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Ayudas Claras
Ayudas Girona Sanidad
Sanidad Girona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda a jubilados para residencia en Cassà de la Selva

Hasta 3.000€ para jubilados en la residencia o centro de día Sant Josep

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Cassà de la Selva para compensar parte del coste de residencia asistida o centro de día.
Para quién
Personas jubiladas que son usuarias de la Residència Geriàtrica Sant Josep en régimen de residencia asistida o de centro de día.
Cuánto
Hasta el 30% del importe anual del precio público, con un máximo de 3.000€ por solicitante
Qué cubre
  • Parte del precio público anual de la residencia asistida, sin los servicios complementarios
  • Parte del precio público anual del servicio de centro de día, sin los servicios complementarios
Requisitos
  • Eres una persona jubilada, o el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias recomienda tu ingreso
  • Eres usuario de la Residència Geriàtrica Sant Josep en régimen de residencia asistida o de centro de día
  • Has estado empadronado en Cassà de la Selva al menos los cinco años anteriores a tu ingreso en la residencia
  • Tus ingresos anuales no superan el equivalente a dos veces la pensión mínima anual de jubilación vigente
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la ayuda a la finalidad por la que se concede: pagar la residencia asistida o el centro de día
  • Autoriza al Ayuntamiento a consultar tus datos con otras administraciones para comprobar los requisitos
  • Devuelve el importe si incumples las condiciones impuestas en el acto de concesión
  • Devuelve la subvención si se te abonó indebidamente y el Ayuntamiento inicia el procedimiento de reintegro
  • Asume las responsabilidades y el régimen sancionador previsto en materia de subvenciones
Fechas estimadas
  • Abre: 22 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 11 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una persona jubilada usuaria de la Residència Geriàtrica Sant Josep
  • Estás en régimen de residencia asistida o de centro de día en ese centro
  • El Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias recomendó tu ingreso
  • Has estado empadronado en Cassà de la Selva los cinco años previos al ingreso
  • Tus ingresos anuales no superan dos veces la pensión mínima de jubilación
  • Tus ingresos anuales superan dos veces la pensión mínima anual de jubilación
  • No estuviste empadronado en Cassà de la Selva los cinco años anteriores al ingreso
  • No eres usuario de la Residència Geriàtrica Sant Josep
  • No estás al corriente de tus obligaciones fiscales ni con la Seguridad Social
  • Buscas financiar los servicios complementarios de la residencia

Cuánto puedes recibir

La ayuda puede llegar al equivalente al 30% del importe anual del precio público que pagas por residencia asistida o por el servicio de centro de día, sin contar los servicios complementarios, con un límite de 3.000€ por solicitante. Si el conjunto de solicitudes supera el crédito disponible, ese crédito se prorratea proporcionalmente entre todas, así que puedes recibir menos. El pago se hace por transferencia bancaria a la cuenta que indiques.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Descarga el modelo normalizado de solicitud publicado en la página web municipal

  2. Reúne tu declaración de la renta o el certificado de ingresos anuales del ejercicio anterior

  3. Firma la declaración responsable sobre tus ingresos y tus obligaciones fiscales

  4. Adjunta los recibos de las cuotas mensuales de la residencia del año en curso

  5. Presenta la solicitud en los quince días hábiles siguientes a la publicación del extracto

  6. Espera el Decreto de Alcaldía que resuelve todas las solicitudes en un único acto

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud
  • Declaración de la renta o certificado de ingresos anuales totales del ejercicio anterior del residente solicitante
  • Declaración responsable de ingresos y de estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social
  • Autorización expresa al Ayuntamiento para consultar datos con otras administraciones
  • Modelo de datos bancarios cumplimentado, firmado y validado por la entidad bancaria
  • Recibos del pago de las cuotas mensuales de la residencia del año en curso, excluyendo los servicios complementarios

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si hay más solicitudes que dinero disponible?
No se pueden conceder ayudas por encima del crédito presupuestario disponible. Si las solicitudes recibidas suponen una cuantía superior, ese crédito se prorratea proporcionalmente entre todas.
¿Se tienen en cuenta los servicios complementarios de la residencia?
No. El cálculo se hace sobre el precio público de la residencia asistida o del servicio de centro de día, excluyendo los servicios complementarios.
Si me la conceden este año, ¿la tendré también el que viene?
No. Estas subvenciones tienen carácter voluntario y eventual, no generan derecho a obtenerlas en años posteriores y no pueden alegarse como precedente.
¿Qué ocurre si no me notifican la resolución?
Si transcurre el plazo fijado sin que se notifique una resolución expresa, tu solicitud se entiende desestimada.
¿Puedo recurrir la resolución?
Sí. Puedes interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, recurso contencioso-administrativo o cualquier otro que consideres conveniente para defender tus intereses.

Fuentes oficiales

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