Ayuda al alquiler para jóvenes de 18 a 35 años en Valls
Del 50% al 100% de los tres primeros meses de alquiler para jóvenes de Valls
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Valls para los gastos de alquiler de vivienda de las personas jóvenes.
- Para quién
- Personas jóvenes residentes en Valls que viven en una vivienda de alquiler.
- Cuánto
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- Porcentaje de los gastos de los tres primeros meses de alquiler, según la puntuación que obtengas
La ayuda disponible se reparte entre todas las solicitudes recibidas y admitidas a trámite. Si una vez valoradas se supera el importe de la partida asignada, el importe otorgado se reduce de forma proporcional.Puntuación % de ayuda Más de 15 puntos 100% De 10 a 15 puntos 75% Menos de 10 puntos 50%
- Porcentaje de los gastos de los tres primeros meses de alquiler, según la puntuación que obtengas
- Qué cubre
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- Los gastos de los tres primeros meses del alquiler de tu vivienda
- Vale tanto si la vivienda está amueblada como si no, siempre que reúna las condiciones de habitabilidad legalmente previstas
- Requisitos
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- Tienes entre 18 y 35 años
- Has alquilado una vivienda a partir del 18 de octubre de 2025
- El alquiler no supera los 650€ mensuales
- Justificas una fuente de ingresos propia por encima del mínimo exigido
El umbral sube por cada miembro adicional de la unidad familiar o de convivencia. Los ingresos pueden venir de un salario, de un trabajo por cuenta propia o de una pensión.Miembros de la unidad de convivencia Ingresos mínimos anuales 1 9.622,18€ 2 11.065,51€ 3 12.725,34€ 4 14.634,14€ - Los ingresos de tu unidad de convivencia no superan el máximo fijado
El umbral sube por cada miembro adicional de la unidad familiar o de convivencia.Miembros de la unidad de convivencia Ingresos máximos anuales 1 28.866,54€ 2 36.083,18€ 3 45.103,98€ 4 56.379,98€ - No tienes ninguna vivienda en propiedad en pleno dominio ni otra vivienda de alquiler distinta de la que solicitas
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Cumple todas las condiciones establecidas en la convocatoria
- Destina la vivienda alquilada a tu domicilio habitual y permanente
- Empadrónate en la vivienda
- No transmitas ni cedas el uso de la vivienda, ni total ni parcialmente
- Mantente al corriente de tus obligaciones con la Seguridad Social, la Agencia Tributaria y la hacienda municipal
- Facilita las actuaciones de comprobación y control financiero y la documentación complementaria que te pidan
- Cuándo
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- Abre: 26 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 31 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes entre 18 y 35 años
- Resides en Valls
- Eres titular del contrato de alquiler de tu vivienda
- Pagas un alquiler de 650€ mensuales o menos
- Justificas una fuente de ingresos propia
- No has obtenido antes esta ayuda municipal
- Ya has obtenido esta ayuda en una convocatoria anterior
- Tienes una vivienda en propiedad en pleno dominio
- Tienes otra vivienda alquilada distinta de la que solicitas
- El propietario es un familiar tuyo hasta el segundo grado
- Tu alquiler supera los 650€ al mes
- Ocupas la vivienda por razón de tu cargo o de tus funciones profesionales
Cuánto puedes recibir
Recibes un porcentaje de los gastos de los tres primeros meses del alquiler: el 50%, el 75% o el 100% según la puntuación que obtengas en el baremo de la convocatoria. La ayuda total disponible se reparte entre todas las solicitudes admitidas, así que si se supera el importe de la partida asignada el importe otorgado se reduce de forma proporcional. Se abona de una sola vez, por transferencia a la cuenta que indiques en la solicitud.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne el contrato de alquiler, los tres últimos recibos pagados y tu declaración de la renta
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Rellena el formulario de solicitud en el modelo oficial
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Preséntalo en la sede electrónica del ayuntamiento o, en persona, en la Oficina Local de Vivienda de Valls
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Hazlo como máximo el 31 de octubre de 2026: fuera de plazo quedas excluido automáticamente
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Si te requieren corregir o completar la documentación, hazlo en diez días hábiles desde la notificación
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Espera la resolución de la Junta de Gobierno Local, que se dicta en un plazo máximo de dos meses desde el fin del plazo de solicitudes
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud
- Fotocopia del DNI, NIE o carta verde de todas las personas que consten en la solicitud
- Permiso de residencia de las personas extranjeras y del resto de miembros de la unidad familiar
- DNI e ingresos de todos los beneficiarios del alquiler, si el piso es compartido
- Fotocopia del contrato de alquiler en el que constes como arrendataria
- Fotocopia de los tres últimos recibos del alquiler y acreditación de su pago
- Declaración de la renta del último ejercicio o, si estás exento, declaración de ingresos y retenciones
- Declaración jurada y documentación justificativa si has tenido un cambio significativo de ingresos
- Declaración jurada de no recibir otros ingresos que los declarados
- Declaración jurada de no disponer de vivienda en propiedad en pleno dominio ni de derecho real de uso
- Declaración jurada de no disfrutar de la vivienda por razón del cargo o de las funciones profesionales
- Declaración jurada de no tener parentesco con el propietario de la vivienda hasta el segundo grado
- Justificantes de otras ayudas recibidas o declaración jurada de no recibir ninguna otra
- Declaración responsable de no haber recibido otra subvención por el gasto que justificas
- Solicitud de transferencia bancaria para el cobro de la subvención, firmada
- Carné de familia monoparental o numerosa emitido por la Generalitat de Catalunya, si lo alegas
- Certificación del grado de discapacidad expedida por la administración competente, si la alegas
- Informe de vida laboral, si estás en situación de desempleo
- Informe acreditativo de servicios sociales en los casos de desahucio, extutela o procedencia de países en conflicto
- Informe del servicio de atención a la mujer, en caso de violencia de género
- Sentencia de divorcio, separación o acuerdo de custodia, si alegas cargas familiares
- Acreditación emitida por la entidad, si participas en un proyecto social