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Ayudas Claras
Ayudas La Palma Industria y energía
Industria y energía La Palma Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención para instalar mini-aerogeneradores en La Palma

Hasta 3.000€ y el 75% del coste de instalar un mini-aerogenerador en tu casa

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Cabildo Insular de La Palma para comprar e instalar mini-aerogeneradores de autoconsumo en viviendas
Para quién
Personas físicas propietarias de una vivienda en la isla de La Palma, sea su casa habitual o una segunda vivienda
Cuánto
Hasta el 75% de la inversión subvencionable, sin que ningún beneficiario pueda recibir más de 3.000€
Qué cubre
  • El equipo aerogenerador: turbina, mástil, controlador de carga e inversor
  • La instalación eléctrica asociada y las estructuras de soporte y anclaje
  • La mano de obra de instalación y de legalización
Requisitos
  • Eres propietario de la vivienda donde vas a instalar el aerogenerador y puedes acreditarlo
  • La vivienda está en el territorio de la isla de La Palma
  • Tienes tu domicilio o sede social en la isla de La Palma
  • El aerogenerador es nuevo, tiene marcado CE y su potencia nominal no supera los 5 kW
  • La instalación la ejecuta una empresa instaladora autorizada e inscrita en el Registro Integrado Industrial
  • El emplazamiento cumple la normativa urbanística municipal y las servidumbres aeronáuticas aplicables
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta la instalación y compromete los gastos entre el 1 de enero de 2025 y el 26 de octubre de 2026; los pagos se admiten hasta la fecha de justificación
  • Justifica la subvención en los 15 días naturales siguientes al fin del plazo de ejecución
  • Presenta las facturas de la instalación y los justificantes de haberlas pagado
  • Aporta el certificado de instalación eléctrica diligenciado por la Dirección General de Industria del Gobierno de Canarias
  • Coloca un cartel informativo de 24 x 16 cm, visible desde el exterior, indicando que el Cabildo financia la instalación
  • Mantén visible esa publicidad: no hacerlo puede suponer el reintegro de hasta el 20% de la cantidad concedida
Cuándo

El plazo es de quince días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 21 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres propietario de una vivienda situada en la isla de La Palma
  • Quieres instalar un mini-aerogenerador para autoconsumo eléctrico en tu casa
  • Vas a ampliar una instalación mini-eólica que ya tienes
  • La casa es tu vivienda habitual o tu segunda vivienda
  • Tienes tu domicilio en la isla de La Palma
  • La vivienda está fuera de la isla de La Palma
  • El aerogenerador tiene una potencia nominal superior a 5 kW
  • Solo vas a reparar o sustituir piezas de una instalación que ya existe
  • Ya has presentado otra solicitud en esta convocatoria
  • El inmueble tiene una orden firme de demolición o de restablecimiento de la legalidad urbanística

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 75% de la inversión subvencionable y en ningún caso más de 3.000€, hasta que se agote el crédito de la convocatoria. El pago se hace después, cuando ya has justificado que hiciste la instalación, mediante una transferencia bancaria en un solo pago a la cuenta que designes. El impuesto canario (IGIC) cuenta como gasto subvencionable solo si no puedes recuperarlo ni compensarlo.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Pide a una empresa instaladora autorizada el presupuesto detallado y la memoria técnica de la instalación

  2. Reúne la documentación que acredita que la vivienda es tuya, como la certificación catastral descriptiva y gráfica

  3. Rellena y firma el modelo oficial de solicitud junto con las declaraciones responsables que se te piden

  4. Presenta la solicitud en el Registro General del Cabildo, en sus registros auxiliares de Los Llanos de Aridane, Puntagorda y San Andrés y Sauces, o en la sede electrónica, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto

  5. Espera la resolución: el Cabildo tiene seis meses para resolver y notificar desde que se publica la convocatoria

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud, cumplimentado y firmado (Anexo I)
  • Documento de identidad del solicitante y, en su caso, de quien le represente
  • Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para obtener subvenciones (Anexo II)
  • Declaración responsable sobre otras ayudas solicitadas o recibidas para la misma finalidad (Anexo III)
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda estatal y autonómica, la Seguridad Social y el Cabildo, o autorización para que los consulte (Anexo IV)
  • Modelo de alta de tercero del Cabildo, si no consta ya en la Corporación o quieres designar otra cuenta
  • Presupuesto detallado de la instalación emitido por una empresa instaladora autorizada
  • Memoria técnica de la instalación firmada, con las especificaciones de los equipos, el plazo de ejecución previsto y el presupuesto desglosado por conceptos (Anexo V)
  • Ficha técnica del aerogenerador con marca, modelo, tipo de eje, potencia nominal, altura del mástil, diámetro del rotor y velocidad de arranque (Sección C del Anexo I)
  • Certificación catastral descriptiva y gráfica, u otro documento que acredite la titularidad o el derecho de uso del inmueble
  • Declaración responsable de que el inmueble no está en un expediente de disciplina urbanística (Anexo VI)

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla para arreglar el aerogenerador que ya tengo?
No. Se subvencionan las instalaciones nuevas y la ampliación de instalaciones mini-eólicas existentes, pero no las reparaciones ni la mera sustitución de elementos de una instalación preexistente.
¿Puedo presentar más de una solicitud?
No. En ningún caso se atenderá más de una solicitud por peticionario.
¿Sirve para una segunda vivienda?
Sí. Se admiten tanto las viviendas de uso habitual como las segundas viviendas. En la valoración, la vivienda de uso permanente o familiar suma 25 puntos y la segunda vivienda, 15.
¿Puedo pedir además otra ayuda para la misma instalación?
Sí, pero pierdes los 25 puntos que se dan por no haber solicitado ni recibido una ayuda compatible para el mismo fin, y la suma de todas las ayudas no puede superar el coste de la actividad.
¿Qué pasa si no me contestan?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde que la convocatoria se publica en el boletín provincial. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, puedes entender desestimada tu solicitud.

Fuentes oficiales

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