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Ayudas Claras
Subvenciones Palencia Prestaciones
Prestaciones Palencia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para asociaciones de Dueñas (Palencia)

Hasta 2.700€ por club o asociación para actividades en el municipio de Dueñas

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Dueñas para las actividades que organizan las asociaciones del municipio
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro del municipio de Dueñas, incluidos clubes deportivos y AMPAS
Cuánto
  • Hasta 2.700€ por club o asociación en cada área
    Área de la actividadTope máximo por club o asociación
    Deportes (competiciones oficiales)2.700€
    Música2.700€
    Cultura2.700€
    Medio ambiente2.700€
    Educación (AMPAS)2.700€
    Juventud2.700€
    Servicios sociales2.700€
    Actividades puntuales excepcionales40% del importe solicitado, sin pasar de 2.700€
    En deportes, los costes de mantenimiento y ocupación son subvencionables al 100%.
Qué cubre
  • Gastos de participación habitual y continuada en competiciones oficiales
  • Actividades programadas de música, cultura, medio ambiente, educación, juventud y servicios sociales en el municipio
  • Actividades puntuales excepcionales que no encajan en las áreas anteriores
Requisitos
  • Tu entidad no tiene ánimo de lucro y está legalmente constituida
  • Tu entidad está domiciliada en el municipio de Dueñas
  • Estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones
  • La actividad se realiza en el municipio durante la temporada que solicitas
  • La actividad no tiene carácter lucrativo y reporta beneficios a la colectividad
  • La actividad figura consignada en el presupuesto anual de tu entidad
Obligaciones
  • Haz constar en la documentación y la propaganda impresa de la actividad la expresión con la colaboración del Ayuntamiento de Dueñas
  • Realiza la actividad subvencionada antes de pedir la liquidación de la ayuda
  • Justifica el anticipo del 40% en el plazo de un mes desde que lo recibes, o devuelve ese importe
  • Presenta facturas originales, o fotocopias compulsadas por el secretario del Ayuntamiento, fechadas en la temporada de la concesión
  • Entrega una memoria detallada de la actividad realizada, firmada por el secretario de la entidad y visada por el presidente
  • Justifica la subvención concedida como máximo el 30 de noviembre de 2027
Cuándo

El plazo es de un mes desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 29 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad no tiene ánimo de lucro y está domiciliada en Dueñas
  • Tu asociación está legalmente constituida y correctamente inscrita
  • Estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento
  • Tu club participa de forma habitual en competiciones oficiales
  • Programas actividades de música, cultura o medio ambiente en el municipio
  • Eres un AMPA y organizas actividades extraescolares para el alumnado
  • Tu actividad se realiza fuera del municipio y no es obligada para el normal desarrollo de tu actividad ni una competición oficial, concurso o exhibición
  • Otro organismo o entidad, pública o privada, financia el 100% del presupuesto anual de esa actividad
  • Comercializas de algún modo el producto o la actividad para la que pides ayuda
  • Quieres pagar gastos de funcionamiento como alquiler, teléfono o luz
  • Tu actividad es similar a otra que el Ayuntamiento desarrolla al mismo tiempo
  • Buscas financiar la compra de inmuebles o de bienes muebles inventariables

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 2.700€ por club o asociación en cada una de las áreas subvencionables, y en las actividades puntuales excepcionales el tope es el 40% del importe que solicitas sin pasar de 2.700€. En deportes, además de la participación en competiciones oficiales, los costes de mantenimiento y ocupación son subvencionables al 100%. Una vez concedida la ayuda puedes cobrar un anticipo del 40% a los treinta días de su aprobación en Pleno, y el resto se paga tras justificar esa primera parte, dentro de la temporada vigente y como máximo en seis meses. No tienen derecho a ese anticipo las asociaciones inscritas en el Registro Municipal con menos de seis meses de antigüedad a la fecha de solicitud.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la programación de actividades con el detalle de cada una de ellas

  2. Rellena la instancia del modelo de solicitud y fírmala el presidente de la entidad o quien tenga la delegación acreditada

  3. Adjunta el acta de acuerdo del órgano competente de tu entidad que justifique ese programa de actividades

  4. Añade el extracto por capítulos del presupuesto anual y la fotocopia del CIF de la entidad

  5. Presenta toda la documentación en el Registro del Ayuntamiento dentro del mes siguiente a la publicación de la convocatoria en el boletín provincial

Documentación necesaria

  • Instancia con la programación de actividades y el detalle de cada una, firmada por el presidente de la entidad o por quien tenga la delegación acreditada (Anexo I)
  • Acta de acuerdo del órgano competente de la entidad que justifique el programa de actividades
  • Extracto detallado por capítulos del presupuesto anual de la entidad
  • Fotocopia del CIF de la entidad, o del NIF si es persona física

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar parte de la ayuda antes de hacer la actividad?
Sí. Concedida la subvención, puede anticiparse el 40% de su importe a los treinta días de su aprobación en Pleno. No tienen derecho a ese anticipo las asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones con una antigüedad inferior a seis meses a la fecha de solicitud.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la subvención?
El plazo límite para justificar las subvenciones otorgadas es el 30 de noviembre de 2027. Si cobras el anticipo del 40%, tienes que justificar la aplicación de ese dinero en el plazo de un mes desde que lo recibes.
¿Sirve si otra administración ya financia la misma actividad?
No se subvencionan las actividades ya subvencionadas por la Diputación, la Comunidad Autónoma u otros organismos o entidades públicas o privadas cuando ese importe sea el 100% del presupuesto anual de la actividad.
¿Puedo pagar con la ayuda el alquiler, la luz o el material de la asociación?
No. Quedan fuera los gastos de funcionamiento como alquiler, teléfonos o luz, el material fungible, las comidas o aperitivos, la compra de inmuebles y muebles inventariables y las obras en locales o instalaciones.
¿Cómo tengo que justificar los gastos realizados?
Con facturas originales, o fotocopias compulsadas por el secretario del Ayuntamiento, fechadas durante la temporada en que se concedió la subvención y ajustadas al presupuesto que presentaste con la solicitud.

Fuentes oficiales

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