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Ayudas Claras
Subvenciones Lugo Servicios sociales
Servicios sociales Lugo Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones sociales de Burela 2026

Hasta 5.000€ por entidad para proyectos de asociaciones sociales de Burela

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Burela para las actividades sociales que desarrollan sus asociaciones.
Para quién
Asociaciones sociales y asistenciales del municipio de Burela.
Cuánto
Hasta 5.000€ por entidad, según los puntos que obtenga tu proyecto
Qué cubre
  • Material fungible y seguros de responsabilidad civil y accidentes
  • Retribuciones del personal técnico, los monitores y los colaboradores puntuales
  • Mantenimiento del local y alimentos no perecederos para tus socios o usuarios
Requisitos
  • Tu asociación está legalmente constituida e inscrita en el registro municipal de asociaciones
  • Tienes domicilio social y sede en Burela, o al menos un centro de trabajo operativo en el municipio
  • Tu entidad carece de fines de lucro y sus estatutos coinciden con el objeto de la subvención
  • No tienes pendiente de justificar ninguna ayuda anterior del ayuntamiento, salvo prórroga concedida
  • Los datos de tu inscripción en el registro de asociaciones están actualizados al solicitar
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad subvencionada y destina los fondos a los fines concedidos
  • Justifica la subvención como máximo el 19 de noviembre de 2026, día en que finaliza el plazo de justificación
  • Presenta la memoria justificativa con las facturas y los justificantes bancarios del pago
  • Difunde la actividad en lengua gallega e incluye el logotipo del ayuntamiento
  • Haz constar la colaboración de la Concejalía de Servicios Sociales en carteles y publicaciones
  • Sométete a las comprobaciones del ayuntamiento sobre el destino de la ayuda
Cuándo

El plazo es de diez días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 23 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Representas a una asociación social o asistencial de Burela
  • Tu entidad está inscrita en el registro municipal de asociaciones
  • Vas a desarrollar un proyecto social en Burela durante 2026
  • Tu proyecto atiende a personas mayores, con discapacidad o en riesgo social
  • Necesitas financiar monitores, materiales o el mantenimiento de tu local
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • La actividad consiste sobre todo en una comida entre los socios
  • El proyecto ya se ejecuta en Burela mediante un contrato o convenio
  • Vas a realizar obras
  • Tienes pendiente de justificar una ayuda anterior del ayuntamiento y no te han concedido una prórroga
  • La actividad recibe una subvención nominativa del ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

No hay una cantidad fija: lo que recibes depende de los puntos que obtenga tu proyecto con los criterios de valoración. El valor de cada punto se calcula repartiendo la cuantía de la convocatoria entre los puntos sumados por todas las solicitudes admitidas, y después se multiplica por los puntos de tu proyecto. La ayuda no puede superar los 5.000€ por entidad. Quedan excluidas las solicitudes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en los criterios del apartado A, los relativos a la entidad, y un mínimo de 30 puntos en la suma de todos los criterios.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria explicativa del proyecto con objetivos, actividades, calendario y presupuesto

  2. Reúne los documentos de la entidad: estatutos, NIF, certificación de sede y certificación bancaria

  3. Rellena la solicitud normalizada y la declaración responsable del presidente de la entidad

  4. Presenta todo en el registro electrónico del ayuntamiento dentro de los 10 días naturales

  5. Aporta los documentos que falten en los diez días que te conceda el órgano instructor

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención (Anexo I)
  • Declaración responsable del presidente de la entidad (Anexo II)
  • Breve memoria del proyecto o actividades desarrolladas el año anterior
  • Memoria explicativa y detallada del proyecto o actividad para la que pides la subvención
  • Imágenes de difusión del proyecto y enlaces a publicaciones en prensa o redes sociales
  • Copia del documento nacional de identidad del representante de la entidad
  • Copia del NIF de la entidad
  • Copia de los estatutos de la entidad
  • Certificación de la entidad firmada por el secretario que acredite la sede en Burela
  • Resolución de inscripción de la junta directiva en el registro de asociaciones de Galicia
  • Declaración jurada de no haber recibido otra ayuda para la misma actividad
  • Certificación bancaria de la cuenta donde se ingresará la subvención
  • Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta subvención si ya tengo otra ayuda para el mismo proyecto?
Sí, es compatible con ayudas de otras administraciones públicas siempre que el conjunto no supere el coste de la actividad. Lo que no puedes es acogerte además a otra convocatoria del propio Ayuntamiento de Burela para la misma actividad.
¿Qué gastos quedan fuera de la subvención?
No se subvencionan las obras, los viajes que no acrediten carácter social, la publicidad, el protocolo o la representación, ni impuestos, intereses, recargos, sanciones o gastos de procedimientos judiciales.
¿En qué fechas tengo que hacer los gastos?
Los gastos deben realizarse entre el 1 de enero de 2026 y antes del 19 de noviembre de 2026, y estar pagados antes de que termine el periodo de justificación.
¿Cuánto tardan en resolver la convocatoria?
El plazo máximo de resolución es de 150 días desde que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.
¿Puedo pagar las facturas en efectivo?
No. No se permiten pagos en efectivo: tienes que aportar los justificantes bancarios del pago, y quien paga debe coincidir con quien figura en la factura.

Fuentes oficiales

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