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Ayudas Claras
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Empleo Ciudad Autónoma de Ceuta Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Unidades de apoyo en centros especiales de empleo de Ceuta

Subvención para los costes del personal de las unidades de apoyo en Ceuta

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Servicio Público de Empleo Estatal para las unidades de apoyo de centros especiales de empleo
Para quién
Entidades titulares de centros especiales de empleo en Ceuta y los propios centros cuando tienen personalidad jurídica propia
Cuánto
1.440€ al año por cada trabajador con discapacidad del tipo y grado exigidos contratado de forma indefinida o con contrato temporal de seis meses o más, con reparto prorrateado entre las entidades beneficiarias
Qué cubre
  • Salarios del personal contratado de forma indefinida en la unidad de apoyo
  • Cotizaciones a la Seguridad Social de ese personal
Requisitos
  • Eres la entidad titular de un centro especial de empleo, o el propio centro si tiene personalidad jurídica propia
  • Tu centro especial de empleo está inscrito como tal en el registro correspondiente
  • Tu centro especial de empleo desarrolla su actividad en Ceuta
  • En la plantilla de tu centro figuran trabajadores con el tipo y el grado de discapacidad exigidos para las unidades de apoyo
  • Los trabajadores que integran la unidad de apoyo están contratados de forma indefinida
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la subvención en los tres meses siguientes a la finalización de las contrataciones
  • Presenta una memoria de actuación con las contrataciones realizadas, su duración y los resultados obtenidos
  • Acredita los salarios abonados al personal contratado y la aportación de la empresa a la Seguridad Social
  • Aporta copia de la titulación de cada persona contratada
  • Haz constar en lugar visible que la actividad subvencionada está financiada por el Servicio Público de Empleo Estatal
  • Devuelve la diferencia entre lo que justificas y el anticipo que has recibido
Cuándo

El plazo es de diez días desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria no precisa si esos días son hábiles o naturales. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 9 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres la entidad titular de un centro especial de empleo en Ceuta
  • Tu centro especial de empleo tiene personalidad jurídica propia
  • Tu centro está inscrito como centro especial de empleo en el registro correspondiente
  • Tienes trabajadores con discapacidad en la plantilla de tu centro
  • Quieres financiar el personal de tu unidad de apoyo a la actividad profesional
  • No eres titular de un centro especial de empleo ni gestionas uno
  • Tu centro especial de empleo no está inscrito en el registro correspondiente
  • Tu centro especial de empleo no desarrolla su actividad en Ceuta
  • El personal de tu unidad de apoyo no tiene contrato indefinido

Cuánto puedes recibir

La cuantía de referencia es de 1.440€ anuales por cada persona trabajadora con el tipo y grado de discapacidad exigidos que esté contratada por tiempo indefinido o con un contrato temporal de seis meses o más. Esa cuantía se reduce en proporción a la duración de los contratos y, si son a tiempo parcial, de la jornada. El importe global máximo de la convocatoria se adjudica además de forma prorrateada entre las entidades beneficiarias, para que la subvención no quede limitada a un solo centro, de modo que la resolución de concesión es la que fija la cuantía final de cada una. Una vez dictada esa resolución, se te anticipa el ochenta por ciento de la subvención concedida sin que tengas que constituir garantías.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que acredita la plantilla de trabajadores con discapacidad de tu centro, con el tipo y grado de discapacidad y el tipo y duración de los contratos, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025

  2. Reúne los contratos de trabajo y los justificantes de los costes laborales y de Seguridad Social del personal de la unidad de apoyo

  3. Presenta la solicitud en el registro electrónico del organismo, dirigida a la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Ceuta

  4. Si te requieren documentación, subsánala en un plazo máximo de 10 días hábiles

  5. Responde a la propuesta de resolución provisional en el plazo de 10 días, con alegaciones, subsanación o aceptación

Documentación necesaria

  • Documentación acreditativa de la plantilla de trabajadores con discapacidad del centro, especificando tipo y grado de discapacidad y tipo y duración de los contratos
  • Documentación relativa a las contrataciones de los trabajadores que integran las unidades de apoyo y descripción de sus funciones
  • Contratos de trabajo y justificación de los costes laborales y de Seguridad Social

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tardan en contestarme?
El plazo para resolver y notificar es de tres meses desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta. Si pasa ese plazo sin notificación expresa, tu solicitud puede entenderse desestimada.
¿Puedo reclamar si me deniegan la subvención?
Sí. Puedes interponer recurso de alzada ante la persona titular del Ministerio de Trabajo y Economía Social en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación.
¿Qué pasa si el contrato del personal de la unidad de apoyo se extingue antes de tiempo?
Si el contrato se extingue por despido declarado o reconocido como improcedente, devuelves todos los costes salariales asociados. En los demás casos la devolución es proporcional al tiempo de contrato no completado, salvo que contrates a otra persona que reúna las condiciones exigidas dentro de los diez días siguientes a la extinción y en los seis primeros meses del periodo subvencionable.
¿Qué ocurre si no doy publicidad a la financiación recibida?
El organismo competente determina la cantidad que tienes que reintegrar, que no puede superar el 2% de la cantidad concedida, siempre que no corrijas el incumplimiento después de que te lo requieran.
¿Me pueden conceder la subvención si otra entidad renuncia?
Sí. Si alguna entidad beneficiaria renuncia y se libera crédito suficiente para atender al menos una solicitud denegada, el organismo concede la subvención a los solicitantes siguientes por orden de puntuación, sin nueva convocatoria, y tienes diez días improrrogables para aceptar la propuesta.

Fuentes oficiales

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