Ayudas para nuevos autónomos y empresas en Barlovento
Hasta 1.000 € por solicitud para nuevos autónomos y empresas en Barlovento
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Barlovento para quien se da de alta como autónomo o crea una empresa en el municipio.
- Para quién
- Nuevos autónomos y empresas nuevas con punto de venta directa al público en Barlovento.
- Cuánto
- Hasta 1.000 € por solicitud que cumpla los requisitos
- Qué cubre
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- Gastos del inicio de la actividad y de la apertura del punto de venta al público
- Alquiler, arreglos, equipación de mobiliario e informática
- Gastos hechos desde tres meses antes de abrir el local
- Requisitos
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- Has iniciado la actividad en Barlovento desde el 6 de diciembre de 2025
- Estás de alta en el censo de obligados tributarios o como autónomo antes de solicitarla
- No estuviste de alta como autónomo en los tres meses anteriores a iniciar la actividad
- Tienes el domicilio fiscal o social en Barlovento y has pedido la licencia de apertura del local
- No has sido beneficiario de esta ayuda en los dos ejercicios anteriores
- Te comprometes a mantener la actividad un año más desde que se resuelva la ayuda
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantén la actividad al menos un año desde la resolución de la ayuda
- Presenta las facturas de los gastos como máximo el 31 de marzo de 2027
- Justifica un importe igual o superior a la cantidad que pediste
- Comprueba que cada factura detalla el concepto y tu nombre
- Entrega el modelo de alta o modificación de datos de terceros para que te paguen
- Cuándo
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El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 26 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Te has dado de alta como autónomo en Barlovento desde el 6 de diciembre de 2025
- Vas a abrir un local con venta directa al público en el municipio
- Tu empresa se instala por primera vez en Barlovento
- Tienes el domicilio fiscal o social en Barlovento
- Tu negocio no tiene un punto de venta directa al público
- Estuviste de alta como autónomo en los tres meses previos al inicio
- Tu empresa ya operaba en el municipio en la misma actividad y solo ha cambiado de forma jurídica
- Recibiste esta misma ayuda en alguno de los dos ejercicios anteriores
- Presentas más de una solicitud para el mismo proyecto
Cuánto puedes recibir
Cobras como máximo 1.000 € por solicitud aprobada, de una sola vez y después de la resolución definitiva, en la cuenta bancaria que indiques. Si el crédito disponible no llega para todas las solicitudes que cumplen los requisitos, se reparte entre ellas en proporción.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que pide la convocatoria
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Rellena y firma el modelo normalizado de solicitud
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Preséntala en el registro del ayuntamiento o en su sede electrónica
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Si falta algún documento, apórtalo en los diez días hábiles siguientes al aviso
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Cobra la ayuda en tu cuenta bancaria cuando se resuelva
Documentación necesaria
- Modelo normalizado de solicitud firmado, con la declaración responsable (anexo de las bases)
- Documentación que acredite quién eres y, en su caso, la de tu representante legal
- Descripción del proyecto empresarial o profesional que vas a desarrollar
- Certificado de vida laboral de la Tesorería de la Seguridad Social
- Certificado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o en una situación equivalente
- Declaración de alta en el censo de obligados tributarios (modelo 036 o 037) o documento único electrónico
- Copia de la solicitud de licencia de apertura y carta de pago del ayuntamiento con su importe
- Certificado actualizado de situación censal
- Acreditación de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, o autorización para que el ayuntamiento lo consulte
- Declaración responsable de no estar en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario
- Declaración de no tener deudas vencidas pendientes de pago con el ayuntamiento
- Declaración de otras ayudas que hayas pedido para la misma finalidad