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Ayudas Claras
Ayudas Lanzarote Vivienda
Vivienda Lanzarote Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención para rehabilitar tu vivienda en Arrecife

Hasta 2.998€ por solicitud para rehabilitar tu vivienda habitual en Arrecife

Lo que significa

Qué es
Ayuda directa del Ayuntamiento de Arrecife para costear obras de rehabilitación y adaptación de la vivienda habitual.
Para quién
Vecinos de Arrecife con escasos recursos que son propietarios, herederos legítimos o titulares de autorización de la vivienda.
Cuánto
Hasta 2.998€ por solicitud, según el presupuesto que aportes
Qué cubre
  • Obras de seguridad constructiva que garanticen la estabilidad, resistencia y solidez de la vivienda
  • Estanqueidad frente a lluvias y humedades, aislamiento térmico y redes de agua, gas, electricidad y saneamiento
  • Obras que den iluminación natural, ventilación, servicios higiénicos u otros servicios de carácter general
Requisitos
  • Tienes 18 años cumplidos o estás emancipado legalmente y resides legalmente en España
  • Estás empadronado en la vivienda desde al menos 3 años ininterrumpidos
  • Eres propietario, heredero legítimo o titular de autorización del inmueble
  • La vivienda tiene más de diez años y condiciones de habitabilidad insuficientes
  • Ni tú ni tu unidad familiar sois propietarios de ninguna otra vivienda
  • Los ingresos de tu unidad familiar no superan los límites del baremo municipal
    Nº de miembrosLímite de ingresos
    1IPREM mensual x 2,50
    2IPREM mensual x 3,00
    3IPREM mensual x 3,50
    4IPREM mensual x 4,00
    5 o másIPREM mensual x 4,50
    Antes de comparar, a los ingresos de la unidad familiar se les aplica un coeficiente de ponderación: 0,83 con 1 miembro, 0,81 con 2, 0,76 con 3, 0,74 con 4 y 0,70 con 5 o más. Se toma el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual vigente al inicio del trámite de la solicitud.
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantén la vivienda en tu propiedad y sigue empadronado en ella al menos 1 año desde que termina la obra
  • Acredita los gastos con facturas o documentos de valor probatorio equivalente
  • Presenta la justificación en un plazo máximo de tres meses desde que finaliza la obra
  • Permite la visita de inspección técnica municipal que acredita la finalización de la obra
  • Devuelve el importe recibido si los fondos se destinan a otra finalidad o deja de darse la situación que motivó la concesión
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 1 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres propietario de la vivienda en la que vives en Arrecife
  • Eres heredero legítimo de la vivienda que quieres rehabilitar
  • Ocupas una vivienda municipal o de protección oficial con autorización
  • Tu vivienda necesita obras de seguridad, humedades, aislamiento o instalaciones
  • Tu vivienda tiene condiciones mínimas de iluminación o ventilación insuficientes
  • Tú o algún miembro de tu unidad familiar tenéis otra vivienda en propiedad
  • Los ingresos de tu unidad familiar superan el límite del baremo municipal
  • Ya hiciste las obras antes de presentar la solicitud de subvención
  • No llevas tres años empadronado en la vivienda que quieres rehabilitar
  • Se ha agotado el crédito presupuestario de la convocatoria

Cuánto puedes recibir

La cuantía se fija a partir del presupuesto de obra que aportes, con un máximo de 2.998€ por solicitud. El abono se hace de forma anticipada, en un pago único por transferencia a la cuenta que designes. La concesión queda supeditada a que exista crédito suficiente en el presupuesto municipal del ejercicio.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación acreditativa y el presupuesto de las obras que quieres hacer

  2. Rellena la solicitud de rehabilitación y la declaración de responsabilidad de tu unidad de convivencia

  3. Presenta la solicitud preferentemente por medios electrónicos o en las Oficinas de Registro del Ayuntamiento de Arrecife

  4. Si te lo requieren, subsana las omisiones o aporta los documentos que falten en 10 días

  5. Espera el informe del técnico de la Oficina Técnica Municipal y el informe social del Área de Vivienda

Documentación necesaria

  • Solicitud de rehabilitación (Anexo I)
  • Documento nacional de identidad o documento oficial que lo sustituya, del solicitante y de su representante si lo hay
  • Certificado de Registro Central de Extranjeros y pasaporte en vigor, si eres ciudadano de otro Estado de la Unión Europea
  • Tarjeta de residencia o número de identidad de extranjero y pasaporte en vigor, si eres persona extranjera
  • Certificado de convivencia con el empadronamiento y la unidad de convivencia del domicilio
  • Libro de familia o partida de nacimiento de todos los miembros de la unidad familiar
  • Documento acreditativo de la propiedad de la vivienda, acta de notoriedad de declaración de herederos o autorización de los herederos
  • Título de adjudicación, si ocupas una vivienda municipal, de protección oficial o asimilada
  • Declaración de responsabilidad de miembros de la unidad de convivencia (Anexo II)
  • Justificante de los ingresos de cada miembro de la unidad familiar (nóminas, certificado de pensión, vida laboral, certificado de empleo o resolución de prestaciones)
  • Sentencia judicial de separación o divorcio y convenio regulador, en su caso
  • Copia de las declaraciones de la renta de los miembros de la unidad de convivencia del periodo anterior o certificado negativo
  • Impreso de alta a terceros cumplimentado y sellado por tu entidad bancaria (Anexo III)
  • Presupuesto de las actuaciones objeto de la subvención
  • Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social y con las administraciones tributarias estatal, canaria e insular

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya he recibido otra ayuda para las mismas obras?
Tienes que declararlo en la solicitud, indicando la administración que te la dio y el importe. También debes haber justificado las ayudas que el Ayuntamiento de Arrecife te concediera antes o explicar la causa de no haberlo hecho.
¿Hay alguna forma de librarse de los tres años de empadronamiento?
Sí. Puedes quedar exento de ese plazo por razones debidamente justificadas y motivadas mediante informe social del trabajador social del Área de Vivienda.
¿Y si mi vivienda no llega a los diez años de antigüedad?
Excepcionalmente puede salvarse ese requisito cuando lo aconsejen razones de interés público, social o humanitario, motivadas mediante informe social de los trabajadores sociales del Área de Vivienda.
¿Qué pasa si no me contestan a la solicitud?
Si no hay resolución expresa en los 3 meses siguientes a presentar la solicitud, se entiende desestimada por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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