Subvenciones a asociaciones de vecinos de Loja 2026
Subvención para actividades vecinales en las pedanías de Loja, plazo de 20 días hábiles
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Loja para actividades de utilidad pública o interés social en sus pedanías.
- Para quién
- Asociaciones de vecinos de las pedanías de Loja y, de forma subsidiaria, otras personas o entidades vinculadas a la pedanía
- Cuánto
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- El importe sale de los fondos que el Ayuntamiento asigna a cada pedanía
Son los criterios con los que se reparten los fondos entre las pedanías, no el importe que recibe cada solicitante. La convocatoria no fija una cuantía por solicitante.Criterio de reparto por pedanía Cuantía Cantidad fija por pedanía 1.676,66€ Cantidad variable por cada cien habitantes o fracción 260€
- El importe sale de los fondos que el Ayuntamiento asigna a cada pedanía
- Qué cubre
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- Actividades que fomenten la participación de los vecinos en las fiestas patronales de la pedanía
- Proyectos culturales, festivos o sociales que promuevan la vida asociativa de la pedanía
- Proyectos que fomenten el desarrollo económico de la pedanía
- Requisitos
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- Eres una asociación de vecinos con domicilio en una de las pedanías de Loja
- Tu asociación está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales de Loja
- Si no eres asociación de vecinos, estás domiciliado o tienes sede en la pedanía, o acreditas una vinculación notoria con ella
- Si no eres asociación de vecinos, te comprometes a facilitar la participación de los vecinos en el proyecto
- Si no eres asociación de vecinos, tu solicitud solo se admite si ninguna asociación ha solicitado para esa pedanía o si lo concedido a las asociaciones no agotó los fondos de la pedanía
- Presentas un único proyecto e incluyes en él una actividad relativa a las fiestas de la pedanía
- La actividad se realiza en la pedanía o redunda directamente en beneficio de sus vecinos
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina todo el dinero recibido a los fines para los que se concedió
- Justifica la subvención como máximo el 31 de enero del año siguiente al de la convocatoria
- Presenta una memoria de actuación con las actividades realizadas y los resultados obtenidos
- Presenta una memoria económica con la relación de gastos, las facturas originales y la acreditación de su pago
- Haz constar la colaboración del Ayuntamiento de Loja, con su logotipo, en la difusión de la actividad
- Comunica por escrito al Ayuntamiento cualquier otra ayuda que recibas para la misma finalidad
- Cuándo
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El plazo es de veinte días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 21 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación de vecinos de una pedanía de Loja
- Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales de Loja
- Organizas actividades para las fiestas patronales de tu pedanía
- Quieres hacer un proyecto cultural, festivo o social en la pedanía
- Tienes un proyecto para fomentar el desarrollo económico de la pedanía
- Tienes tu domicilio o sede en la pedanía y ninguna asociación de vecinos ha pedido la ayuda allí
- Tu proyecto tiene ánimo de lucro
- La actividad no se realiza en la pedanía ni beneficia a sus vecinos
- Tu proyecto forma parte de un programa que ya presta el Ayuntamiento de Loja
- Tu proyecto ya se desarrolla con otra subvención del Ayuntamiento de Loja
- Tu asociación no está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales
- Tu entidad tiene pendiente devolver una subvención anterior
Cuánto puedes recibir
El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración. Lo que la convocatoria publica es el criterio de reparto entre pedanías: una cantidad fija de 1.676,66€ por pedanía más 260€ por cada cien habitantes o fracción. Si te proponen una cantidad menor que la solicitada, puedes reformular tu solicitud para ajustarla a esa cantidad.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Pide el modelo de solicitud en la Concejalía de Medio Rural o recógelo en la Oficina Ciudadana del Ayuntamiento de Loja
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Prepara el proyecto de actividades con su memoria descriptiva y su presupuesto detallado de gastos e ingresos
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Reúne los certificados y las fotocopias que te pide la convocatoria
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Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Loja, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas
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Si te avisan de algún defecto en la solicitud, subsánalo en el plazo de 10 días
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Acepta o rechaza la subvención propuesta en los 5 días hábiles siguientes a la publicación de la propuesta definitiva
Documentación necesaria
- Solicitud de subvención (Anexo I)
- Proyecto de las actividades a realizar (Anexo II)
- Declaración responsable del solicitante (Anexo III)
- Certificado del secretario de la entidad que acredite que quien firma la solicitud es el representante legal
- Fotocopia del NIF o CIF de la entidad
- Fotocopia del DNI del representante legal
- Certificado de titularidad de la cuenta corriente de la entidad, emitido por la entidad bancaria
- Certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias del Estado, de la comunidad autónoma y del Ayuntamiento de Loja
- Certificado de estar al corriente con las obligaciones frente a la Seguridad Social