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Ayudas Claras
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Prestaciones Lugo Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a clubes deportivos de Ribadeo 2026

Hasta 1.000 € por actividad deportiva y hasta 1.900 € por evento, para clubes de Ribadeo

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Ribadeo para actividades y eventos deportivos en el municipio.
Para quién
Clubes, asociaciones y agrupaciones deportivas de Ribadeo, y también deportistas que compiten en actividades individuales.
Cuánto
Hasta 1.000 € si pides la ayuda a la actividad deportiva o competitiva, y hasta 1.900 € si la pides para organizar un evento deportivo
Qué cubre
  • Gastos corrientes de la actividad deportiva realizados en 2026

    Publicidad (cartelería del encuentro), desplazamientos, licencias federativas y cánones, arbitrajes, vestimenta deportiva, material deportivo, personal, material didáctico-deportivo y primas de seguros.

  • Gastos de organización de eventos deportivos puntuales

    Recursos materiales, personal o gastos vinculados al personal, funcionamiento, medios y materiales técnicos, primas de seguros, publicidad (cartelería del evento) y premios y obsequios.

Requisitos
  • Eres un club, asociación o agrupación deportiva legalmente constituida de Ribadeo
  • Tu entidad no tiene finalidad de lucro y desarrolla su actividad en el municipio
  • Tu actividad encaja en una de las dos categorías de la convocatoria

    Actividad deportiva o competitiva: de carácter permanente, con una duración de entre 5 y 12 meses y una intervención extensiva semanal, participando en competiciones federadas o no, torneos o eventos populares. Organización de eventos deportivos: de carácter puntual, de unas horas a 10 días aproximadamente, dentro del término municipal.

  • Para la línea de actividad deportiva, tu entidad no percibe subvención nominativa del ayuntamiento
  • Los gastos para los que pides la ayuda se realizan durante el ejercicio 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Acepta la subvención: si no renuncias en los 15 días siguientes a la notificación de la concesión, se entiende aceptada
  • Realiza la actividad para la que se concedió la subvención y acredítala ante el ayuntamiento
  • Presenta la justificación en la sede electrónica, en todo caso, hasta el 15 de noviembre de 2026
  • Comunica, en cuanto lo sepas, si obtienes otras subvenciones para la misma finalidad
  • Incluye el escudo del ayuntamiento en los soportes con los que publicites la actividad subvencionada
  • Utiliza el gallego de forma verbal en los actos del plan de comunicación de la actividad
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 25 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un club o una asociación deportiva del municipio de Ribadeo
  • Tu entidad mantiene una actividad deportiva semanal durante la temporada
  • Organizas en Ribadeo un evento deportivo puntual
  • Eres deportista y compites por tu cuenta en pruebas individuales
  • Necesitas cubrir desplazamientos, arbitrajes o licencias federativas de 2026
  • Pides la ayuda a la actividad deportiva y tu entidad ya percibe una subvención nominativa del Ayuntamiento de Ribadeo
  • Ya tienes concedida una ayuda de concesión directa del ayuntamiento para esa misma actividad
  • Pides ayuda para una actividad que ya obtuvo otra subvención del ayuntamiento
  • Organizas ligas o torneos entre socios y clubes sin consideración de competición federada oficial
  • Tu evento cuenta tradicionalmente con la colaboración económica del ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

La subvención no puede exceder en ningún caso de 1.000 € en la categoría de actividad deportiva o competitiva, ni de 1.900 € en la de organización de eventos deportivos. Ese importe tiene carácter cierto: es una cuantía fija, sin referencia a un porcentaje o fracción del coste total de la actividad, por lo que tu aportación debe cubrir el resto hasta el coste total, que tendrás que detallar al justificar. Con carácter general y orientativo, el importe que solicites será de entre el 30% y el 75% del presupuesto financiable de gastos de la actividad; si se te concede menos de lo solicitado, el presupuesto subvencionado se reformula de forma automática en la proporción de la subvención concedida. La ayuda no puede superar, sola o sumada a otras ayudas públicas o privadas, el coste total de la actividad. No hay pagos anticipados ni abonos a cuenta: el ingreso se hace por transferencia bancaria una vez aprobada tu documentación justificativa. Si justificas menos gasto del concedido, la subvención se reduce de oficio.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación común de la entidad y la propia de la categoría a la que te presentas

  2. Prepara el proyecto de la actividad y la certificación del presupuesto financiable de gastos

  3. Presenta la solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ribadeo

  4. Si pides las dos subvenciones, formula dos solicitudes diferentes y prioriza tu primera opción

  5. Justifica la actividad en la sede electrónica con la memoria y las facturas, hasta el 15 de noviembre de 2026

Documentación necesaria

  • Certificación original del acuerdo de solicitud de subvención y del nombramiento del representante de la entidad ante el ayuntamiento
  • Copia del Documento Nacional de Identidad del representante de la entidad
  • Copia compulsada de los estatutos de la entidad, o declaración de haberlos entregado ya y de que no se han modificado
  • Certificación original con el domicilio social actual y los miembros de la actual junta directiva
  • Copia del CIF de la entidad
  • Proyecto de la actividad programada con denominación, descripción, justificación, destinatarios, localización, objetivos, recursos, plan de comunicación, evaluación y presupuesto de gastos e ingresos
  • Certificación del secretario de la entidad del presupuesto financiable de gastos subvencionables, según modelo normalizado
  • Certificación del secretario de los datos de la actividad deportiva, con el planning horario semanal por grupos de participantes
  • Certificación del cuadro resumen de kilometraje y del número total de kilómetros, con los calendarios de competiciones, si justificas desplazamientos
  • Certificación federativa del ranking de los deportistas de la entidad, si procede

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir las dos líneas de ayuda, actividad y evento?
Sí. Las entidades pueden solicitar las dos subvenciones, pero tienes que formular dos solicitudes diferentes y priorizar entre ellas indicando tu primera opción.
¿Es compatible con otras ayudas para la misma actividad?
Las subvenciones municipales son incompatibles con otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, salvo que la cantidad subvencionada no alcance el presupuesto máximo de la actividad: en ese caso se pueden compatibilizar hasta esa cuantía.
¿Qué pasa si no presento la justificación a tiempo?
El ayuntamiento te requerirá para que la presentes en un plazo improrrogable de diez días. Si tampoco la presentas, la subvención se revoca.
¿Cobro algo por adelantado?
No. No existe la posibilidad de pagos anticipados ni de abonos a cuenta: se paga por transferencia bancaria tras aprobar la documentación justificativa, y no se abona si no estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
¿Qué gastos quedan fuera de la subvención?
No se subvencionan las inversiones reales, el mantenimiento ordinario (luz, agua, teléfono, limpieza), las sanciones, el alojamiento, la hostelería, las comidas y la restauración, ni los gastos generales de la entidad como material de oficina o informática.

Fuentes oficiales

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