Subvención por inserción definitiva en empleo ordinario
Inserción definitiva en el empleo ordinario tras pasar por una empresa de inserción
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Servicio Canario de Empleo para la inserción definitiva en el mercado de trabajo ordinario.
- Para quién
- Empresas que contratan de forma indefinida y personas que pasan al autoempleo o a una entidad de economía social.
- Cuánto
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- Cantidad fija según la vía de inserción: 7.000 € por persona contratada a jornada completa de forma indefinida, y 5.500 € de partida en el autoempleo o como socia trabajadora.
En el autoempleo esas dos cuantías pasan a 6.500 € y 7.500 €, y en la incorporación como socia trabajadora a 6.500 € y 7.000 €, cuando además concurre discapacidad, paro de larga duración, ingreso mínimo vital o renta mínima de inserción u otra situación de vulnerabilidad; y se incrementan en 500 € si la persona beneficiaria es una mujer. En la contratación indefinida se suman 2.000 € cuando contrata una persona trabajadora autónoma o una cooperativa o sociedad laboral que contrata a su primer empleado, y la cuantía se reduce proporcionalmente si el contrato es a tiempo parcial.Caso Cuantía Autoempleo, con carácter general 5.500 € Autoempleo, si es desempleada mayor de 45 años o joven desempleada menor de 30 6.500 € Socia trabajadora en cooperativa o sociedad laboral, con carácter general 5.500 € Socia trabajadora, si es desempleada mayor de 45 años o joven desempleada menor de 30 6.000 € Contratación indefinida en el mercado ordinario, a jornada completa 7.000 € Contratación indefinida, si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años 7.500 €
- Cantidad fija según la vía de inserción: 7.000 € por persona contratada a jornada completa de forma indefinida, y 5.500 € de partida en el autoempleo o como socia trabajadora.
- Qué cubre
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- Gastos de la inserción definitiva en el mercado de trabajo ordinario de quien ha trabajado en una empresa de inserción
- La incorporación al autoempleo como trabajador autónomo o como socia trabajadora en una entidad de economía social
- La contratación indefinida en empresas del mercado ordinario de trabajo
- Requisitos
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- La persona insertada ha ocupado un puesto de trabajo en una empresa de inserción
- La inserción se sitúa en el periodo subvencionable, del 20 de diciembre de 2025 al 20 de diciembre de 2026
- La empresa de inserción certifica que la persona ha finalizado su proceso de inserción
- Si contratas de forma indefinida, la persona finalizó su proceso de inserción en el año inmediatamente anterior a la firma del contrato
- No has extinguido por despido reconocido, improcedente o colectivo contratos incentivados en el año de la convocatoria
- No superas los 300.000 € de ayudas de mínimis en cualquier periodo de tres años
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Solicita al Servicio Canario de Empleo la autorización de acceso a la aplicación SISPECAN
- Comunica en esa aplicación las altas, las bajas y las modificaciones de contrato, como la jornada o la duración
- Haz esa comunicación entre los días 1 y 5 de cada mes, desde el siguiente a la publicación de la resolución de concesión
- Si la incidencia ocurre en el mes en que acaba el periodo subvencionable, comunícala entre los días 1 y 5 del mes siguiente
- Si la ayuda es por incorporarte al autoempleo, mantén la actividad y el alta en la Seguridad Social al menos tres años
- Si la ayuda es por incorporar a una socia trabajadora, mantenla en esa condición durante dos años
- Cuándo
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El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 14 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Has ocupado un puesto de trabajo en una empresa de inserción
- Te estableces como trabajador autónomo al salir de la empresa de inserción
- Te incorporas como socia trabajadora a una entidad de economía social
- Eres una empresa del mercado ordinario que contrata de forma indefinida a una de estas personas
- La inserción se produce entre el 20 de diciembre de 2025 y el 20 de diciembre de 2026
- Lo que buscas es la ayuda al coste salarial del contrato dentro de una empresa de inserción
- Pides el incentivo económico que recibe la empresa de inserción por lograr la inserción
- La persona insertada no ha ocupado antes un puesto de trabajo en una empresa de inserción
- Tu entidad ejerce actividades excluidas de las ayudas de mínimis
- Ya has agotado los 300.000 € de ayudas de mínimis de cualquier periodo de tres años
Cuánto puedes recibir
Cobras una cantidad fija por cada persona insertada. Si la contratas de forma indefinida a jornada completa son 7.000 €, y 7.500 € cuando es mujer o mayor de 45 años, con 2.000 € más si quien contrata es una persona trabajadora autónoma o una cooperativa o sociedad laboral que contrata a su primer empleado. En el autoempleo y en la incorporación como socia trabajadora se parte de 5.500 € y la cuantía sube según la edad y la situación de la persona, con 500 € más si es mujer. Esta modalidad se acoge al régimen de ayudas de mínimis, con un máximo de 300.000 € en cualquier periodo de tres años.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que la inserción definitiva se produce dentro del periodo subvencionable
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Reúne la acreditación de la condición de persona en riesgo o situación de vulnerabilidad
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Prepara la declaración escrita de las ayudas de mínimis recibidas en los dos ejercicios anteriores y en el actual
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Presenta la solicitud en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, en el procedimiento de inserción definitiva en el mercado de trabajo ordinario
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Preséntala dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias
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Consulta el tablón de anuncios electrónico de la sede, donde se publican las resoluciones y los requerimientos
Documentación necesaria
- Acreditación de la condición de persona en riesgo o situación de vulnerabilidad
- Declaración escrita de las ayudas de mínimis recibidas en los dos ejercicios anteriores y en el actual