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Ayudas Claras
Subvenciones A Coruña Prestaciones
Prestaciones A Coruña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para entidades deportivas de As Pontes

Hasta el 95% de los gastos de tu club deportivo sin ánimo de lucro en As Pontes

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez para las actividades de las entidades deportivas.
Para quién
Clubes y entidades deportivas sin ánimo de lucro que desarrollan su actividad en el municipio de As Pontes de García Rodríguez.
Cuánto
Hasta el 95% del presupuesto de gastos de tu actividad deportiva; el 5% restante lo aportas con recursos propios
Qué cubre
  • Gastos del personal deportivo, tanto con contrato laboral con la entidad como con los servicios contratados a terceros: técnicos, entrenadores, fisioterapeutas, preparadores físicos, monitores, médicos y coordinadores
  • Licencias y derechos de inscripción en competiciones, arbitrajes, seguros de accidentes y responsabilidad civil, material deportivo no inventariable y ropa deportiva del club
  • Transporte y desplazamientos a competiciones, alquiler de instalaciones y equipos, publicidad, gastos médicos, premios en metálico, medallas y trofeos
Requisitos
  • Tu entidad deportiva no tiene ánimo de lucro y está legalmente constituida
  • Los estatutos de tu entidad tienen objetivos y finalidades deportivos, coincidentes con el objeto de la subvención
  • Estás inscrita en el Registro de Asociaciones de Galicia y en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de As Pontes
  • Desarrollas tus actividades en el ámbito territorial del Ayuntamiento o sobre temas de interés para el municipio
  • No estás incursa en ningún supuesto de incapacidad o incompatibilidad para percibir ayudas o subvenciones públicas
  • Financias con recursos propios al menos el 5% del coste total de la actividad
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Comunica con antelación al servicio de deportes del Ayuntamiento las actividades de programación deportiva que organices: no hacerlo puede costarte la subvención
  • Haz constar la colaboración del Ayuntamiento en toda la información impresa, informática o audiovisual que publiques sobre las actividades subvencionadas
  • Sométete a las comprobaciones, el seguimiento, la inspección y el control financiero del órgano concedente, y aporta la documentación que te pidan
  • Emplea lenguaje no sexista e inclusivo y elabora materiales que fomenten la igualdad en las actividades
  • Si alguna actividad implica contacto habitual con menores, comprueba que tu personal no tiene condena firme por delitos contra la libertad sexual ni por trata de seres humanos
  • Justifica la subvención por la sede electrónica antes del 30 de noviembre de 2026, con prórroga posible hasta el 31 de enero de 2027 como fecha límite
Cuándo

El plazo es de diez días desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria no precisa si esos días son hábiles o naturales. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 29 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad deportiva no tiene ánimo de lucro y está legalmente constituida
  • Los estatutos de tu entidad tienen objetivos y finalidades deportivos
  • Estás inscrita en el Registro de Asociaciones de Galicia
  • Estás inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de As Pontes
  • Desarrollas tus actividades en el término municipal de As Pontes
  • Tu club participa en competiciones de su disciplina deportiva
  • Eres una persona física y no una entidad deportiva
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Los estatutos de tu entidad no recogen finalidades deportivas
  • No estás inscrita en los dos registros de asociaciones exigidos
  • Estás incursa en una causa de incapacidad o incompatibilidad para percibir subvenciones públicas
  • Solo quieres financiar desplazamientos para labores de scouting

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 95% del presupuesto de gastos que presentes y que el Ayuntamiento apruebe en la resolución de concesión, de modo que al menos el 5% del coste total de la actividad lo financias con recursos propios. La cantidad concreta la fija una comisión evaluadora después de puntuar y comparar todas las solicitudes presentadas. En ningún caso la subvención municipal, sumada a otros ingresos o ayudas, puede superar el coste de la actividad que justifiques.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria explicativa de las actividades para las que pides la subvención, con las personas beneficiadas, el calendario y la antigüedad de la actividad

  2. Reúne el presupuesto estimado de gastos, la previsión de ingresos y las certificaciones de la federación y del acuerdo de solicitud

  3. Rellena el modelo oficial de solicitud (Anexo II) que facilita el Ayuntamiento

  4. Presenta la solicitud exclusivamente en formato electrónico por la sede electrónica del Ayuntamiento, con certificado digital de la entidad o de su representante: solo se valora una solicitud por titular

  5. Si te requieren subsanar o completar documentación, hazlo en los diez días siguientes a recibir el requerimiento

  6. Justifica los gastos por la sede electrónica con la cuenta justificativa simplificada antes de que acabe el plazo

Documentación necesaria

  • Solicitud en el modelo oficial (Anexo II)
  • Fotocopia de la tarjeta del CIF de la entidad, salvo si ya está en el registro de entidades del Ayuntamiento
  • Fotocopia de la tarjeta del NIF del representante, salvo si ya está en el registro de entidades del Ayuntamiento
  • Certificación de los datos bancarios de la entidad, según el modelo disponible en la sede electrónica
  • Declaración jurada de las subvenciones solicitadas para la misma finalidad, o de no haber solicitado ninguna
  • Certificación del acuerdo de solicitud y del nombramiento del representante para las relaciones con el Ayuntamiento
  • Certificación del número de socios en activo a 01/01/2026
  • Certificación del compromiso de hacer constar la colaboración del Ayuntamiento en la información de las actividades
  • Declaración del representante de que la entidad está al corriente con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento
  • Declaración del representante de no estar incurso en causa de incompatibilidad o incapacidad y de aceptación de las bases
  • Autorización para que el Ayuntamiento obtenga los certificados tributarios y de la Seguridad Social
  • Memoria explicativa de las actividades para las que se solicita la subvención
  • Certificación de la federación con el número de licencias en activo por categorías durante 2026 y los equipos en categorías inferiores
  • Calendario de la competición de los equipos de la entidad durante 2026
  • Presupuesto estimado de los gastos y previsión de ingresos para esos gastos

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir otras ayudas para la misma actividad?
Sí. Esta subvención es compatible con otras ayudas de entidades públicas o privadas. Eso sí, la suma de la subvención municipal y el resto de ingresos no puede superar el coste de la actividad que justifiques.
¿Puedo presentar más de una solicitud?
No. Solo se puede presentar una solicitud por titular; si presentas varias, el Ayuntamiento solo valora la primera.
¿Cómo se decide qué entidades reciben la subvención?
Una comisión evaluadora compara y puntúa las solicitudes sobre 100 puntos: hasta 40 por la repercusión e interés de las actividades, hasta 40 por su adecuación al interés municipal y hasta 20 por el fomento del deporte base.
¿Qué pasa si no presento la justificación a tiempo?
El Ayuntamiento te requerirá que la presentes. Si no lo haces en los 15 días siguientes al requerimiento, se inicia el expediente para anular el compromiso de la subvención.
¿Puedo cambiar los conceptos del presupuesto después de que me concedan la ayuda?
Sí, previa solicitud razonada y siempre que se mantenga la finalidad de la subvención. Tienes que pedirlo en los tres meses siguientes a la notificación de la concesión.

Fuentes oficiales

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