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Subvención para restaurar fachadas en Traiguera 2026

El 50% de la obra de tu fachada, hasta 500€ por solicitud, en el núcleo urbano.

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Traiguera para obras de restauración y embellecimiento de fachadas de viviendas del núcleo urbano.
Para quién
Personas físicas o jurídicas interesadas en arreglar la fachada de una vivienda del núcleo urbano de Traiguera.
Cuánto
El 50% del presupuesto presentado, hasta un máximo de 500€ por solicitud
Qué cubre
  • Obras de restauración y embellecimiento de fachadas que dan directamente a la vía pública
  • Trabajos de pintura, solo cuando van incluidos en el presupuesto de la obra de restauración
Requisitos
  • La fachada pertenece a una vivienda situada en el núcleo urbano de Traiguera
  • La fachada da directamente a la vía pública
  • Las obras van más allá de pintar: pintar la fachada por sí solo no se subvenciona
  • El mero cambio de ventanas o puertas no cuenta como restauración o embellecimiento
  • Las obras respetan las normas urbanísticas del municipio, según el informe de los servicios técnicos municipales
  • Las obras se ejecutan entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta las obras entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026
  • Presenta las facturas que acrediten el gasto de la obra realizada
  • Aporta los justificantes del pago de esas facturas
  • Acredita el ingreso del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
  • Entrega fotografías del resultado de la actuación realizada
  • Registra toda esa documentación en el ayuntamiento antes del 1 de diciembre de 2026
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 1 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Quieres restaurar o embellecer la fachada de una vivienda en Traiguera
  • La fachada da directamente a la vía pública del núcleo urbano
  • Tus obras van más allá de pintar e incluyen restauración de la fachada
  • Vas a ejecutar la obra como máximo hasta el 30 de noviembre de 2026
  • Tienes declaración responsable o licencia de obras de la actuación
  • Solo vas a pintar la fachada, sin obras de restauración
  • Tu única actuación es cambiar las ventanas o las puertas de la fachada
  • La fachada no da directamente a la vía pública
  • El inmueble está fuera del núcleo urbano de Traiguera
  • Las obras no respetan las normas urbanísticas del municipio

Cuánto puedes recibir

Cobras el 50% del presupuesto que presentas junto con la declaración responsable o la solicitud de licencia de obra, con un tope de 500€ por solicitud. Las solicitudes se atienden por riguroso orden de entrada en el registro hasta agotar el crédito disponible, y las que cumplan todos los requisitos y se queden sin dotación pasan a ser las primeras de la convocatoria del año siguiente. El abono se realiza después de presentar las facturas, los justificantes de pago y las fotografías del resultado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el presupuesto de la obra y las fotografías de la fachada antes de la actuación

  2. Presenta la declaración responsable o solicita la licencia de obras

  3. Entrega la solicitud con toda la documentación en el registro de entrada del ayuntamiento, como máximo el 1 de diciembre de 2026

  4. Espera el informe de los servicios técnicos municipales y la resolución de Alcaldía

  5. Presenta las facturas, los justificantes de pago, el justificante del impuesto de obras y las fotografías del resultado para cobrar la ayuda

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud con la declaración responsable de cumplir los requisitos para ser beneficiario
  • Documento de identificación personal o acreditación de la representación si eres persona jurídica
  • Ficha de mantenimiento de terceros con los datos bancarios
  • Declaración responsable o, en su caso, licencia de obras
  • Fotografías de la fachada anteriores a la actuación y, si ya las tienes, posteriores a las obras
  • Consentimiento firmado para el uso de esas imágenes por parte del ayuntamiento
  • Presupuesto de la obra solicitada y facturas de los gastos ya satisfechos, si ya dispones de ellas

Preguntas frecuentes

¿Me sirve con pintar solo la fachada?
No. Los trabajos de pintura se contemplan únicamente cuando están incluidos en el presupuesto de las obras de restauración y embellecimiento. El simple hecho de pintar la fachada no se subvenciona.
¿Cuenta cambiar las ventanas o las puertas de la fachada?
El mero cambio de ventanas o puertas de la fachada no se considera, por sí solo, obra de restauración o embellecimiento.
¿Qué pasa si el dinero se agota antes de llegar a mi solicitud?
Las solicitudes que cumplan todos los requisitos y no puedan atenderse por falta de consignación presupuestaria pasan a ser las primeras en la convocatoria del año siguiente.
¿Quién decide si mi obra encaja en la convocatoria?
Un informe preceptivo de los servicios técnicos municipales determina si las obras cumplen las normas urbanísticas del municipio y el objetivo de restauración o embellecimiento.
¿Hasta cuándo puedo hacer la obra?
El plazo de ejecución de las obras va del 1 de diciembre de 2025 al 30 de noviembre de 2026.

Fuentes oficiales

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