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Ayudas Claras
Subvenciones Cáceres Servicios sociales
Servicios sociales Cáceres Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a entidades juveniles de Cáceres 2026

Hasta 2.999€ por entidad para proyectos juveniles en el municipio de Cáceres

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Cáceres para proyectos en materia juvenil de entidades juveniles.
Para quién
Asociaciones juveniles, secciones juveniles de entidades sociales y federaciones o confederaciones de asociaciones juveniles.
Cuánto
Hasta 2.999€ por entidad beneficiaria
Qué cubre
  • Bienes y servicios necesarios para desarrollar las actividades del proyecto
  • Gastos de asesoría jurídica o financiera, notariales, registrales, periciales y de administración directamente ligados al proyecto
  • Renting o leasing, con un límite máximo del 20% de la subvención concedida
Requisitos
  • Tu entidad está legalmente constituida como entidad juvenil, federación o confederación de asociaciones juveniles
  • Estás inscrita en el registro municipal de entidades ciudadanas de Cáceres, activa, en funcionamiento y con los datos actualizados
  • Si eres una asociación juvenil, tus estatutos recogen expresamente esa naturaleza y todas las personas que forman tus órganos de dirección tienen entre 14 y 29 años
  • Si eres una sección juvenil, tus estatutos te reconocen autonomía funcional, organización y órganos de gobierno propios para los asuntos juveniles, y esos órganos están formados por personas de entre 14 y 29 años
  • Si eres una federación o confederación de asociaciones juveniles, tus promotores son personas jurídicas de naturaleza asociativa juvenil
  • No tienes deudas ni sanciones tributarias con el Ayuntamiento de Cáceres ni con sus organismos autónomos
  • Presentas una única solicitud por entidad
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto subvencionado entre el 1 de enero y el 10 de diciembre de 2026
  • Justifica la subvención concedida como máximo el 15 de diciembre de 2026
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra subvención, ayuda o ingreso que financie el proyecto
  • Da publicidad de la colaboración del Ayuntamiento de Cáceres e incluye su logotipo en el material gráfico de todas tus actuaciones
  • Ten en tu poder la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales del personal que ejecute el proyecto
  • Conserva los documentos justificativos de los fondos recibidos mientras puedan ser objeto de comprobación y control
Cuándo

El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 20 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación juvenil inscrita en el registro municipal de entidades de Cáceres
  • Tu entidad es una sección juvenil de una organización social
  • Eres una federación o confederación de asociaciones juveniles
  • Tu proyecto se dirige a la población juvenil del término municipal de Cáceres
  • Vas a ejecutar el proyecto entre el 1 de enero y el 10 de diciembre de 2026
  • Tu entidad no está inscrita en el registro municipal de entidades ciudadanas de Cáceres
  • Eres una sección u organización juvenil de un partido político
  • Ya has recibido otra subvención del Ayuntamiento de Cáceres para la misma finalidad
  • Tienes deudas o sanciones tributarias con el Ayuntamiento de Cáceres
  • Tu proyecto es de signo docente o de ampliación o complementación de estudios
  • Tu proyecto recibe financiación de otros programas o convocatorias municipales

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 2.999€ por entidad beneficiaria. La ayuda no puede ser de tal cuantía que, sola o junto a otras subvenciones de entidades públicas o privadas, supere el coste total del proyecto subvencionado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Descarga los modelos 504 y 505 en la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres

  2. Reúne la copia del NIF de tu entidad y de las personas de tu órgano de dirección

  3. Presenta la solicitud de forma telemática en la sede electrónica dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto

  4. Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo máximo e improrrogable de 10 días

  5. Si recibes la propuesta de resolución provisional, presenta alegaciones en los diez días hábiles siguientes

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención (Modelo 504)
  • Formulario de solicitud (Modelo 505)
  • Copia del NIF de la entidad solicitante
  • Copia del NIF de las personas que forman parte del órgano de dirección de la entidad

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de un proyecto?
No. Cada entidad puede presentar una única solicitud a esta convocatoria.
¿Puedo pedirla si ya tengo otra subvención municipal para lo mismo?
No. Quedan fuera las entidades que ya han sido beneficiarias de otra subvención del Ayuntamiento de Cáceres o de sus organismos autónomos para la misma finalidad.
¿Qué gastos no me van a admitir?
No se subvencionan los gastos de personal, el material inventariable, la construcción, rehabilitación o mejora de bienes, ni los intereses, recargos, sanciones y gastos de procedimientos judiciales. El renting o leasing sí se admite, con un límite del 20% de la subvención concedida.
¿Qué pasa si me falta algún documento?
El instructor te requerirá para que lo subsanes en un plazo máximo e improrrogable de 10 días. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Cuándo sabré si me la conceden?
La resolución debe resolverse y notificarse en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Si pasa ese plazo sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud.

Fuentes oficiales

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