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Ayudas Claras
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Servicios sociales A Coruña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas de acción social a asociaciones de mayores de Ribeira

Cada asociación puede recibir entre 300 y 1.500 euros para acción social

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Ribeira para actividades de acción social de asociaciones de mayores.
Para quién
Asociaciones de mayores sin ánimo de lucro radicadas en el municipio de Ribeira.
Cuánto
Hasta el 50% del gasto acreditado: cada entidad solicitante puede percibir un máximo de 1.500 euros y un mínimo de 300 euros
Qué cubre
  • Proyectos, actividades o servicios para dinamizar la participación social y mejorar la calidad de vida de las personas mayores y con diversidad funcional
  • Acciones de promoción de estilos de vida saludables
  • Cursos, viajes culturales, talleres y celebración de fiestas tradicionales
Requisitos
  • Tu asociación es una entidad sin ánimo de lucro de personas mayores
  • Tienes el domicilio social o la sede en el municipio de Ribeira
  • Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Cuentas con un mínimo de veinte socios
  • No tienes pendiente de justificar ninguna ayuda anterior del ayuntamiento, salvo que te hayan concedido una prórroga
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica los gastos en el mes siguiente a la notificación de la concesión
  • Destina la ayuda solo al proyecto o actividad para el que se concedió
  • Presenta una memoria justificativa con las facturas originales o copias compulsadas
  • Acredita el pago de las facturas por transferencia, tarjeta o cheque nominativo
  • Haz constar en toda la publicidad que has recibido una subvención del ayuntamiento, incluyendo el escudo municipal
  • Difunde la actividad preferentemente en gallego y entrega copia de los carteles utilizados
Fechas estimadas
  • Abre: 29 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación de mayores sin ánimo de lucro de Ribeira
  • Tienes el domicilio social o la sede en el municipio de Ribeira
  • Tu entidad cuenta con al menos veinte socios
  • Organizas actividades de acción social durante el año 2026
  • Tus actividades se dirigen a personas mayores o con diversidad funcional
  • Quieres financiar cursos, viajes culturales o talleres
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu asociación no llega a los veinte socios
  • Tu domicilio social o sede está fuera de Ribeira
  • Tienes pendiente de justificar otra ayuda anterior del ayuntamiento y no te han concedido una prórroga
  • Solo quieres financiar inversiones o gastos de funcionamiento de la entidad
  • Tu actividad son festejos patronales o eventos asimilables

Cuánto puedes recibir

Tu asociación puede cobrar como máximo 1.500 euros y como mínimo 300 euros. La ayuda cubre hasta el 50% del gasto que acredites, y el porcentaje que pidas sobre el presupuesto de la actividad no puede superar ese 50%. Cobras la subvención una vez el ayuntamiento verifica tu documentación justificativa: si justificas al menos el 50% del presupuesto subvencionado cobras la parte proporcional, y si justificas menos de ese 50% no se abona nada.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Describe de forma detallada el proyecto o actividad concreta para la que pides la ayuda

  2. Reúne los anexos normalizados y el material publicitario de la actividad

  3. Presenta la solicitud en el registro general del Ayuntamiento de Ribeira o en otro registro público

  4. Corrige en diez días la documentación si el ayuntamiento te lo requiere

  5. Consulta la lista de solicitantes y la resolución en el tablón de anuncios del ayuntamiento

Documentación necesaria

  • Designación de la persona representante de la entidad ante el ayuntamiento (Anexo I)
  • Declaración responsable del representante de la entidad (Anexo II)
  • Modelo de solicitud de subvención con el presupuesto estimado de gastos (Anexo III)
  • Designación de la cuenta bancaria en la que se ingresará la subvención (Anexo IV)
  • Copia compulsada del DNI de la persona que representa a la entidad
  • Material publicitario de la actividad para la que solicitas la aportación

Preguntas frecuentes

¿Cómo se decide quién recibe la ayuda y cuánto?
Una comisión evaluadora puntúa las solicitudes: el interés de la actividad y su adecuación al interés local hasta 25 puntos, el número de socios activos hasta 25, el coeficiente de financiación hasta 25, el presupuesto de la actividad hasta 20 y el empleo de la lengua gallega hasta 5.
¿Puedo pedirla si ya recibo subvenciones de otras administraciones?
Sí. Estas aportaciones son compatibles con otras ayudas públicas o privadas, siempre que la suma de todas no supere el coste total de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si justifico menos gasto del previsto?
Si justificas al menos el 50% del presupuesto subvencionado, cobras la parte proporcional de la subvención. Si justificas menos del 50%, no se abona ninguna cantidad.
¿Puede mi entidad recibir más de una subvención?
Como norma general solo se concede una subvención por entidad, salvo las excepciones que recojan las convocatorias específicas.
¿Puedo reclamar si no me conceden la ayuda?
Sí. Puedes interponer un recurso de reposición ante el órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes desde su publicación. Si en un mes no obtienes respuesta, se entiende desestimado y puedes acudir a la vía contencioso-administrativa en dos meses.

Fuentes oficiales

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