Subvención para contratar jóvenes en prácticas en Cataluña
Hasta 2.224,09€ al mes por persona contratada en prácticas durante doce meses
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Servicio Público de Empleo de Cataluña para contratos formativos de práctica profesional con personas jóvenes en paro
- Para quién
- Ayuntamientos, consejos comarcales y sus entes, entidades sin ánimo de lucro, cooperativas de trabajo asociado y empresas privadas
- Cuánto
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- Un módulo económico por cada mes de ejecución y por persona contratada, según su grupo de cotización
El contrato subvencionable dura doce meses a jornada completa.Grupo de cotización Importe por mes de ejecución y persona contratada Del 8 al 11 1.583,52€ Del 3 al 7 1.597,12€ Del 1 al 2 2.224,09€
- Un módulo económico por cada mes de ejecución y por persona contratada, según su grupo de cotización
- Qué cubre
- La contratación de personas jóvenes en paro con un contrato formativo de práctica profesional, a jornada completa y con una duración de doce meses
- Requisitos
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- Formalizas un contrato formativo de práctica profesional de doce meses a jornada completa
- Contratas a una persona trabajadora de nueva incorporación
- La persona que contratas está inscrita como demandante de empleo
- Dispones de firma electrónica del representante legal para hacer los trámites de forma digital
- Si eres una entidad sin ánimo de lucro, cuentas con fondos propios positivos
- El número de contratos que puedes pedir depende de tu tipo de entidad y, en los entes locales, del paro juvenil de tu territorio
Los organismos autónomos y entidades vinculadas a un ente local tienen el mismo máximo que el ente del que dependen.Tipo de entidad Contratos máximos Municipios con 1.500 o más jóvenes menores de 30 años en paro 6 Municipios entre 1.000 y 1.499 5 Municipios entre 500 y 999 4 Municipios entre 200 y 499 3 Municipios entre 100 y 199 2 Municipios con menos de 100 1 Consejos comarcales con 4.000 o más jóvenes en paro 5 Consejos comarcales entre 2.000 y 3.999 4 Consejos comarcales entre 500 y 1.999 3 Consejos comarcales entre 100 y 499 2 Consejos comarcales con menos de 100 1 Entidades sin ánimo de lucro hasta 10 trabajadores 1 Entidades sin ánimo de lucro de 11 a 30 trabajadores 2 Entidades sin ánimo de lucro de 31 trabajadores en adelante 3 Cooperativas de trabajo asociado, personas físicas y jurídicas privadas 1 -
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Inicias la contratación como máximo el 31 de marzo de 2027
- Finalizas la actuación de contratación como máximo el 30 de marzo de 2028
- Justificas la subvención mediante la modalidad de acreditación por módulos
- Respetas la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral
- Si sustituyes a la persona contratada, lo haces una sola vez y dentro del primer trimestre del contrato inicial
- Si eres una cooperativa de trabajo asociado, te mantienes al día de tus obligaciones registrales
- Cuándo
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El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 9 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres un ayuntamiento o un consejo comarcal de Cataluña
- Eres un organismo autónomo de un ente local catalán con competencias en empleo o desarrollo local
- Eres una entidad sin ánimo de lucro
- Eres una cooperativa de trabajo asociado considerada empresa privada
- Eres una empresa privada, persona física o jurídica
- Quieres contratar a una persona joven en paro durante doce meses
- Tu ámbito municipal o comarcal ya ha agotado el máximo de contratos asignado
- Otra entidad de tu ámbito municipal o comarcal ya ha presentado solicitud
- Tu empresa supera los 300.000€ de ayudas de minimis en tres años
- Quieres contratar a jornada parcial o por menos de doce meses
- Eres una entidad sin ánimo de lucro y no tienes fondos propios positivos
Cuánto puedes recibir
Cobras un módulo económico por cada mes de ejecución y por cada persona contratada: 1.583,52€ si está en los grupos de cotización del 8 al 11, 1.597,12€ si está en los del 3 al 7 y 2.224,09€ si está en los del 1 al 2. El contrato subvencionable es de doce meses a jornada completa. El número de contratos que puedes obtener depende de tu tipo de entidad y, si eres un ente local, del paro juvenil registrado en tu territorio.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación en los modelos normalizados que indica la convocatoria
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Si eres una entidad privada, presenta la solicitud en la sede electrónica de la Generalitat
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Si eres una entidad local, presenta la solicitud a través de la plataforma EACAT
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Presenta la solicitud dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el diario oficial
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Espera la resolución, que se dicta y se notifica como máximo tres meses después de cerrarse el plazo de solicitudes
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Formaliza el contrato de trabajo una vez te concedan la subvención
Documentación necesaria
- Solicitud en modelo normalizado
- Memoria técnica del proyecto en modelo normalizado
- Declaración de ausencia de conflicto de interés en modelo normalizado
- Declaraciones responsables de cumplimiento de los requisitos, incluidas en la solicitud