Ayudas a clubes deportivos federados de Burlada
Hasta el 75% de los gastos subvencionables para clubes federados de Burlada
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Burlada para la actividad de competición federada de clubes deportivos
- Para quién
- Clubes deportivos y entidades privadas sin ánimo de lucro del municipio de Burlada
- Cuánto
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- Hasta el 75% de tus gastos subvencionables, con límites mínimo y máximo por deportista
La cantidad disponible se reparte entre los clubes de forma proporcional a sus gastos subvencionables; el mínimo por deportista queda condicionado a que haya crédito suficiente.Límite Valor Mínimo por cada deportista con licencia 25€ Máximo por cada deportista con licencia 125€ Tope sobre tus gastos subvencionables de la temporada 75% Tope sobre la partida consignada en el presupuesto municipal 35%
- Hasta el 75% de tus gastos subvencionables, con límites mínimo y máximo por deportista
- Qué cubre
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- Licencias y fichas federativas de deportistas, cuerpo técnico y equipo directivo
- Mutualidades de deportistas, cuerpo técnico y equipo directivo
- Inscripciones y derechos de participación de equipos y deportistas en competiciones oficiales
- Requisitos
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- Tu entidad está legalmente constituida y dada de alta en el Registro de Entidades Deportivas del Gobierno de Navarra
- Estás dado de alta en el registro municipal de asociaciones de Burlada
- Tienes el domicilio social y fiscal en Burlada y diriges tu actividad prioritariamente a su población
- Has organizado, gestionado y dirigido una de las Escuelas Deportivas Municipales de Burlada en la temporada 2025-2026
El Ayuntamiento puede eximir de este requisito cuando no exista Escuela Deportiva Municipal en esa especialidad. Para la temporada 2025-2026 se reconoce ese derecho al Club Natación Burlada y al Club Natación Sincronizada Burlada, porque los cursos de natación los gestiona directamente el Área de Deportes.
- Has realizado actividades de competición en el ámbito federativo, o en ámbitos similares reconocidos por el Ayuntamiento, en categorías de edad superiores a las de las Escuelas Deportivas Municipales
- Respetas el sistema deportivo acordado con el Ayuntamiento y su normativa
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justifica ante el Ayuntamiento la realización de la actividad y el destino de los fondos recibidos
- Comunica cualquier otra ayuda, subvención o ingreso que financie la actividad subvencionada
- Incluye el anagrama-escudo del Ayuntamiento de Burlada en la indumentaria deportiva, carteles, folletos y otros medios de difusión
- Conserva al menos cinco años los documentos que justifican el uso de los fondos
- Sométete a las comprobaciones y al control financiero que pida el Ayuntamiento, aportando la información que te requieran
- Financia con recursos propios o ajenos el resto del coste de la actividad subvencionada
- Cuándo
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El plazo es de quince días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 2 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu club deportivo tiene el domicilio social y fiscal en Burlada
- Eres una entidad privada sin ánimo de lucro con equipos federados
- Has competido en el ámbito federado durante la temporada 2025-2026
- Organizaste y dirigiste una Escuela Deportiva Municipal de Burlada
- Has pagado licencias, mutualidades o inscripciones para poder competir
- Tu entidad combina los objetivos deportivos con otros de carácter lucrativo
- Tu club o entidad es profesional
- Solo compites en las categorías de las Escuelas Deportivas Municipales
- Tus competiciones son amistosas, o no las organiza una federación deportiva y la Junta de Gobierno Local no lo ha acordado expresamente
- Accedisteis a la competición comprando los derechos de participación
Cuánto puedes recibir
Recibes una subvención que se calcula a partir de tus gastos subvencionables: la cantidad disponible se reparte entre los clubes de forma proporcional a esos gastos. La ayuda no puede superar el 75% de tus gastos subvencionables de la temporada ni el 35% de la partida consignada en el presupuesto municipal. El cálculo garantiza además un mínimo de 25€ y un máximo de 125€ por cada deportista con licencia. Se abona en un único pago antes del 31 de diciembre de 2026.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la cuenta general de gastos y la de ingresos de la temporada 2025-2026 de tu actividad federada
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Prepara la memoria económica detallada de los gastos subvencionables, con la relación clasificada y numerada y sus facturas
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Rellena el modelo de solicitud con la declaración responsable
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Presenta la solicitud telemáticamente en el registro del Ayuntamiento de Burlada, a través de su sede electrónica
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Si te requieren subsanar la solicitud, corrígela en el plazo de 10 días hábiles
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Espera la resolución de la Junta de Gobierno, que se comunica por registro electrónico en un máximo de tres meses
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud y declaración responsable (Anexo 1)
- Estatutos de la entidad (no es necesario si ya los presentaste al Ayuntamiento)
- Alta en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Burlada
- Cuenta general de gastos de la entidad de la temporada 2025-2026, de la actividad federada
- Cuenta general de ingresos de la entidad de la temporada 2025-2026, de la actividad federada
- Memoria económica detallada de los gastos subvencionables, con relación clasificada y numerada de gastos
- Facturas o documentos equivalentes y la documentación que acredita su pago
- Listado de personas con licencia federativa durante la temporada 2025-2026
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria (no es necesario si ya lo presentaste a lo largo de 2026)