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Ayudas Claras
Subvenciones Canarias Empleo
Empleo Canarias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención por inserción definitiva en empleo ordinario

Inserción definitiva en el empleo ordinario tras pasar por una empresa de inserción

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Servicio Canario de Empleo para la inserción definitiva en el mercado de trabajo ordinario.
Para quién
Empresas que contratan de forma indefinida y personas que pasan al autoempleo o a una entidad de economía social.
Cuánto
  • Cantidad fija según la vía de inserción: 7.000 € por persona contratada a jornada completa de forma indefinida, y 5.500 € de partida en el autoempleo o como socia trabajadora.
    CasoCuantía
    Autoempleo, con carácter general5.500 €
    Autoempleo, si es desempleada mayor de 45 años o joven desempleada menor de 306.500 €
    Socia trabajadora en cooperativa o sociedad laboral, con carácter general5.500 €
    Socia trabajadora, si es desempleada mayor de 45 años o joven desempleada menor de 306.000 €
    Contratación indefinida en el mercado ordinario, a jornada completa7.000 €
    Contratación indefinida, si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años7.500 €
    En el autoempleo esas dos cuantías pasan a 6.500 € y 7.500 €, y en la incorporación como socia trabajadora a 6.500 € y 7.000 €, cuando además concurre discapacidad, paro de larga duración, ingreso mínimo vital o renta mínima de inserción u otra situación de vulnerabilidad; y se incrementan en 500 € si la persona beneficiaria es una mujer. En la contratación indefinida se suman 2.000 € cuando contrata una persona trabajadora autónoma o una cooperativa o sociedad laboral que contrata a su primer empleado, y la cuantía se reduce proporcionalmente si el contrato es a tiempo parcial.
Qué cubre
  • Gastos de la inserción definitiva en el mercado de trabajo ordinario de quien ha trabajado en una empresa de inserción
  • La incorporación al autoempleo como trabajador autónomo o como socia trabajadora en una entidad de economía social
  • La contratación indefinida en empresas del mercado ordinario de trabajo
Requisitos
  • La persona insertada ha ocupado un puesto de trabajo en una empresa de inserción
  • La inserción se sitúa en el periodo subvencionable, del 20 de diciembre de 2025 al 20 de diciembre de 2026
  • La empresa de inserción certifica que la persona ha finalizado su proceso de inserción
  • Si contratas de forma indefinida, la persona finalizó su proceso de inserción en el año inmediatamente anterior a la firma del contrato
  • No has extinguido por despido reconocido, improcedente o colectivo contratos incentivados en el año de la convocatoria
  • No superas los 300.000 € de ayudas de mínimis en cualquier periodo de tres años
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Solicita al Servicio Canario de Empleo la autorización de acceso a la aplicación SISPECAN
  • Comunica en esa aplicación las altas, las bajas y las modificaciones de contrato, como la jornada o la duración
  • Haz esa comunicación entre los días 1 y 5 de cada mes, desde el siguiente a la publicación de la resolución de concesión
  • Si la incidencia ocurre en el mes en que acaba el periodo subvencionable, comunícala entre los días 1 y 5 del mes siguiente
  • Si la ayuda es por incorporarte al autoempleo, mantén la actividad y el alta en la Seguridad Social al menos tres años
  • Si la ayuda es por incorporar a una socia trabajadora, mantenla en esa condición durante dos años
Cuándo

El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 14 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Has ocupado un puesto de trabajo en una empresa de inserción
  • Te estableces como trabajador autónomo al salir de la empresa de inserción
  • Te incorporas como socia trabajadora a una entidad de economía social
  • Eres una empresa del mercado ordinario que contrata de forma indefinida a una de estas personas
  • La inserción se produce entre el 20 de diciembre de 2025 y el 20 de diciembre de 2026
  • Lo que buscas es la ayuda al coste salarial del contrato dentro de una empresa de inserción
  • Pides el incentivo económico que recibe la empresa de inserción por lograr la inserción
  • La persona insertada no ha ocupado antes un puesto de trabajo en una empresa de inserción
  • Tu entidad ejerce actividades excluidas de las ayudas de mínimis
  • Ya has agotado los 300.000 € de ayudas de mínimis de cualquier periodo de tres años

Cuánto puedes recibir

Cobras una cantidad fija por cada persona insertada. Si la contratas de forma indefinida a jornada completa son 7.000 €, y 7.500 € cuando es mujer o mayor de 45 años, con 2.000 € más si quien contrata es una persona trabajadora autónoma o una cooperativa o sociedad laboral que contrata a su primer empleado. En el autoempleo y en la incorporación como socia trabajadora se parte de 5.500 € y la cuantía sube según la edad y la situación de la persona, con 500 € más si es mujer. Esta modalidad se acoge al régimen de ayudas de mínimis, con un máximo de 300.000 € en cualquier periodo de tres años.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que la inserción definitiva se produce dentro del periodo subvencionable

  2. Reúne la acreditación de la condición de persona en riesgo o situación de vulnerabilidad

  3. Prepara la declaración escrita de las ayudas de mínimis recibidas en los dos ejercicios anteriores y en el actual

  4. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, en el procedimiento de inserción definitiva en el mercado de trabajo ordinario

  5. Preséntala dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias

  6. Consulta el tablón de anuncios electrónico de la sede, donde se publican las resoluciones y los requerimientos

Documentación necesaria

  • Acreditación de la condición de persona en riesgo o situación de vulnerabilidad
  • Declaración escrita de las ayudas de mínimis recibidas en los dos ejercicios anteriores y en el actual

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar la solicitud en papel?
No. La solicitud debe presentarse inexcusablemente a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias, en el procedimiento previsto para esta modalidad.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo para dictar y notificar la resolución de concesión es de tres meses desde que acaba el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, tu solicitud puede entenderse desestimada.
¿Dónde me avisan de la concesión?
Las concesiones provisionales y definitivas, las desestimaciones y los requerimientos se publican en el tablón de anuncios electrónico de la sede electrónica.
¿Habrá otra convocatoria de esta ayuda en 2026?
No. Para 2026 se establece el régimen de convocatorias cerradas, con un único procedimiento de concesión.
¿Puedo reclamar si no estoy de acuerdo con la resolución?
Puedes interponer recurso de alzada ante la Presidencia del Servicio Canario de Empleo en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación.

Fuentes oficiales

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