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Ayudas Claras
Subvenciones Andalucía Empleo
Empleo Andalucía Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a empresas de Andújar para invertir y crecer

El 50% de tu inversión, hasta 4.000€, para pequeñas empresas de Andújar

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Andújar para la inversión de las pequeñas empresas del municipio.
Para quién
Pequeñas empresas privadas y autónomos con actividad en el municipio de Andújar.
Cuánto
El 50% de la inversión subvencionable, con un máximo de 4.000€ por empresa y año
Qué cubre
  • Inversión en activo fijo nuevo para crear o consolidar la empresa

    Maquinaria, utillaje y otros bienes de equipamiento ligados al proyecto; mobiliario; equipos y aplicaciones informáticas.

  • Gastos de comunicación, siempre que no sean recurrentes

    Diseño y desarrollo de la imagen corporativa y creación de la web y de las redes sociales.

Requisitos
  • Tu empresa tiene el domicilio social y fiscal en el municipio de Andújar
  • Desarrollas directamente la actividad subvencionada en un centro de trabajo de Andújar
  • Eres pequeña empresa: menos de 50 personas asalariadas y un volumen de negocios o balance general anual inferior a 10 millones de euros
  • Tu actividad principal no está en los epígrafes excluidos

    Quedan fuera el servicio de hospedaje en hoteles, moteles, pensiones, fondas, casas de huéspedes y hoteles-apartamentos; la reparación de artículos eléctricos para el hogar y de otros bienes de consumo; las agencias de viaje; y las salas de baile y discotecas.

  • El proyecto suma una inversión subvencionable de al menos 1.500€, sin IVA
  • Si implantas una empresa de reciente creación, su alta de inicio de actividad es posterior al 1 de julio de 2025
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantén vigente el alta en tu epígrafe de actividad durante cuatro años desde que te notifiquen la concesión
  • Ejerce la actividad económica en el establecimiento subvencionado durante cuatro años desde la concesión: si cierras antes tienes que comunicarlo al Ayuntamiento y devolver la parte proporcional al tiempo que falte, salvo cierre por enfermedad grave o fallecimiento del titular
  • Coloca en un lugar visible del exterior del establecimiento el cartel que identifica a tu empresa como beneficiaria de la subvención, y mantenlo al menos un año desde la concesión
  • Ten el pago de la inversión justificado antes de la fecha de publicación de la convocatoria en el boletín provincial
  • Justifica con criterios de eficiencia y economía por qué elegiste al proveedor si el gasto pasa de 15.000€ sin IVA o si está vinculado a tu empresa
  • No acumules otra ayuda a fondo perdido por los mismos gastos
Fechas estimadas
  • Abre: 28 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 11 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes una pequeña empresa con domicilio social y fiscal en Andújar
  • Has invertido este año en maquinaria, mobiliario o equipos informáticos
  • Has creado tu imagen corporativa, tu web o tus redes sociales
  • Acabas de implantar tu empresa en el municipio
  • Tu inversión subvencionable llega al menos a 1.500€ sin IVA
  • Tu empresa tiene 50 o más personas asalariadas
  • Tu volumen de negocios o tu balance general anual llega a 10 millones de euros
  • Tu actividad principal es hospedaje, agencia de viajes, discoteca o reparación de artículos eléctricos
  • Eres una entidad sin ánimo de lucro, una asociación, un colegio profesional o una sociedad pública
  • Ya cobras otra ayuda a fondo perdido por los mismos gastos

Cuánto puedes recibir

Cobras el 50% de la inversión que te aprueben, con un tope de 4.000€ por empresa y año. El proyecto tiene que sumar al menos 1.500€ de inversión sin IVA y solo se tramita un expediente por empresa y año. Las ayudas se conceden por orden de puntuación hasta agotar el crédito, así que si el saldo disponible no llega, se te aplica el crédito restante.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu actividad principal no está en los epígrafes excluidos y que tu inversión pasa de 1.500€ sin IVA

  2. Regístrate en el procedimiento de alta de notificación electrónica del Ayuntamiento: las notificaciones de estas ayudas se hacen por ese medio

  3. Cumplimenta y firma el modelo de solicitud que publica el Ayuntamiento

  4. Reúne los certificados de estar al corriente y la documentación de la empresa

  5. Presenta la solicitud de forma telemática en los 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el boletín de la provincia de Jaén

Documentación necesaria

  • DNI del solicitante, si eres persona física
  • CIF, escrituras de constitución y sus modificaciones posteriores, poderes de representación y DNI del representante, si eres persona jurídica
  • Certificados actualizados de estar al corriente con la Hacienda estatal, la Junta de Andalucía, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Andújar
  • Informe de no deuda con el Ayuntamiento de Andújar expedido por la Diputación Provincial de Jaén
  • Certificado de situación censal
  • Último recibo de autónomo
  • RNT del último mes, si tienes personal asalariado
  • Certificado de plantilla media de trabajadores en alta de la Tesorería General de la Seguridad Social
  • Informe de vida laboral de la empresa

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya cobro otra ayuda por la misma inversión?
No. Estas ayudas no pueden acumularse a ninguna otra ayuda a fondo perdido por los mismos gastos subvencionados.
¿Cuántas solicitudes puedo presentar?
Una por empresa y año, y solo una por local. Tampoco pueden presentar más de una las empresas que comparten administrador o accionistas, aunque seas titular de varias actividades.
¿Qué puntuación necesito para que me concedan la ayuda?
Al menos 50 puntos en los criterios de valoración. Se conceden por orden de puntuación hasta agotar el crédito y, en caso de empate sin crédito para todos, gana quien presentó antes la solicitud.
¿Qué pasa si me falta algún documento?
Te requieren para que lo subsanes en 10 días hábiles. Si no lo haces, se te tiene por desistido y la solicitud se archiva sin más trámite.

Fuentes oficiales

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