Ayuda al traslado de fallecidos a su isla en Canarias
Subvención con límite máximo individual de 2.103,54€ para el traslado de un fallecido.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Servicio Canario de la Salud para trasladar fallecidos a su isla de procedencia o residencia.
- Para quién
- Particulares que necesitan trasladar a una persona fallecida a su isla de procedencia o residencia.
- Cuánto
- Hasta 2.103,54€ como límite máximo individual de la ayuda
- Qué cubre
- El traslado de la persona fallecida a su isla de procedencia o residencia
- Requisitos
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- Eres una persona física, no una empresa ni una entidad
- El traslado es a la isla de procedencia o residencia de la persona fallecida
- Presentas la solicitud durante el mes de noviembre
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias con Canarias y con el Estado
- Acompañas la solicitud con la documentación exigida en las bases generales de estas subvenciones
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantente al corriente de tus obligaciones tributarias con Canarias y con el Estado
- Al presentar la solicitud autorizas al órgano gestor a recabar los certificados de que estás al corriente de esas obligaciones
- Cumple las condiciones fijadas en las bases generales de estas subvenciones
- Cuándo
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- Abre: 1 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: Consulta directamente con la administración
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Necesitas trasladar a una persona fallecida a su isla de procedencia o residencia
- Eres una persona física, no una empresa ni una entidad
- Puedes presentar la solicitud durante el mes de noviembre
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias con Canarias y con el Estado
- El traslado no es a la isla de procedencia o residencia de la persona fallecida
- Eres una empresa o una entidad, no una persona física
- Presentas la solicitud fuera del mes de noviembre
Cuánto puedes recibir
El límite máximo individual de esta ayuda es de 2.103,54€, así que no puedes cobrar más de esa cantidad por el traslado. La convocatoria se resuelve en concurrencia competitiva y la convocatoria no detalla cómo se calcula tu importe concreto: consulta directamente con la administración.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que exigen las bases generales de estas subvenciones
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Presenta tu solicitud durante el mes de noviembre
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Espera la notificación de la resolución, que se dicta en un plazo máximo de seis meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de Canarias