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Ayudas Claras
Subvenciones Granada Prestaciones
Prestaciones Granada Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones al deporte en Atarfe: clubes y deportistas

Hasta 27.000€ por entidad deportiva y 1.000€ por deportista empadronado

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Atarfe para escuelas de promoción deportiva y deportistas individuales.
Para quién
Clubes y entidades deportivas de Atarfe y deportistas individuales empadronados en el municipio.
Cuánto
  • Importe máximo según la línea de subvención
    LíneaMáximo que se concede
    Escuelas de promoción deportiva27.000€ por entidad deportiva
    Deportistas individuales1.000€ por deportista
    La subvención no puede superar, sola o junto a otras ayudas o ingresos, el coste de la actividad subvencionada.
Qué cubre
  • Gastos de las escuelas de promoción deportiva

    Seguros de responsabilidad civil y accidentes; gastos derivados de la competición (transporte, derechos de arbitraje, gastos federativos, inscripción en competiciones, licencias de jugadores); material deportivo; equipaciones; pago de monitores; participación en cursos de formación oficiales de monitores; servicios médicos, fisioterapia y masajista; material informático; imprenta y publicidad de promoción del evento.

  • Gastos de los deportistas individuales

    Vestuario, equipamiento o material deportivo; licencias federativas y seguros deportivos; participación en cursos de formación oficiales relacionados con su disciplina; inscripción en pruebas deportivas oficiales de la federación; servicios médicos, fisioterapia y masajista.

  • Solo los gastos realizados durante la temporada deportiva 26-27, entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027
Requisitos
  • Tu club o entidad deportiva figura inscrito en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas
  • Tu club tiene el domicilio social en Atarfe y una antigüedad mínima en el registro municipal

    Los clubes y entidades deportivas con domicilio social en Atarfe deben estar inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Atarfe con 36 meses de antigüedad como mínimo.

  • Al menos el 75% de tus deportistas están empadronados en Atarfe
  • Participas en competiciones de modalidades reconocidas por una federación deportiva andaluza o española
  • Si eres deportista individual, estás empadronado en Atarfe y tienes licencia federativa en vigor
  • Si eres deportista individual, acreditas un resultado en un campeonato oficial de tu federación
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Haz constar en cualquier difusión de la actividad que se realiza con la colaboración de la concejalía de Deportes de Atarfe
  • Coloca el logotipo municipal en los escenarios de la actividad con la leyenda «Actividad/proyecto subvencionado por el Excmo. Ayuntamiento de Atarfe»
  • Incluye la imagen corporativa del Ayuntamiento en la equipación oficial de competición durante la temporada subvencionada
  • Justifica ante el Ayuntamiento la realización de la actividad y los gastos efectuados
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra subvención, ayuda o ingreso que financie la actividad
  • Mantén las condiciones y los elementos declarados en el proyecto que sirvió de base para la concesión
Cuándo

El plazo es de diez días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 22 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Gestionas una escuela de promoción deportiva en Atarfe
  • Tu club deportivo tiene su domicilio social en Atarfe
  • Tu entidad está inscrita en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas
  • Eres deportista individual empadronado en Atarfe
  • Tienes licencia federativa en vigor en la temporada del proyecto
  • Compites en modalidades reconocidas por una federación andaluza o española
  • Eres una sociedad anónima deportiva
  • Este año recibes una ayuda de los programas ADO o Fundación Andalucía Olímpica
  • Fuiste expulsado de las competiciones municipales la temporada anterior
  • Tu proyecto forma parte de un programa deportivo de la Delegación de Deportes
  • No estás al corriente con Hacienda, la Seguridad Social o la recaudación municipal
  • Tienes pendiente justificar o reintegrar subvenciones municipales anteriores

Cuánto puedes recibir

En la línea de escuelas de promoción deportiva, el máximo que se concede es de 27.000€ por entidad deportiva; en la de deportistas individuales, 1.000€ por deportista. La cantidad no puede superar, sola o junto a otras subvenciones o ingresos, el coste de la actividad subvencionada. Si te conceden menos de lo que pediste, puedes ejecutar el proyecto presentado o reformularlo ajustando los importes.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Obtén el modelo de solicitud normalizado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Atarfe

  2. Prepara la memoria o proyecto técnico y el presupuesto de gastos e ingresos que pide tu línea

  3. Presenta una única solicitud por entidad o deportista en los 10 días naturales siguientes a la publicación del extracto en el boletín provincial

  4. Subsana la documentación en el plazo de 10 días si el Ayuntamiento te lo requiere

  5. Formula alegaciones en el plazo de 10 días hábiles si no estás de acuerdo con la resolución provisional

Documentación necesaria

  • Solicitud normalizada con declaración responsable (Anexo A de tu línea)
  • Escuelas deportivas: CIF de la entidad y DNI del representante legal, según conste en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas
  • Escuelas deportivas: copia de la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas
  • Escuelas deportivas: memoria o proyecto técnico de funcionamiento de la escuela (Anexo B) y presupuesto de gastos e ingresos de todas sus actividades (Anexo C)
  • Escuelas deportivas: acreditación de la representación legal (Anexo D) y certificado de la cuenta bancaria donde recibir la transferencia (Anexo E)
  • Escuelas deportivas: díptico informativo de la escuela de promoción deportiva
  • Escuelas deportivas: certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales de los monitores, o certificado del secretario del club que acredite que lo tienen
  • Deportistas individuales: DNI del deportista y, si es menor de edad, DNI y acreditación de la representación legal (Anexo B)
  • Deportistas individuales: copia de la ficha o licencia federativa y certificado de empadronamiento
  • Deportistas individuales: memoria explicativa de la competición objeto de la subvención y presupuesto de gastos e ingresos equilibrado
  • Deportistas individuales: documento de inscripción en la competición oficial y acreditación de la clasificación obtenida
  • Deportistas individuales: certificado de la cuenta bancaria donde recibir la transferencia (Anexo C)

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de una solicitud?
No. Cada entidad deportiva y cada deportista individual solo puede presentar una única solicitud.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
El Ayuntamiento te requiere para que lo subsanes en un plazo máximo e improrrogable de 10 días. Si no lo haces, se te tiene por desistido de tu solicitud.
¿Puedo recibir otras ayudas para la misma actividad?
Tienes que comunicar al Ayuntamiento cualquier otra subvención, ayuda o ingreso que financie la actividad. Si la suma supera el coste de la actividad, se reduce la parte proporcional.
¿Cuánto tardan en contestarme?
El plazo máximo de resolución y notificación es de seis meses desde el día siguiente al final del plazo de presentación de solicitudes. Si pasa sin resolución expresa, puedes entender desestimada la solicitud.
¿Qué pasa si no justifico la subvención a tiempo?
Se reduce de forma automática el 20% del importe concedido una vez hecho el requerimiento para presentar la justificación y, si no lo atiendes, pierdes la subvención completa.

Fuentes oficiales

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