Subvenciones para proyectos de interés social en Calp
Subvención a entidades sin ánimo de lucro para proyectos sociales en Calp
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Calp para proyectos de atención social de entidades sin ánimo de lucro.
- Para quién
- Entidades privadas sin ánimo de lucro que trabajan en acción social y sociosanitaria en el municipio de Calp.
- Cuánto
- Sin cuantía fija: se calcula multiplicando los puntos que obtiene tu proyecto por el valor del punto, y no supera el presupuesto del proyecto que presentas ni el importe que solicitas.
- Qué cubre
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- Costes de personal, material fungible y actividades de atención directa del proyecto
- Servicios profesionales directamente imputables a la ejecución del proyecto en Calp
- Gastos de estructura o funcionamiento necesarios, hasta un máximo del 15% del coste subvencionado
- Requisitos
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- Eres una entidad de interés social sin ánimo de lucro con implantación en Calp
- Tu ámbito de actuación es la acción social y sociosanitaria
- Estás inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Calp desde hace al menos un año
- Dispones de sede o delegación permanente en Calp con estructura organizativa suficiente
- Has justificado las subvenciones municipales anteriores cuyo plazo ya venció
- Integras principios y criterios de igualdad de género en tu organización y tus proyectos
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta el proyecto en la forma, las condiciones y el plazo establecidos
- Presenta la cuenta justificativa completa junto con la solicitud
- Comunica al ayuntamiento cualquier otra ayuda o ingreso que financie la misma actividad
- Conserva los libros contables y los justificantes del gasto para las comprobaciones
- Haz constar la cuantía recibida y el logotipo del Ayuntamiento de Calp al difundir el proyecto
- Devuelve los fondos si incurres en una causa de reintegro
- Cuándo
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El plazo es de diez días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 15 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad privada sin ánimo de lucro dedicada a la acción social
- Tu entidad está inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Calp
- Tienes sede o delegación permanente en el municipio de Calp
- Atiendes a personas en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión social
- Organizas talleres de aprendizaje y refuerzo del español para personas inmigrantes
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- No dispones de sede ni de delegación permanente en Calp
- Llevas menos de un año inscrita en el registro municipal y no actúas de forma supramunicipal
- Tienes pendiente de justificar subvenciones municipales anteriores con el plazo ya vencido
- Tu proyecto duplica actividades o servicios que ya prestan el ayuntamiento u otras administraciones en el territorio y no se considera complementario
Cuánto puedes recibir
No hay una cantidad fija por entidad: el reparto es a prorrata. Primero se calcula el valor de cada punto dividiendo el crédito disponible de la convocatoria entre la suma de puntos de todos los proyectos que alcanzan el mínimo de 50 puntos, y después tu subvención es tu puntuación multiplicada por ese valor. En ningún caso recibes más que el presupuesto del proyecto que presentas ni más que el importe que has solicitado. No se contemplan pagos anticipados.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la memoria de tu entidad, la descripción técnica del proyecto y su presupuesto de ingresos y gastos
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Rellena la instancia de solicitud en el modelo normalizado y fírmala con tu representante legal
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Prepara la cuenta justificativa completa, porque se presenta junto con la solicitud
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Tramita la solicitud de forma telemática en la sede electrónica del ayuntamiento dentro del plazo
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Consulta el Tablón de Edictos Electrónico del ayuntamiento, donde se publican las notificaciones
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Presenta alegaciones en los 10 días hábiles siguientes a la propuesta provisional de concesión
Documentación necesaria
- Instancia de solicitud en modelo normalizado, suscrita por el representante legal
- Copia del NIF de la entidad y acreditación de la representación legal
- Memoria descriptiva de la entidad acreditando su experiencia y trayectoria, en modelo normalizado
- Descripción técnica detallada del proyecto de intervención, en modelo normalizado
- Presupuesto detallado de ingresos y gastos del proyecto, en modelo normalizado
- Declaración responsable de cumplimiento de requisitos y de estar al corriente de obligaciones
- Certificados de estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social, si deniegas la consulta telemática
- Póliza de seguro de responsabilidad civil en vigor vinculada al desarrollo del proyecto
- Justificación de la integración de la igualdad de género en la organización o en los proyectos
- Ficha de mantenimiento de terceros
- Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y Trata de Seres Humanos para el personal asignado, si el proyecto implica contacto habitual con menores
- Cuenta justificativa completa: memoria de actuación, certificación de ingresos y gastos y facturas con sus justificantes de pago