Subvención para rehabilitar tu vivienda en Arrecife
Hasta 2.998€ por solicitud para rehabilitar tu vivienda habitual en Arrecife
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda directa del Ayuntamiento de Arrecife para costear obras de rehabilitación y adaptación de la vivienda habitual.
- Para quién
- Vecinos de Arrecife con escasos recursos que son propietarios, herederos legítimos o titulares de autorización de la vivienda.
- Cuánto
- Hasta 2.998€ por solicitud, según el presupuesto que aportes
- Qué cubre
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- Obras de seguridad constructiva que garanticen la estabilidad, resistencia y solidez de la vivienda
- Estanqueidad frente a lluvias y humedades, aislamiento térmico y redes de agua, gas, electricidad y saneamiento
- Obras que den iluminación natural, ventilación, servicios higiénicos u otros servicios de carácter general
- Requisitos
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- Tienes 18 años cumplidos o estás emancipado legalmente y resides legalmente en España
- Estás empadronado en la vivienda desde al menos 3 años ininterrumpidos
- Eres propietario, heredero legítimo o titular de autorización del inmueble
- La vivienda tiene más de diez años y condiciones de habitabilidad insuficientes
- Ni tú ni tu unidad familiar sois propietarios de ninguna otra vivienda
- Los ingresos de tu unidad familiar no superan los límites del baremo municipal
Antes de comparar, a los ingresos de la unidad familiar se les aplica un coeficiente de ponderación: 0,83 con 1 miembro, 0,81 con 2, 0,76 con 3, 0,74 con 4 y 0,70 con 5 o más. Se toma el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual vigente al inicio del trámite de la solicitud.Nº de miembros Límite de ingresos 1 IPREM mensual x 2,50 2 IPREM mensual x 3,00 3 IPREM mensual x 3,50 4 IPREM mensual x 4,00 5 o más IPREM mensual x 4,50 -
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantén la vivienda en tu propiedad y sigue empadronado en ella al menos 1 año desde que termina la obra
- Acredita los gastos con facturas o documentos de valor probatorio equivalente
- Presenta la justificación en un plazo máximo de tres meses desde que finaliza la obra
- Permite la visita de inspección técnica municipal que acredita la finalización de la obra
- Devuelve el importe recibido si los fondos se destinan a otra finalidad o deja de darse la situación que motivó la concesión
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 1 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres propietario de la vivienda en la que vives en Arrecife
- Eres heredero legítimo de la vivienda que quieres rehabilitar
- Ocupas una vivienda municipal o de protección oficial con autorización
- Tu vivienda necesita obras de seguridad, humedades, aislamiento o instalaciones
- Tu vivienda tiene condiciones mínimas de iluminación o ventilación insuficientes
- Tú o algún miembro de tu unidad familiar tenéis otra vivienda en propiedad
- Los ingresos de tu unidad familiar superan el límite del baremo municipal
- Ya hiciste las obras antes de presentar la solicitud de subvención
- No llevas tres años empadronado en la vivienda que quieres rehabilitar
- Se ha agotado el crédito presupuestario de la convocatoria
Cuánto puedes recibir
La cuantía se fija a partir del presupuesto de obra que aportes, con un máximo de 2.998€ por solicitud. El abono se hace de forma anticipada, en un pago único por transferencia a la cuenta que designes. La concesión queda supeditada a que exista crédito suficiente en el presupuesto municipal del ejercicio.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación acreditativa y el presupuesto de las obras que quieres hacer
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Rellena la solicitud de rehabilitación y la declaración de responsabilidad de tu unidad de convivencia
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Presenta la solicitud preferentemente por medios electrónicos o en las Oficinas de Registro del Ayuntamiento de Arrecife
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Si te lo requieren, subsana las omisiones o aporta los documentos que falten en 10 días
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Espera el informe del técnico de la Oficina Técnica Municipal y el informe social del Área de Vivienda
Documentación necesaria
- Solicitud de rehabilitación (Anexo I)
- Documento nacional de identidad o documento oficial que lo sustituya, del solicitante y de su representante si lo hay
- Certificado de Registro Central de Extranjeros y pasaporte en vigor, si eres ciudadano de otro Estado de la Unión Europea
- Tarjeta de residencia o número de identidad de extranjero y pasaporte en vigor, si eres persona extranjera
- Certificado de convivencia con el empadronamiento y la unidad de convivencia del domicilio
- Libro de familia o partida de nacimiento de todos los miembros de la unidad familiar
- Documento acreditativo de la propiedad de la vivienda, acta de notoriedad de declaración de herederos o autorización de los herederos
- Título de adjudicación, si ocupas una vivienda municipal, de protección oficial o asimilada
- Declaración de responsabilidad de miembros de la unidad de convivencia (Anexo II)
- Justificante de los ingresos de cada miembro de la unidad familiar (nóminas, certificado de pensión, vida laboral, certificado de empleo o resolución de prestaciones)
- Sentencia judicial de separación o divorcio y convenio regulador, en su caso
- Copia de las declaraciones de la renta de los miembros de la unidad de convivencia del periodo anterior o certificado negativo
- Impreso de alta a terceros cumplimentado y sellado por tu entidad bancaria (Anexo III)
- Presupuesto de las actuaciones objeto de la subvención
- Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social y con las administraciones tributarias estatal, canaria e insular