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Ayudas Claras
Subvenciones Región de Murcia Servicios sociales
Servicios sociales Región de Murcia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a las comunidades murcianas fuera de la Región

Hasta 20.000 € para actividades de las comunidades murcianas de fuera

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia de la Región de Murcia para las actividades con que las comunidades murcianas difunden la Región fuera de ella.
Para quién
Comunidades murcianas asentadas fuera de la Región de Murcia, en otras comunidades autónomas o en el extranjero.
Cuánto
Hasta 20.000 €, sin pasar del 90% del presupuesto de las actividades
Qué cubre
  • Gastos corrientes de las actividades, incluido el material no inventariable
  • Actividades que dan a conocer la cultura, el patrimonio y las tradiciones murcianas
  • Promoción de Murcia como destino turístico y de sus productos y artesanía
Requisitos
  • Tu entidad está inscrita en el Registro de Comunidades Murcianas asentadas fuera de la Región
  • Estás al corriente con Hacienda estatal, con la de la Región de Murcia y con la Seguridad Social
  • Presentas una memoria de las actividades y su presupuesto detallado en euros
  • Las actividades se ejecutan entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de junio de 2027
  • Si la entidad está en el extranjero sin identificación fiscal española, aportas la de su país
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta las actividades entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de junio de 2027
  • Presenta la cuenta justificativa en los tres meses siguientes al fin de ese plazo
  • Detalla los otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
  • Devuelve los remanentes que no apliques, junto con sus intereses
  • Asume el código de conducta en materia de subvenciones de la Región antes de la concesión
Fechas estimadas
  • Abre: 29 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 18 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Representas una comunidad murciana asentada fuera de la Región de Murcia
  • Tu entidad está inscrita en el registro de comunidades murcianas
  • Organizas actividades que difunden la cultura y las tradiciones murcianas
  • Vas a promocionar productos, artesanía o turismo de la Región de Murcia
  • Tu entidad no está inscrita en el registro de comunidades murcianas
  • La entidad tiene su sede dentro de la Región de Murcia
  • Tienes deudas pendientes con Hacienda o con la Seguridad Social
  • La actividad se ejecuta fuera del periodo que va de 2026 al 30 de junio de 2027
  • Solo necesitas financiar la compra de material inventariable

Cuánto puedes recibir

Cobras como máximo 20.000 €, y en ningún caso más del 90% del presupuesto de las actividades que presentes: si ese 90% llega o supera los 20.000 € te conceden 20.000, y si se queda por debajo te dan ese 90%. El pago es anticipado, en la cuenta bancaria que designes en la solicitud.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria de actividades con su presupuesto detallado, en el modelo del anexo III

  2. Reúne el acto de nombramiento del representante de la entidad

  3. Presenta la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica de la Región de Murcia

  4. Ejecuta las actividades dentro del plazo previsto

  5. Presenta la cuenta justificativa simplificada en los tres meses siguientes

Documentación necesaria

  • Formulario normalizado de solicitud
  • Copia del identificador fiscal de la entidad, si no autorizas que lo consulten a otra administración
  • Copia del documento identificativo del representante, si no autorizas que lo consulten
  • Copia del acto de nombramiento del representante de la entidad
  • Memoria de las actividades a ejecutar y presupuesto detallado, firmada por el representante (Anexo III)
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda estatal, con la de Murcia y con la Seguridad Social, si no autorizas su consulta
  • Si la entidad está radicada en el extranjero y no tiene identificación fiscal española, certificación de la autoridad tributaria de su país y declaración responsable de no tener obligaciones pendientes en España

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se cobra la ayuda?
El pago es anticipado: se abona en la cuenta bancaria de la entidad que designes en la solicitud, sin esperar a la justificación.
¿Qué criterio puntúa más?
La parte de la actividad financiada con recursos propios o de otras instituciones, hasta 20 puntos. Luego, con hasta 15 puntos cada uno, el conocimiento de los valores murcianos, la promoción de productos, el atractivo turístico y hacer la actividad en espacios públicos.
¿Cuánto tardan en resolver?
Como máximo seis meses desde la publicación del extracto de la orden en el boletín oficial de la Región de Murcia.
¿Hasta cuándo puedo realizar las actividades?
Hasta el 30 de junio de 2027. Si resulta imposible ejecutarlas en ese plazo, la entidad puede pedir una ampliación.
¿Puede solicitarla una entidad radicada en el extranjero?
Sí. Si no dispone de código de identificación fiscal español, aporta la certificación de la autoridad tributaria de su país y una declaración responsable de no tener obligaciones pendientes en España.

Fuentes oficiales

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