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Ayudas Claras
Ayudas La Palma Industria y energía
Industria y energía La Palma Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención para puntos de recarga en viviendas de La Palma

El 50% de instalar un punto de recarga en tu vivienda, con un máximo de 250€

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Cabildo de La Palma para instalar puntos de recarga de vehículos eléctricos en viviendas.
Para quién
Propietarios de una vivienda en la isla de La Palma, sea su residencia habitual o una segunda vivienda
Cuánto
El 50% del coste subvencionable de la instalación, con un máximo de 250€
Qué cubre
  • La compra del equipo de recarga, que debe tener una potencia mínima de 3,7 kW
  • La instalación eléctrica asociada al punto de recarga
  • La mano de obra de instalación y la legalización de la instalación ante la Dirección General de Industria del Gobierno de Canarias
Requisitos
  • La vivienda donde instalas el punto de recarga es de tu propiedad y está en la isla de La Palma; si actúas como empresa o entidad sin ánimo de lucro, confirma tu encaje con el Cabildo
  • Tienes tu domicilio en la isla de La Palma
  • El equipo de recarga es nuevo, tiene marcado CE y una potencia mínima de 3,7 kW
  • La instalación la ejecuta un instalador eléctrico autorizado e inscrito en el Registro Integrado Industrial
  • Si instalas en los elementos comunes del edificio, cuentas con el acuerdo favorable de la Junta de Propietarios
  • El inmueble no está en un expediente de disciplina urbanística con orden firme de demolición o de restablecimiento de la legalidad
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta la instalación y paga los gastos entre el 1 de enero de 2025 y el 26 de octubre de 2026
  • Legaliza la instalación ante la Dirección General de Industria del Gobierno de Canarias
  • Coloca un cartel o placa informativa con la imagen del Cabildo en un lugar visible de la vivienda o la plaza de garaje
  • Mantén visible esa publicidad al menos cuatro años desde que cobras la ayuda; si no, pueden reclamarte hasta el 20% de lo concedido
  • Aporta al menos 5 fotografías que identifiquen la vivienda, el equipo instalado y el cartel
  • Justifica la subvención en los 15 días naturales siguientes al fin del plazo de ejecución
Cuándo

El plazo es de quince días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 21 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres propietario de una vivienda en la isla de La Palma
  • Quieres instalar un punto de recarga de vehículo eléctrico en tu vivienda
  • Tienes tu domicilio en la isla de La Palma
  • Vas a instalar el punto en los elementos comunes de tu edificio
  • La instalación es en tu segunda vivienda
  • La vivienda donde vas a instalar el equipo no es de tu propiedad
  • Solo quieres reparar o sustituir un punto de recarga que ya tienes
  • El equipo que vas a instalar tiene menos de 3,7 kW de potencia
  • Ya has presentado otra solicitud en esta misma convocatoria
  • El inmueble tiene una orden firme de demolición o de restablecimiento de la legalidad urbanística

Cuánto puedes recibir

Cobras como máximo el 50% del coste subvencionable de la instalación y en ningún caso más de 250€. El pago se hace, con carácter general, después de que justifiques que has ejecutado la instalación, mediante transferencia bancaria en un único abono a una cuenta de la que seas titular.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Pide a una empresa instaladora autorizada un presupuesto detallado del equipo y de la instalación

  2. Prepara la memoria técnica o el proyecto de la instalación, con la potencia del equipo y el presupuesto desglosado por conceptos

  3. Reúne la documentación que acredita la titularidad de la vivienda y, si instalas en zonas comunes, el acta de la Junta de Propietarios

  4. Rellena el modelo oficial de solicitud señalando la línea 3 y la modalidad: vivienda unifamiliar o elementos comunes

  5. Presenta la solicitud en el Registro General del Cabildo, en sus registros auxiliares de Los Llanos de Aridane, Puntagorda y San Andrés y Sauces, o en su sede electrónica

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud, señalando la línea 3 y la modalidad (Anexo I)
  • Documento acreditativo de tu identidad y, en su caso, de la representación de quien actúe en tu nombre
  • Declaración responsable de no estar afectado por ninguna prohibición para obtener subvenciones (Anexo II)
  • Declaración responsable sobre otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos obtenidos o solicitados para la misma finalidad (Anexo III)
  • Certificaciones de estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el Cabildo, o autorización para que el Cabildo las consulte (Anexo IV)
  • Modelo de Alta de Tercero del Cabildo
  • Memoria técnica o proyecto de la instalación con el presupuesto desglosado por conceptos (Anexo V)
  • Presupuesto detallado del equipo de recarga y de la instalación, emitido por una empresa instaladora autorizada
  • Factura del suministro eléctrico de la vivienda
  • Documentación que acredite la titularidad o el derecho de uso de la vivienda, como la certificación catastral descriptiva y gráfica
  • Declaración responsable de que el inmueble no está en un expediente de disciplina urbanística (Anexo VI)
  • Acta de la Junta de Propietarios con acuerdo favorable, si la instalación es en elementos comunes

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda para más de una vivienda?
No. En ningún caso se atiende más de una solicitud por peticionario en cada convocatoria.
¿Qué se valora para decidir quién recibe la ayuda?
Se puntúa hasta un máximo de 100 puntos: ser titular de un vehículo eléctrico matriculado a tu nombre (25 puntos), que la vivienda sea tu residencia habitual y permanente (25 puntos) o una segunda vivienda (15 puntos), la potencia del equipo (25 puntos si es igual o superior a 7,4 kW y 15 puntos si es de 3,7 kW) y disponer de una instalación fotovoltaica de autoconsumo operativa en la vivienda (25 puntos).
¿Qué pasa si varias solicitudes empatan a puntos?
El orden se decide por la fecha y la hora de entrada de la solicitud completa en el registro del Cabildo o en su sede electrónica.
¿Entra el IGIC en los gastos que se subvencionan?
Sí, el Impuesto General Indirecto Canario es gasto subvencionable cuando no puedes recuperarlo ni compensarlo.
¿Cuánto tarda la respuesta a mi solicitud?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Si pasa ese plazo sin respuesta expresa, puedes entender desestimada tu solicitud.

Fuentes oficiales

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