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Ayudas Claras
Ayudas Valencia Vivienda
Vivienda Valencia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a propietarios para alquilar en Tavernes Blanques

Hasta 3.000€ por rehabilitar tu vivienda y ponerla en alquiler en el municipio

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Tavernes Blanques para rehabilitar viviendas y ponerlas en alquiler
Para quién
Propietarios particulares de viviendas situadas en Tavernes Blanques
Cuánto
  • Ayuda directa según la antigüedad de la vivienda
    Antigüedad de la viviendaAyuda
    Superior a 25 añosHasta 3.000€
    Inferior a 25 añosHasta 2.000€
    La antigüedad se computa con fecha 1 de enero de 2025. Las ayudas se conceden por cada inmueble que cumpla los requisitos, con un máximo de dos inmuebles.
Qué cubre
  • El coste de las obras de reacondicionamiento de la vivienda
  • El seguro de garantía de renta por el tiempo de contrato, con un máximo de tres anualidades
Requisitos
  • Eres propietario de una vivienda en el término municipal de Tavernes Blanques
  • No eres propietario de más de dos inmuebles en alquiler
  • No eres tenedor de más de cinco inmuebles, sin contar garajes ni trasteros
  • La vivienda no ha estado alquilada en ningún periodo de los dos años anteriores a la aprobación de la convocatoria
  • Las obras de rehabilitación son posteriores a la fecha de resolución de la convocatoria
  • Dispones del título habilitante urbanístico necesario para ejecutar la obra, si es preceptivo
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la vivienda al arrendamiento para vivienda habitual durante tres años
  • Respeta el precio máximo de alquiler que fija tu modalidad de ayuda: no puede superar los 10 euros mensuales por metro cuadrado de superficie útil en la modalidad a) ni los 12 euros en la modalidad b), actualizables con el IPC y sin contar las superficies de elementos comunes
  • Realiza las obras en un plazo máximo de seis meses desde la concesión de la ayuda
  • Presenta la cuenta justificativa con las facturas y los justificantes de pago del gasto
  • Si no tienes contrato de alquiler, mantén publicado el anuncio de la vivienda al menos un año desde la concesión
  • Aporta al ayuntamiento el contrato de alquiler si consigues alquilar la vivienda durante ese año
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 30 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres propietario de una vivienda en Tavernes Blanques
  • Tu vivienda no ha estado alquilada en los dos últimos años
  • Vas a hacer obras de reacondicionamiento en la vivienda
  • Quieres alquilarla como vivienda habitual durante tres años
  • No tienes más de dos inmuebles en alquiler
  • Ya tienes dos inmuebles en alquiler
  • Eres tenedor de más de cinco inmuebles
  • Quieres destinar la vivienda a alquiler turístico
  • Vas a alquilarla por temporadas
  • La vivienda está fuera del término municipal de Tavernes Blanques

Cuánto puedes recibir

Recibes una ayuda directa de hasta 3.000€ si la vivienda tiene una antigüedad superior a 25 años, y de hasta 2.000€ si es inferior, computada con fecha 1 de enero de 2025. La ayuda se concede por cada inmueble que cumpla los requisitos, con un máximo de dos inmuebles. El importe final que cobras se corresponde con el gasto que justifiques correctamente, y el pago se hace por transferencia bancaria una vez justificado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que la vivienda no ha estado alquilada en los dos años anteriores

  2. Prepara la memoria justificativa de las obras con fotografías del estado actual y el presupuesto de la actuación

  3. Rellena la instancia de solicitud (Anexo I) y las declaraciones responsables (Anexo II)

  4. Presenta la solicitud con toda la documentación en la sede electrónica del ayuntamiento o presencialmente en el Registro General de Entrada

  5. Espera la resolución de Alcaldía, con un plazo máximo de resolución de tres meses

  6. Justifica el gasto con la cuenta justificativa (Anexo III) y las facturas para cobrar la ayuda

Documentación necesaria

  • Solicitud de ayudas conforme al modelo específico de la convocatoria (Anexo I)
  • Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte del solicitante, si la presentas presencialmente
  • Fotocopia del título de propiedad
  • Memoria justificativa de la actividad a realizar, con fotografías del estado actual de la vivienda
  • Presupuesto de la actuación, con facturas pro forma o presupuestos justificativos del importe solicitado
  • Declaración responsable de cumplir los requisitos de la convocatoria (Anexo II)
  • Declaración responsable de destino de los fondos al alquiler, que se mantendrá durante al menos tres años (Anexo II)
  • Declaración responsable de que la vivienda no ha estado alquilada en los dos años anteriores (Anexo II)
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria en la que se hará el ingreso

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda para más de una vivienda?
Sí. Las ayudas se conceden por cada inmueble que cumpla los requisitos, con un máximo de dos inmuebles.
¿Puedo alquilar la vivienda como apartamento turístico?
No. No son objeto de ayuda las viviendas que se destinen a alquileres de temporada, alquiler turístico o a un uso distinto de vivienda habitual.
¿Qué pasa si no encuentro inquilino?
Si no tienes contrato de alquiler, puedes justificar el anuncio de la vivienda en un portal de alquiler o inmobiliaria, respetando el límite de renta establecido. El anuncio debe mantenerse al menos un año desde la concesión y, si la alquilas en ese periodo, tienes que aportar el contrato al ayuntamiento.
¿Puedo cobrar otra ayuda para lo mismo?
Tienes que declarar que no has solicitado ni obtenido ninguna otra subvención, ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad que resulte incompatible con esta ayuda.
¿Qué ocurre si falta algo en la justificación?
Si el ayuntamiento aprecia defectos corregibles en la justificación que has presentado, te lo comunica y te concede un plazo de diez días para corregirlos.

Fuentes oficiales

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