones de vecinos de Jumilla

Hasta 3.000€ por subvención para asociaciones de vecinos de Jumilla

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Jumilla para proyectos y equipamiento de las asociaciones de vecinos
Para quién
Asociaciones de vecinos del municipio de Jumilla
Cuánto
  • Límite máximo por subvención según la línea que pidas
    LíneaLímite máximo por subvención
    Línea A · actividades y acciones de participación3.000,00€
    Línea B · bienes muebles o inmuebles inventariables1.000,00€
    El mismo acuerdo recoge además que las entidades con una puntuación igual o superior a 50 puntos podrán obtener la subvención solicitada hasta un límite de 4.000,00€, por lo que las cuantías no coinciden entre apartados: confirma el importe máximo con el Ayuntamiento de Jumilla.
Qué cubre
  • Actividades y acciones para fomentar la participación de los vecinos y promocionar su calidad de vida y bienestar social
  • Compra de bienes muebles o inmuebles inventariables ligados a uno de esos proyectos
Requisitos
  • Eres una asociación de vecinos del municipio de Jumilla
  • Tu asociación está inscrita en el Registro de Asociaciones de vecinos de la Región de Murcia
  • Quien firma la solicitud acredita la representación legal de la asociación
  • Presentas un proyecto de actividades con los gastos que quieres financiar
  • El proyecto se ejecuta entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Si pides la línea de equipamiento, los bienes son inventariables y duran más de un año
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la realización íntegra del proyecto presentado antes del 31 de marzo de 2027
  • Presenta una memoria de actuación con las actividades realizadas y los resultados obtenidos
  • Presenta una memoria económica con la relación clasificada de gastos e inversiones, sus facturas y sus justificantes de pago
  • Declara los demás ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad, con su importe y su procedencia
  • Conserva los documentos justificativos durante al menos cuatro años
  • Devuelve el dinero que no hayas gastado junto con los intereses que genere
Cuándo

El plazo es de cinco días desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria no precisa si esos días son hábiles o naturales. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 28 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación de vecinos del municipio de Jumilla
  • Tu asociación está inscrita en el Registro de Asociaciones de vecinos de la Región de Murcia
  • Quieres organizar actividades que fomenten la participación de los vecinos
  • Necesitas comprar bienes inventariables para un proyecto de tu asociación
  • Vas a ejecutar el proyecto a lo largo de 2026
  • Quieres pagar almuerzos, cenas o vinos de honor con la ayuda
  • Buscas financiar el alquiler del local o los suministros de la entidad
  • Vas a comprar bienes fungibles o consumibles en la línea de equipamiento
  • Compras bienes con una vida útil inferior a un año
  • Tu entidad está incursa en prohibición para obtener subvenciones municipales

Cuánto puedes recibir

Puedes recibir como máximo 3.000,00€ si pides la línea de actividades y 1.000,00€ si pides la línea de bienes inventariables. La cuantía de cada proyecto se fija según la puntuación que obtenga en la valoración y hasta el límite del crédito de la partida presupuestaria. Ten en cuenta que el acuerdo menciona en otro apartado un límite de 4.000,00€ para las entidades que alcancen 50 puntos o más, así que conviene confirmar el tope con el Ayuntamiento.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el proyecto de actividades que quieres financiar

  2. Rellena la solicitud en el modelo normalizado que figura como Anexo I de las bases reguladoras

  3. Reúne la documentación obligatoria que acompaña a la solicitud

  4. Presenta la solicitud dentro de los 5 días siguientes a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia

  5. Espera la notificación electrónica de la resolución, que llega como máximo dos meses después del cierre del plazo

Documentación necesaria

  • Solicitud en el modelo normalizado (Anexo I de las bases reguladoras)
  • Acreditación de la representación legal de quien pide la subvención en nombre de la asociación
  • Fotocopia compulsada del C.I.F. de la asociación
  • Documento acreditativo de la inscripción en el Registro de Asociaciones de vecinos de la Región de Murcia
  • Certificado del Secretario de la asociación, con el visto bueno del Presidente, con la composición actual de la Junta Directiva
  • Copia compulsada de los Estatutos
  • Declaración responsable de no estar incursa en prohibición para obtener subvenciones municipales (Anexo I)
  • Proyecto de actividades
  • Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias con las Administraciones Públicas, salvo que autorices al Ayuntamiento a consultarlo
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social
  • Certificado de la entidad financiera con el código IBAN de la cuenta de la asociación, o copia compulsada de la libreta de ahorros

Preguntas frecuentes

¿Qué gastos quedan fuera de la subvención?
En la línea de actividades no se subvencionan los almuerzos, cenas, vinos de honor y similares, ni los gastos corrientes de funcionamiento como el alquiler del local y los suministros. En la línea de equipamiento quedan excluidos los bienes no inventariables, fungibles o consumibles y los que tengan una vida útil inferior a un año.
¿Cuánta puntuación necesito para que me den la ayuda?
El acuerdo indica que las entidades que consigan 50 puntos o más pueden obtener la subvención solicitada, siguiendo el orden de prelación por puntuación y hasta agotar el crédito autorizado. Si hay empate, se atiende al orden de presentación de las solicitudes.
¿Cuánto tardan en resolver mi solicitud?
El plazo máximo de resolución es de dos meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si vence ese plazo sin que te notifiquen nada, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo.
¿Puedo pedir más tiempo para justificar la subvención?
Sí. Si por razones que no te son imputables no puedes cumplir el plazo de justificación, puedes solicitar por escrito al Ayuntamiento una ampliación. La falta de justificación obliga a devolver la subvención.

Fuentes oficiales

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