Ayudas a paradas del mercado La Sínia en Sant Pere de Ribes
El 50% de tus gastos en la parada del mercado La Sínia, hasta 5.500€
Lo que significa
- Qué es
- Subvención municipal para actividades económicas con parada o local en el mercado municipal La Sínia de Sant Pere de Ribes
- Para quién
- Autónomos y empresas con una parada o un local en el mercado municipal La Sínia
- Cuánto
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- El 50% de los gastos elegibles, con un tope según la superficie comercial de tu parada o local
Las tres líneas son excluyentes: cada parada o local solo puede optar a una. Los almacenes no cuentan como superficie comercial y el importe que justificas debe ser como mínimo el doble de la subvención a recibir, sin incluir el IVA.Superficie comercial Ayuda máxima Inferior a 35 m² 50% de los gastos elegibles, hasta 2.200€ Entre 35 m² y 60 m² 50% de los gastos elegibles, hasta 4.200€ Más de 60 m² y hasta 160 m² 50% de los gastos elegibles, hasta 5.500€
- El 50% de los gastos elegibles, con un tope según la superficie comercial de tu parada o local
- Qué cubre
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- Gastos fijos de la actividad en el mercado
Cuotas RETA de autónomos; cuotas mensuales de subcomunidad del mercado municipal; costes de personal contratado por la actividad que se desarrolla en el mercado (nóminas y seguridad social); suministros de energía y agua vinculados directamente a la parada o local; costes fijos de gestión y mantenimiento (gestoría, póliza de seguro y cuotas de empresas de mantenimiento e instalaciones de la parada o local).
- Mejoras o inversiones en la parada o el almacén, como instalaciones, pintura o aparatos vinculados a la actividad
- Cuotas de préstamos para maquinaria, obras e instalaciones de la parada, gastos de promoción y publicidad, y mejoras que reduzcan o reutilicen el consumo de agua
- Gastos fijos de la actividad en el mercado
- Requisitos
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- Tu actividad económica está ubicada en una parada o local del Mercado Municipal La Sínia
- La superficie comercial de tu parada o local no pasa de 160 m², sin contar el almacén
- Tu actividad estaba abierta en el mercado antes de junio de 2026
- No te encuentras en periodo de carencia de los cánones
- Tu actividad sigue en funcionamiento durante la tramitación de la subvención y todo 2026
- Justificas gastos de al menos el doble de la subvención que vas a recibir, sin incluir el IVA
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta la actividad subvencionada y justifícala como establecen las bases
- Mantente al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Sométete a las comprobaciones y al control financiero de la Intervención municipal y aporta la información que te pidan
- Comunica cualquier alteración significativa posterior a la concesión y cualquier otra subvención concurrente que no declararas
- Conserva los justificantes de los fondos recibidos durante al menos 6 años desde que acaba el plazo de justificación
- Da publicidad por medios electrónicos de las subvenciones y ayudas que percibas
- Cuándo
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El plazo es de un mes desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 5 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres autónomo o tienes una empresa en el mercado municipal La Sínia
- Tu parada o local tiene una superficie comercial de hasta 160 m²
- Pagas cuotas de autónomos, de subcomunidad del mercado o nóminas de personal
- Has tenido gastos de luz, agua, gestoría o seguro entre marzo y septiembre de 2026
- Has hecho mejoras o inversiones en tu parada o en el almacén
- Tu actividad económica está fuera del mercado municipal La Sínia
- Tu parada o local supera los 160 m² de superficie comercial
- Tu actividad abrió en el mercado a partir de junio de 2026
- Estás en periodo de carencia de los cánones
- Tu parada o local ya ha recibido una subvención de estas bases
- Eres autónomo vinculado a una empresa ubicada en el mismo local
Cuánto puedes recibir
Recibes el 50% de los gastos elegibles que justifiques, sin contar el IVA, con un tope que depende de la superficie comercial de tu parada o local: hasta 2.200€ si es inferior a 35 m², hasta 4.200€ si está entre 35 m² y 60 m², y hasta 5.500€ si pasa de 60 m² y no llega a 160 m². Para cobrar tienes que justificar como mínimo el doble de la subvención que vas a recibir, sin IVA. El pago se hace de una sola vez por transferencia, después de presentar los justificantes y de acreditar que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba en qué línea encaja tu parada o local según su superficie comercial
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Reúne las facturas y los comprobantes de pago de los gastos realizados entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de 2026
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Rellena el Anexo 1 de solicitud, disponible en la web municipal del mercado
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Presenta la solicitud y la documentación de forma digital mediante la instancia genérica de la sede electrónica del ayuntamiento
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Pide una solicitud distinta por cada parada o local, porque cuentan como actividades diferentes
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Espera la resolución, que se te notifica electrónicamente en el correo que indiques en la solicitud
Documentación necesaria
- Solicitud (Anexo 1)
- Facturas y comprobantes de pago de los conceptos subvencionables realizados entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de 2026
- Certificado de Hacienda de estar al corriente de todos los pagos, o autorización al ayuntamiento para consultarlo
- Certificado de la Seguridad Social de que no existen deudas, o autorización al ayuntamiento para consultarlo
- Modelo 036 o 037 de la actividad económica