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Ayudas Claras
Subvenciones Región de Murcia Prestaciones
Prestaciones Región de Murcia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones de consumidores en Murcia

Subvención para organizaciones de consumidores de Murcia; plazo de 15 días hábiles

Lo que significa

Qué es
Subvención de la Región de Murcia para los programas de las asociaciones de consumidores en defensa de sus derechos
Para quién
Organizaciones y asociaciones de consumidores y usuarios de la Región de Murcia
Cuánto
La convocatoria no fija una cuantía individual: el importe se decide según el crédito disponible y el orden de puntuación de las solicitudes. Consulta directamente con la administración.
Qué cubre
  • Salarios y honorarios del personal que participa directamente en las actividades
  • Alquiler puntual de aulas, talleres y otros espacios, y alquiler de bienes muebles
  • Publicidad y difusión de las actividades, materiales didácticos e informativos y soportes audiovisuales
Requisitos
  • Tu organización de consumidores y usuarios está inscrita en el registro regional de organizaciones de consumidores y usuarios
  • Has justificado en plazo todas las subvenciones con la misma finalidad concedidas en los cuatro ejercicios anteriores
  • Asumes el compromiso de cumplir el código de conducta de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia
  • Presentas una propuesta de actividades en materia de consumo para el ejercicio en el que pides la subvención
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Indica en toda la difusión de las actuaciones subvencionadas que han recibido ayuda de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
  • Justifica el gasto de las actividades para las que recibes la subvención
  • Paga los gastos por transferencia bancaria u otro medio con intermediación de una entidad financiera y acredítalo con certificado bancario, salvo las facturas de hasta 300 euros, que admiten pago en metálico
  • Paga todos los costes directos antes de que termine el plazo de justificación económica
  • Entrega al menos un ejemplar de cada material didáctico, formativo o informativo que edites por tu cuenta
Fechas estimadas
  • Abre: 25 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 13 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una organización de consumidores y usuarios de la Región de Murcia
  • Tu organización está inscrita en el registro regional de organizaciones de consumidores
  • Quieres financiar programas de información y defensa de las personas consumidoras
  • Quieres financiar programas para fomentar tu asociación de consumidores
  • Vas a hacer actuaciones contra el desperdicio alimentario o de consumo digital
  • Eres una empresa o una persona a título individual
  • Tu organización no está inscrita en el registro regional de organizaciones de consumidores
  • No has justificado en plazo subvenciones anteriores con la misma finalidad
  • Presentas una segunda solicitud sin indicar que anula la anterior

Cuánto puedes recibir

El importe por solicitante no está especificado: la cuantía se fija según el crédito disponible y se reparte entre las solicitudes admitidas por el orden de puntuación que resulta de los criterios de valoración. Si el crédito no alcanza para todas, cada solicitud recibe una cantidad en proporción directa a los puntos obtenidos. Los costes indirectos se subvencionan en una cuantía igual al 7% de los costes directos subvencionables del proyecto. La subvención no puede superar, sola o sumada a otras ayudas, el coste de la actividad o proyecto que desarrolles.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu organización está inscrita en el registro regional de organizaciones de consumidores y usuarios

  2. Prepara la propuesta de actividades en materia de consumo y el resto de anexos que pide la convocatoria

  3. Presenta una sola solicitud por organización, exclusivamente por medios electrónicos en la sede electrónica regional, con el código de procedimiento 2784

  4. Hazlo en los quince días hábiles que empiezan el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el boletín oficial de la región

  5. Si te proponen como beneficiario, comunica tu aceptación en los diez días naturales siguientes a la notificación

Documentación necesaria

  • Solicitud debidamente cumplimentada (Anexo I)
  • Certificación de datos generales de la organización (Anexo II)
  • Presupuesto de ingresos y gastos de la asociación del ejercicio corriente
  • Memoria de actividades realizadas durante el año anterior al de la solicitud (Anexo III)
  • Propuesta de actividades en materia de consumo a realizar durante el ejercicio solicitado (Anexo IV)
  • Certificado actualizado de la entidad financiera con el número de cuenta de la organización
  • Relación de los medios digitales de que dispone la organización (Anexo V)
  • Autorización para que la administración obtenga los certificados de la Seguridad Social, la Agencia Estatal Tributaria y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Anexo VI)

Preguntas frecuentes

¿Puedo recibir otras ayudas para las mismas actividades?
Sí. Estas subvenciones son compatibles y pueden concurrir con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad de administraciones o entes públicos o privados. Eso sí, la suma no puede superar el coste de la actividad o proyecto.
¿Cuántas solicitudes puede presentar mi organización?
Solo una. Las solicitudes duplicadas se consideran no presentadas, salvo que indiques expresamente que la nueva anula la anterior.
¿Qué pasa si dejo apartados de los anexos sin rellenar?
Los epígrafes que no cumplimentes no se tienen en cuenta al baremar tu solicitud. Todos los apartados de los anexos son obligatorios.
¿Puedo pagar en efectivo los gastos de la actividad?
Solo cuando el importe total de la factura no sea superior a 300 euros. El resto se paga por transferencia bancaria u otro medio con intermediación de una entidad financiera, con certificado bancario que garantice la trazabilidad del gasto.
¿Qué ocurre si un beneficiario renuncia a la subvención?
El órgano concedente puede concederla a los siguientes solicitantes sin necesidad de una nueva convocatoria, con un importe máximo igual a la cantidad renunciada.

Fuentes oficiales

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