Subvenciones a proyectos de prevención de riesgos laborales
Hasta el 100% del coste de la acción, con un máximo de 300.000€ para cada proyecto
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Generalitat de Catalunya para proyectos de prevención de riesgos laborales
- Para quién
- Entidades que realicen proyectos de prevención de riesgos laborales, también agrupaciones de entidades sin personalidad jurídica
- Cuánto
- Hasta el 100% del coste de la acción, con un límite máximo de 300.000€ para cada proyecto
- Qué cubre
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- Acciones de información, asistencia técnica, formación y promoción del cumplimiento de la normativa de prevención
Acciones de información para difundir entre trabajadores y empresariado los principios de acción preventiva; acciones de asistencia técnica para el estudio y la resolución de problemas derivados de la aplicación práctica de las actuaciones preventivas; acciones de formación consistentes en el diseño de métodos y contenidos de programas para sectores y subsectores productivos, sobre todo los formados por pequeñas empresas; y acciones de promoción del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.
- Salarios y seguros sociales del personal y de los profesionales adscritos a la acción
- Gastos de funcionamiento de la acción subvencionada
Pólizas de seguros, enfermedad y responsabilidad civil del personal que participa (incluido el voluntario); manutención, alojamiento y movilidad de ese personal; suministros de agua, luz y calefacción y servicios generales de mensajería, limpieza y vigilancia; alquiler necesario para la acción; material fungible; compras y consumos; servicios externos; publicidad y difusión; amortización de equipos informáticos y plataformas tecnológicas; y la auditoría de la cuenta justificativa, hasta un máximo del 3% del importe otorgado.
- Acciones de información, asistencia técnica, formación y promoción del cumplimiento de la normativa de prevención
- Requisitos
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- Tu entidad va a realizar un proyecto o actividad de promoción de la seguridad y la salud en el trabajo
- Si tu entidad tiene 50 o más personas trabajadoras, empleas al menos a un 2% de personas con discapacidad o aplicas las medidas alternativas excepcionales previstas
- Presentas la solicitud de forma telemática con los modelos disponibles en la sede electrónica
- Si concurres como agrupación de entidades sin personalidad jurídica, todas las participantes firman el convenio de colaboración o de constitución
- La ayuda que solicitas, sola o junto con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, no supera el coste de la actividad
- Obligaciones
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- Justifica la subvención con una cuenta justificativa; si el importe concedido supera los 60.000€, debes aportar informe de auditoría
- Entrega una memoria explicativa justificativa con indicadores cuantificables de los resultados de cada acción financiada
- Añade a esa evaluación medidas sobre la inclusión de la perspectiva de género en las actuaciones ejecutadas
- Si has pasado cuestionarios de satisfacción o encuestas de valoración, aporta una copia, la metodología aplicada y los resultados
- Respeta la naturaleza de los gastos previstos en la resolución de concesión y motiva en la memoria económica cualquier desviación del presupuesto
- Envía la muestra de justificantes de gasto y la documentación complementaria que te requiera el órgano concedente
- Fechas estimadas
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- Abre: 27 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 9 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu entidad quiere hacer un proyecto para mejorar la seguridad y la salud en el trabajo
- Vas a difundir entre empresas y trabajadores los principios de acción preventiva
- Ofreces asistencia técnica para resolver problemas prácticos de las actuaciones preventivas
- Diseñas métodos y contenidos de programas de formación para sectores de pequeñas empresas
- Promueves el cumplimiento de la normativa de prevención entre empresariado y plantilla
- Te presentas junto a otras entidades como agrupación sin personalidad jurídica
- Presentas la solicitud en papel: solo se admite la vía telemática
- Presentas la solicitud después de las 14:00 horas del décimo día hábil del plazo
- Tu entidad tiene 50 o más personas trabajadoras y no emplea al menos a un 2% de personas con discapacidad ni aplica las medidas alternativas excepcionales previstas
- Tu proyecto no obtiene puntuación suficiente para entrar en el crédito disponible
- La ayuda que pides, sumada a otros ingresos, superaría el coste de la actividad
Cuánto puedes recibir
La subvención se establece por una cuantía determinada del coste total de la acción, que puede llegar a ser del 100% según el presupuesto que presentes. El importe concreto depende de la puntuación que obtenga tu proyecto con los criterios de valoración y de la disponibilidad presupuestaria, y nunca supera el límite máximo de 300.000€ ni el importe total que hayas solicitado. Una vez publicada la resolución de concesión se tramita un pago anticipado del 80% del importe concedido, al que puedes renunciar, y el 20% restante se abona cuando la ayuda está debidamente justificada.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara el proyecto de la acción según el modelo normalizado, con las fechas de inicio y finalización previstas y el lugar de realización
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Elabora el presupuesto completo y detallado de la acción, con los gastos, los ingresos, la cuantía que pides y las fuentes de financiación
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Presenta la solicitud de manera telemática con los modelos de la sede electrónica, dentro del plazo de diez días hábiles
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Atiende a la Comisión de Valoración si te convoca o te requiere por escrito para aclarar puntos dudosos de la acción solicitada
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Consulta la propuesta provisional y la resolución de concesión en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat, que sustituye a la notificación individual
Documentación necesaria
- Proyecto de la acción según el modelo normalizado, con los datos de inicio y finalización previstos y el lugar de realización
- Presupuesto completo y detallado de la acción, con todos los gastos e ingresos previstos, la cuantía de la ayuda solicitada y el detalle de las fuentes de financiación, según el modelo normalizado
- En agrupaciones de entidades sin personalidad jurídica, presupuesto con la distribución entre las entidades miembros y el importe de subvención que corresponde a cada una
- En agrupaciones de entidades sin personalidad jurídica, convenio de colaboración o de constitución de la agrupación firmado por todas las entidades participantes, según el modelo normalizado