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Ayudas Claras
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Ayuda del IBI a familias monoparentales en Martorell

Hasta 200€ de la cuota del IBI para familias monoparentales de Martorell

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Martorell que cubre parte de la cuota del impuesto de bienes inmuebles de la vivienda donde vives.
Para quién
Familias monoparentales que viven en Martorell, en vivienda propia, en usufructo o de alquiler.
Cuánto
  • Un porcentaje de la cuota del impuesto de bienes inmuebles de tu vivienda habitual, según su valor catastral
    Valor catastral de la viviendaPorcentaje subvencionado
    Hasta 50.000 euros60%
    De 50.001 a 80.000 euros40%
    De 80.001 a 150.000 euros30%
    A partir de 150.001 euros en adelante20%
    En ningún caso el importe de la subvención puede ser superior a 200 euros.
Qué cubre
  • Parte de la cuota del impuesto de bienes inmuebles de la vivienda donde resides habitualmente
  • La repercusión de ese impuesto que te cobra el propietario, si vives de alquiler
Requisitos
  • Formas parte de una familia monoparental residente en Martorell
  • Eres propietaria, usufructuaria o arrendataria de la vivienda donde resides habitualmente
  • Has liquidado la totalidad del impuesto de bienes inmuebles del ejercicio subvencionado
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Si vives de alquiler y el propietario te repercute el impuesto, presenta el recibo que acredite ese pago como máximo el 30 de diciembre de 2026
  • Ten liquidado todo el impuesto de bienes inmuebles del ejercicio subvencionado: el ayuntamiento lo comprueba con el organismo de gestión tributaria de Barcelona
  • No transmitas la vivienda durante 2026, porque es causa de revocación de la ayuda
  • Mantén tu domicilio en esa vivienda durante 2026: el cambio de domicilio también revoca la ayuda
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 31 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Formas parte de una familia monoparental
  • Resides habitualmente en Martorell
  • Eres propietaria o usufructuaria de la vivienda donde vives
  • Vives de alquiler y el propietario te repercute el impuesto de la vivienda
  • Pagas el impuesto de bienes inmuebles de tu residencia habitual
  • No resides en Martorell
  • Tu familia no es monoparental
  • La vivienda no es tu residencia habitual
  • No eres propietaria, usufructuaria ni arrendataria de la vivienda donde vives
  • Transmites la vivienda o cambias de domicilio durante 2026

Cuánto puedes recibir

Recibes un porcentaje de la cuota del impuesto de bienes inmuebles de la vivienda que es tu residencia habitual, y el porcentaje depende del valor catastral: va del 60% cuando no pasa de 50.000 euros al 20% a partir de 150.001 euros. En ningún caso la subvención puede ser superior a 200 euros.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Presenta tu solicitud en el Ayuntamiento de Martorell, que le asigna un número de registro de entrada

  2. Firma y entrega la declaración responsable de que estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

  3. Espera el acuerdo de la Junta de Gobierno Local, que resuelve la concesión o la denegación

  4. Consulta el resultado en el boletín oficial de la provincia de Barcelona, en el tablón de edictos del ayuntamiento o en la web municipal

Documentación necesaria

  • Declaración responsable firmada de que estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Recibo justificante del pago de la repercusión del impuesto de bienes inmuebles, si eres arrendatario y el propietario te lo repercute

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si vivo de alquiler?
Sí. Pueden ser beneficiarias las familias monoparentales residentes en Martorell que sean propietarias, usufructuarias o arrendatarias de la vivienda donde residen habitualmente. Si el propietario te repercute el impuesto, tendrás que presentar el recibo del pago como máximo el 30 de diciembre de 2026.
¿Qué pasa si vendo la vivienda o me mudo durante el año?
La transmisión de la vivienda o el cambio de domicilio durante el ejercicio 2026 es causa de revocación de la ayuda.
¿Tengo que aportar certificados de Hacienda y de la Seguridad Social?
No. Como el importe de estas ayudas no supera los 3.000 euros, basta la declaración responsable firmada de que estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
¿Qué puedo hacer si me deniegan la ayuda?
El acuerdo agota la vía administrativa. Puedes interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes desde la publicación del acuerdo, o recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación.

Fuentes oficiales

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