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Ayudas Claras
Subvenciones Aragón Empleo
Empleo Aragón Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Plan WAVE PLUS: ayudas a centros de formación en Aragón

Subvención a entidades de formación para dar cursos a desempleados en Aragón

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Instituto Aragonés de Empleo para impartir formación profesional para el empleo en Aragón
Para quién
Entidades y centros de formación, públicos o privados, que imparten formación para el empleo en Aragón
Cuánto
Hasta 50.000 euros de subvención concedida por cada centro de formación, aunque la solicitud por centro puede llegar a 150.000€; el importe de cada curso se calcula multiplicando sus horas por el número de alumnos y por el módulo económico de la especialidad
Qué cubre
  • Impartición de las acciones formativas presenciales de las especialidades convocadas
  • Coste por hora y persona participante según el módulo económico de cada especialidad
  • Incremento para contratar el servicio de apoyo si participan personas con discapacidad
Requisitos
  • Tus centros de formación están inscritos en el registro aragonés de centros colaboradores o en el registro estatal de entidades de formación
  • Dispones en Aragón de instalaciones inscritas que permiten impartir las especialidades que solicitas
  • Vas a impartir las acciones formativas directamente en esas instalaciones de Aragón
  • Si las instalaciones son de un tercero, acreditas un acuerdo, licencia o contrato de disponibilidad de al menos media jornada laboral ordinaria
  • Presentas una única solicitud que incluye todas las acciones formativas de cada uno de tus centros
  • Solicitas como máximo dos acciones formativas por especialidad y centro de formación
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Imparte las acciones formativas en modalidad presencial, en las instalaciones acreditadas que figuren en la resolución de concesión
  • Selecciona al alumnado, publicita los cursos y comunica el inicio al Instituto Aragonés de Empleo con siete días naturales de antelación
  • Entrega la relación del alumnado participante hasta el tercer día lectivo posterior al comienzo del curso
  • No subcontrates la ejecución de las acciones formativas: contratar al personal docente no se considera subcontratación
  • Presenta la memoria de actuación y la memoria económica en el plazo máximo de un mes tras finalizar cada acción formativa
  • Lleva una contabilidad separada o un código contable propio para todas las operaciones de la subvención
Cuándo

El plazo es de cinco días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 19 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad de formación con centros inscritos en Aragón
  • Estás en el registro estatal de entidades de formación y tienes instalaciones en Aragón
  • Quieres impartir especialidades del catálogo estatal de especialidades formativas
  • Puedes dar los cursos en modalidad presencial en tus propias aulas
  • Tienes un centro móvil inscrito y quieres impartir las especialidades que tiene inscritas
  • Eres una persona desempleada: la subvención la cobran las entidades que imparten la formación
  • No tienes instalaciones inscritas en el territorio de Aragón
  • Solo puedes impartir la formación en teleformación o aula virtual
  • Quieres alquilar aulas de un centro ya inscrito en el registro aragonés de centros colaboradores
  • Tienes con la Hacienda de Aragón una deuda pendiente mayor que la subvención que podrías obtener

Cuánto puedes recibir

La subvención de cada acción formativa se calcula multiplicando las horas de formación de cada persona participante por el módulo económico de la especialidad, expresado como coste por hora y alumno. El Anexo I de la convocatoria fija ese módulo especialidad por especialidad: van de 7,84 a 15,98 euros por hora y alumno. Cada entidad puede solicitar hasta 150.000€ por centro de formación, pero la subvención concedida a un mismo centro no superará los 50.000 euros. Si se incorporan personas con discapacidad, la subvención puede ampliarse para contratar el servicio de apoyo, con un coste de 26,00 euros/hora para el intérprete de lengua de signos y de 12,50 euros/hora para el apoyo a personas con discapacidad. El pago se reparte en dos anualidades, 2026 y 2027: cabe un anticipo de hasta el 25% tras la concesión y otro 25% acreditando el inicio de la formación, o un único anticipo de hasta el 50%, presentando aval quien no esté exenta de ello; la liquidación final se realiza en 2027 una vez justificadas las acciones formativas.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tus centros y las especialidades que vas a pedir están inscritos en el registro correspondiente

  2. Cumplimenta la solicitud y la documentación complementaria en la aplicación PAS WEB Desempleados del Instituto Aragonés de Empleo

  3. Descarga el modelo de solicitud, fírmalo electrónicamente y preséntalo en el registro electrónico general de la Administración de Aragón

  4. Presenta la solicitud dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial

  5. Espera la resolución, que se notifica en un plazo máximo de tres meses desde la publicación de la convocatoria

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud firmado electrónicamente
  • Listado de las acciones formativas solicitadas (Anexo I)
  • Acuerdo de disponibilidad de instalaciones en Aragón o declaración responsable, si estás acreditado en el registro estatal de entidades de formación
  • Declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos de inscripción, si tu centro no tiene inscrita la especialidad
  • Si eres una entidad local, certificado o declaración responsable sobre la rendición de cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón, las medidas de racionalización del gasto y los planes económico-financieros

Preguntas frecuentes

¿Cuántas solicitudes puedo presentar?
Una sola, que debe incluir todas las acciones formativas que vas a impartir en cada uno de tus centros. Por cada centro puedes pedir como máximo dos acciones formativas por especialidad convocada.
¿Puedo impartir los cursos a distancia?
No. Las acciones formativas se imparten en modalidad presencial en las instalaciones acreditadas, y el aula virtual solo se admite como medio complementario y adicional.
¿Cuánto puedo recibir como máximo?
Puedes solicitar hasta 150.000€ por cada centro de formación, pero la subvención concedida a un mismo centro no superará los 50.000 euros.
¿Cuántas personas puede tener cada curso?
El número máximo de personas participantes subvencionables por acción formativa es de trece, o el que figure en tu resolución de concesión.
¿Cuándo sabré si me conceden la subvención?
La resolución se notifica en un plazo máximo de tres meses desde la publicación de la convocatoria. Si pasa ese plazo sin notificación expresa, puedes entender desestimada tu solicitud.

Fuentes oficiales

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