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Ayudas Claras
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Servicios sociales Albacete Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda al transporte adaptado de asociaciones en Albacete

Cofinanciación del transporte a centros ocupacionales de asociaciones de Albacete

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Albacete para cofinanciar el transporte adaptado a centros ocupacionales.
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que trabajan con personas con discapacidad.
Cuánto
  • La cuantía de cada subvención es proporcional a la puntuación obtenida y no puede pasar del 50 % de la cantidad designada para este objeto.
    Criterio de valoraciónPuntos
    Más de 50 personas transportadas por día de trabajo o formación40
    Entre 20 y 50 personas transportadas por día de trabajo o formación30
    Alta dependencia para el desplazamiento30
    Media dependencia para el desplazamiento20
    Baja dependencia para el desplazamiento10
    Coste del transporte superior a 30.000 €/año20
    Coste del transporte entre 20.000 y 30.000 €/año10
    No hay servicio de autobús urbano10
    Parada de autobús urbano entre 300 y 600 metros8
    Parada de autobús urbano a menos de 300 metros4
    Con una puntuación igual o superior a 80 puntos se concede el 100% de la cuantía máxima posible.
Qué cubre
  • El servicio de transporte de tus asociados o trabajadores a los centros ocupacionales, de formación o empleo
  • Facturas del transporte realizado correspondientes al ejercicio 2025
Requisitos
  • Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro con fines de desarrollo, formación e integración de personas con discapacidad
  • Estás declarada entidad de utilidad pública y de reconocido interés social, con implantación en el municipio de Albacete
  • Dispones de un centro ocupacional de inserción o formación profesional en el término municipal de Albacete
  • Has organizado el transporte colectivo a tus centros ocupacionales, de formación o trabajo en los últimos dos años
  • Trasladas diariamente a más de 20 usuarios a tus instalaciones
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica ante el Ayuntamiento la realización del transporte y el cumplimiento de la finalidad de la subvención
  • Presenta la cuenta justificativa con las facturas del transporte como fecha máxima el 31 de marzo de 2027
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra subvención o ingreso que financie el mismo transporte en cuanto lo conozcas
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y de control económico-financiero que se realicen
  • Conserva los documentos justificativos del uso de los fondos mientras puedan ser comprobados
  • Destina la ayuda a la finalidad para la que fue concedida
Cuándo

El plazo es de diez días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 21 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu asociación sin ánimo de lucro trabaja con personas con discapacidad
  • Estás declarada de utilidad pública y de reconocido interés social
  • Tienes un centro ocupacional o de formación en el término municipal de Albacete
  • Organizas el transporte colectivo de tus usuarios a ese centro
  • Trasladas cada día a más de 20 usuarios a tus instalaciones
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • No estás declarada de utilidad pública ni de reconocido interés social
  • Tu centro ocupacional está fuera del término municipal de Albacete
  • No has organizado transporte colectivo a tus centros en los últimos dos años
  • Trasladas cada día a 20 usuarios o menos

Cuánto puedes recibir

No cobras una cantidad fija. La cuantía máxima por solicitud se obtiene dividiendo el importe previsto para este objeto entre las entidades candidatas que cumplen los requisitos, y cada subvención no puede superar el 50 % de esa cantidad designada. Lo que recibes es proporcional a la puntuación que obtengas: con 80 puntos o más te conceden el 100% de la cuantía máxima posible. El pago se realiza después de que justifiques con facturas el transporte realizado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria de solicitud que acredite los requisitos y los criterios de valoración

  2. Cumplimenta los anexos de solicitud, declaración responsable, criterios a evaluar y aceptación de condiciones

  3. Presenta la solicitud en el registro electrónico del Ayuntamiento de Albacete dentro de los 10 días naturales siguientes a la publicación del extracto

  4. Completa o corrige la documentación en el plazo máximo de 10 días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere

  5. Espera la resolución de la Junta de Gobierno Local, que se dicta en un plazo máximo de tres meses desde el fin del plazo de solicitud

  6. Justifica el gasto del transporte con la cuenta justificativa antes del 31 de marzo de 2027

Documentación necesaria

  • Solicitud (Anexo I)
  • Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones (Anexo II)
  • Criterios a evaluar (Anexo III)
  • Memoria de solicitud que acredite el cumplimiento de los requisitos y de los criterios a evaluar
  • Documento de aceptación de condiciones y autorización de datos al Ayuntamiento (Anexo IV)
  • Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, solo si te opones a que el Ayuntamiento la obtenga de forma directa

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta subvención si ya recibo otra ayuda para el mismo transporte?
Sí. Es compatible con otras subvenciones de otras administraciones o de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, siempre que la suma de todas no supere el coste total de la acción subvencionada. Debes comunicarlo al Ayuntamiento en cuanto lo conozcas y, en todo caso, antes de presentar la justificación.
¿Qué pasa si falta algún documento en mi solicitud?
El Ayuntamiento te requerirá para que completes la documentación o subsanes los errores, y tendrás un plazo máximo de 10 días hábiles para hacerlo.
¿Cuánto tarda en resolverse la convocatoria?
El plazo máximo para resolver es de tres meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Cómo y cuándo tengo que justificar la subvención?
Mediante cuenta justificativa del gasto realizado, como fecha máxima el 31 de marzo de 2027. Debe incluir una memoria de actuación con las actividades realizadas, el número de servicios prestados, las rutas y los viajeros, además de las facturas del transporte y los documentos que acrediten su pago.
¿Tendría que devolver el dinero en algún caso?
Como la subvención se paga una vez justificado el gasto, solo se prevé el reintegro si se falsean los datos que justificaron la subvención concedida. Además, toda alteración de las condiciones que determinaron la concesión da lugar a modificar la resolución y a devolver el importe que corresponda.

Fuentes oficiales

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