Subvenciones a entidades sociales para ayuda alimentaria
Subvención a entidades sociales que reparten tarjetas o vales de alimentos
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva de la Generalitat Valenciana a entidades sociales que entregan tarjetas o vales de alimentos
- Para quién
- Entidades del tercer sector de acción social y organizaciones no gubernamentales que atienden a familias en exclusión social
- Cuánto
- Como máximo, 17.832.560 € para la única entidad seleccionada, la de mayor puntuación
- Qué cubre
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- Provisión de tarjetas o vales canjeables por productos de alimentación y otra asistencia material básica
- Recarga de las tarjetas o vales canjeables, con una periodicidad máxima de tres meses
- Medidas de acompañamiento orientadas a la inclusión social de las familias atendidas
- Requisitos
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- Tu entidad está legalmente constituida e inscrita en el registro administrativo que le corresponde
- Tiene domicilio fiscal o sede administrativa y organizativa estable, permanente y abierta al público en la Comunitat Valenciana
- Desarrolla sus actividades de forma real y efectiva en la Comunitat Valenciana
- Ejecuta proyectos de itinerarios de inclusión social, en coherencia con los fines recogidos en sus estatutos
- Ha desarrollado al menos dos programas de estas características en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria
- La actividad que vas a subvencionar encaja en el objeto o los fines sociales de la entidad
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Asegura la cobertura y la provisión de las tarjetas o vales canjeables en toda la Comunitat Valenciana
- Entrega las tarjetas o vales a las familias derivadas por los servicios sociales y haz su seguimiento
- Dispón de un sistema de alerta de uso indebido, bloqueo y revocación de las tarjetas, con medidas antifraude
- Atiende a las personas usuarias para resolver las incidencias en el uso de las tarjetas
- Conserva toda la documentación original y justificativa durante un plazo mínimo de seis años
- Presenta la justificación económica parcial en los tres meses siguientes a la publicación de la concesión
- Fechas estimadas
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- Abre: 21 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 10 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu entidad pertenece al tercer sector de acción social
- Eres una organización no gubernamental con fines sociales
- Tu entidad tiene sede estable y abierta al público en la Comunitat Valenciana
- Trabajas con familias en exclusión social que tienen menores a cargo
- Puedes acreditar al menos dos programas de inclusión social en los cinco años anteriores
- Puedes repartir y recargar tarjetas o vales de alimentos en toda la Comunitat Valenciana
- Tu organización es una entidad de derecho público
- Tu organización es una sociedad civil
- Tu entidad es un centro especial de empleo
- Representas a una organización empresarial
- Representas a un sindicato
- Tu entidad no tiene ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana
Cuánto puedes recibir
Se concede una sola subvención, de 17.832.560 € como máximo, a la entidad cuyo proyecto obtenga la mayor puntuación: 15.872.327,55 € para alimentos y asistencia material básica, 1.111.062,93 € para las medidas de acompañamiento y 849.169,52 € para gastos administrativos, de transporte y almacenamiento. Si se amplía el crédito disponible hay 4.000.000 € adicionales, sin necesidad de una nueva convocatoria. Una vez concedida, la subvención se libra de inmediato por el 100 % de su importe.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu entidad cumple los requisitos a fecha de finalización del plazo de presentación
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Reúne la documentación que acredita tu experiencia en programas de inclusión social
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Presenta una única solicitud por entidad en la sede electrónica de la Generalitat, con certificado electrónico de la entidad o de su representante
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Adjunta los poderes de representación si esta no consta inscrita en el registro de representantes
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Subsana la solicitud en los 10 días siguientes si el órgano instructor te lo requiere
Documentación necesaria
- Solicitud de subvención normalizada, con su parte general y la parte específica de esta convocatoria
- Poderes de representación, si la representación de la entidad no consta inscrita
- Documentación acreditativa de los programas de inclusión social ya ejecutados, como la resolución de concesión correspondiente