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Ayudas Claras
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Ayudas a entidades deportivas de Sant Cebrià de Vallalta

Hasta el 50% del coste de tus actividades deportivas, máximo 6.000€ por entidad.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Sant Cebrià de Vallalta para financiar actividades deportivas.
Para quién
Entidades deportivas legalmente constituidas como personas jurídicas.
Cuánto
Hasta el 50% del coste total de las actividades, con un máximo de 6.000€ por entidad
Qué cubre
  • Seguros de responsabilidad civil, accidentes y mutualidades
  • Monitores, contratación de servicios deportivos y gastos de federación
  • Material deportivo no inventariable y gastos de actos deportivos

    Material deportivo no inventariable y camisetas deportivas. En actos deportivos: trofeos, arbitrajes y jueces, obsequios, camisetas y refrigerios para los deportistas. También los gastos de autocares para el transporte de la competición.

Requisitos
  • Eres una entidad deportiva legalmente constituida como persona jurídica
  • Estás inscrita en el Registro del Consejo Catalán del Deporte de la Generalitat de Catalunya
  • La actividad por la que pides la subvención se ha realizado en el municipio de Sant Cebrià de Vallalta
  • La actividad se desarrolla entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026
  • Tienes contratada y pagada una póliza de responsabilidad civil y accidentes individuales
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la subvención exclusivamente a la actividad para la que la pediste
  • Justifica los gastos como máximo el 29 de noviembre de 2026
  • Presenta la cuenta justificativa con memoria de la actuación y relación de gastos e ingresos
  • Haz constar la colaboración del Ayuntamiento en la documentación impresa y los carteles de la actividad
  • Conserva los documentos justificativos durante al menos cuatro años
  • Comunica cualquier otra subvención que obtengas para la misma finalidad
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 29 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad deportiva legalmente constituida como persona jurídica
  • Estás inscrita en el Registro del Consejo Catalán del Deporte
  • Has realizado la actividad deportiva en Sant Cebrià de Vallalta
  • Tu actividad se desarrolla entre septiembre de 2025 y agosto de 2026
  • Quieres financiar licencias, arbitrajes, seguros o material deportivo
  • Solicitas como persona física y no como entidad
  • Tu entidad no está inscrita en el Registro del Consejo Catalán del Deporte
  • La actividad no se ha realizado en el municipio de Sant Cebrià de Vallalta
  • Quieres financiar la compra de material deportivo inventariable
  • Los gastos que presentas son de gestoría

Cuánto puedes recibir

El dinero se reparte de forma proporcional entre las entidades solicitantes, en función de los puntos que obtengan en la valoración. La subvención no puede superar el 50% del coste total de las actividades, con un tope de 6.000€ por entidad. El pago se hace de una sola vez, después de presentar los justificantes.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Descarga los modelos normalizados en la web municipal o recógelos en el Registro del Ayuntamiento

  2. Reúne la documentación exigida, con la memoria y el presupuesto del proyecto

  3. Firma la solicitud como representante legal de la entidad y preséntala en el Registro del Ayuntamiento

  4. Hazlo dentro de los 10 días hábiles siguientes al día de la publicación en el boletín oficial de la provincia

  5. Espera la resolución de la alcaldía, que se dicta como máximo en tres meses desde el cierre del plazo

  6. Justifica la subvención como máximo el 29 de noviembre de 2026

Documentación necesaria

  • Fotocopia del DNI del representante legal
  • Escritura de constitución o estatutos
  • Poderes de representación o certificado del secretario de la entidad que acredite la representación legal
  • Fotocopia del Número de Identificación Fiscal de la entidad
  • Memoria del proyecto o actividad para el que se pide la subvención (Anexo 1)
  • Presupuesto previsto del proyecto o actividad (Anexo 2)
  • Declaración responsable de los requisitos, del compromiso de cumplimiento y de otras subvenciones obtenidas para la misma finalidad (Anexo 3)
  • Certificaciones de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
  • Declaración responsable de las retribuciones anuales de los órganos de dirección o administración, si la subvención supera los 10.000€
  • Registro de la entidad en el Consejo Catalán del Deporte de la Generalitat de Catalunya
  • Copia compulsada de la póliza de responsabilidad civil y accidentes individuales con los comprobantes de pago
  • Certificado de titularidad bancaria de la cuenta donde quieres cobrar la subvención

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si recibo otras ayudas para la misma actividad?
Sí. Es compatible con cualquier otra subvención concedida por otras administraciones o entidades públicas o privadas, pero la suma no puede superar el coste total de la actividad.
¿Qué pasa si presento la documentación incompleta o con errores?
El Ayuntamiento te requerirá para que la corrijas en diez días hábiles desde el día siguiente a la notificación. Si no lo haces, se entiende que desistes de la solicitud.
¿Cuándo sabré si me la han concedido?
La resolución se dicta como máximo en tres meses desde el cierre del plazo de presentación y se notifica en los diez días siguientes a su aprobación. Si no hay resolución en ese plazo, la solicitud se entiende denegada.
¿Qué ocurre si no presento la justificación en plazo?
El Ayuntamiento te requerirá para que la presentes en un plazo máximo de quince días hábiles. Si no lo haces, la subvención se revoca y tendrás que devolver el dinero si ya lo habías cobrado.
¿Se reparte siempre todo el dinero previsto?
No necesariamente. El órgano competente puede dejar desierto el concurso o no agotar el crédito previsto.

Fuentes oficiales

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