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Ayudas Claras
Ayudas Huelva Vivienda
Vivienda Huelva Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda para comprar tu primera vivienda en El Almendro

Bonificación del 2% del coste de tu primera vivienda, con un máximo de 1.200€

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de El Almendro para comprar o construir tu primera vivienda habitual.
Para quién
Personas físicas vecinas de El Almendro que acceden a su primera vivienda en el municipio.
Cuánto
2% del coste de compra o del presupuesto de ejecución de la vivienda, con un máximo de 1.200€
Qué cubre
  • Parte del coste de adquisición de la vivienda que compras
  • Parte del presupuesto de ejecución material si construyes la vivienda
Requisitos
  • Eres persona física y pides la ayuda a tu nombre
  • Estás empadronado en El Almendro desde que compraste o construiste la vivienda
  • Destinas la vivienda a tu residencia habitual en el municipio
  • Compraste una vivienda unifamiliar o terminaste su construcción durante 2025, sin perjuicio de que excepcionalmente se admitan ejercicios anteriores si existe dotación presupuestaria
  • Estás al corriente de pago con Hacienda estatal, autonómica y local y con la Seguridad Social
  • No tienes pendiente la devolución de otras subvenciones
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantén tu empadronamiento en El Almendro al menos dos años desde la concesión
  • Permite que los servicios técnicos municipales comprueben el coste de la obra o de la compra
  • Facilita las actuaciones de comprobación y control del ayuntamiento
  • Guarda la documentación: no tienes que justificar la ayuda salvo que el ayuntamiento te lo pida de forma motivada
  • Devuelve el dinero con intereses de demora si incumples las condiciones u ocultaste datos al solicitarla
Cuándo

El plazo es de veinte días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 2 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Has comprado o construido tu primera vivienda en El Almendro
  • Estás empadronado en El Almendro
  • La vivienda es tu residencia habitual en el municipio
  • Figuras como propietario o copropietario en la escritura
  • Compraste o terminaste la vivienda durante 2025
  • Ya recibiste antes esta misma ayuda del ayuntamiento
  • Tu cónyuge, tu pareja de hecho u otro miembro de tu unidad familiar ya la solicitó, salvo que haya habido divorcio, disolución de la pareja de hecho o emancipación
  • La edificación que compraste no es una vivienda
  • Solicitas como empresa o entidad y no como persona física
  • Tienes deudas pendientes con Hacienda o la Seguridad Social

Cuánto puedes recibir

Recibes el 2% del presupuesto de ejecución material de la vivienda que construyes o del coste de adquisición si la compras, con un límite máximo de 1.200€. La ayuda queda condicionada a que exista crédito suficiente en la partida municipal cuando se resuelve. Si las solicitudes con derecho a ayuda superan el dinero disponible, el importe se reparte a prorrateo respetando la cuantía máxima por beneficiario.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la escritura pública registrada, el alta de la vivienda en el Catastro y el proyecto de ejecución o el contrato de compraventa

  2. Pide las certificaciones de estar al corriente de pago con Hacienda y con la Seguridad Social

  3. Rellena el modelo de solicitud y la declaración responsable que figuran como anexos de la convocatoria

  4. Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de El Almendro o por cualquiera de los medios admitidos en el procedimiento administrativo

  5. Subsana la documentación en 10 días si el ayuntamiento te lo requiere

  6. Presenta alegaciones en 10 días si no estás de acuerdo con la resolución provisional

Documentación necesaria

  • Solicitud de ayuda (Anexo I)
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad
  • Libro de familia, si estás casado
  • Copia de la escritura pública debidamente registrada, en la que figures como propietario o copropietario
  • Alta de la vivienda en la Gerencia Territorial del Catastro
  • Proyecto de ejecución de la vivienda, o escritura o contrato de compraventa
  • Certificaciones de estar al corriente de pago con Hacienda estatal, autonómica y local y con la Seguridad Social

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrarla si ya tengo otra ayuda para la vivienda?
Sí. Estas ayudas son compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso de otras administraciones o entidades, sean públicas o privadas.
¿Tengo que justificar después en qué me he gastado el dinero?
No. La documentación que presentas con la solicitud justifica por sí sola la ayuda, salvo que el ayuntamiento considere de forma motivada que debes justificar su destino.
¿Cuánto tarda el ayuntamiento en resolver?
El plazo de resolución y notificación es de seis meses. Si pasa ese plazo sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud y reclamar.
¿Puedo pedirla por una vivienda de años anteriores?
Excepcionalmente, y si existe dotación presupuestaria, se admiten solicitudes de ejercicios anteriores que no hayan recibido la ayuda, con un máximo de tres ejercicios.

Fuentes oficiales

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