Premios Santa Pola Emprende para autónomos y empresas
Premios de hasta 5.000€ para autónomos y empresas con actividad en Santa Pola
Lo que significa
- Qué es
- Premios en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Santa Pola para reconocer proyectos empresariales del municipio.
- Para quién
- Autónomos, empresas, comunidades de bienes y sociedades civiles de Santa Pola.
- Cuánto
- Primer premio de 5.000€, segundo de 3.000€ y tercer premio de 2.000€
- Qué cubre
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- Premio en metálico que se paga por transferencia bancaria tras la resolución de concesión
- El importe está sujeto a las retenciones fiscales que resulten de aplicación
- Requisitos
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- Tienes domicilio fiscal o social, centro de trabajo o establecimiento en Santa Pola
- Desarrollas efectivamente en Santa Pola la actividad empresarial de la candidatura
- Iniciaste la actividad empresarial entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de octubre de 2026
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- No tienes deudas pendientes en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento de Santa Pola
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantén el cumplimiento de los requisitos hasta el momento del pago del premio
- Sigue al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Asiste al acto de entrega de premios, salvo causa debidamente justificada
- Sométete a las actuaciones de comprobación y control que correspondan
- Facilita la información que te requieran sobre la concesión del premio
- Comunica cualquier circunstancia que afecte al cumplimiento de los requisitos
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 20 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres autónomo y desarrollas tu actividad empresarial en Santa Pola
- Tu empresa tiene domicilio fiscal o social en Santa Pola
- Tienes un centro de trabajo o establecimiento en el municipio
- Iniciaste tu actividad empresarial entre enero de 2022 y octubre de 2026
- Formas parte de una comunidad de bienes o de una sociedad civil
- Estás al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social
- Eres una asociación, fundación o entidad sin ánimo de lucro
- Tu entidad es un club deportivo
- Te presentas como unión temporal de empresas
- Iniciaste tu actividad empresarial antes del 1 de enero de 2022
- No desarrollas tu actividad empresarial en Santa Pola
- Tienes deudas pendientes en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento de Santa Pola
Cuánto puedes recibir
Se reparten tres premios: 5.000€ para el primero, 3.000€ para el segundo y 2.000€ para el tercero. Tu candidatura se valora sobre 50 puntos y necesita al menos 25 para poder ser premiada; si ninguna los alcanza, los premios pueden declararse desiertos. El pago se hace por transferencia bancaria una vez dictada la resolución de concesión, con las retenciones fiscales que correspondan.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que acredita tu personalidad y tu situación censal
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Cumplimenta y firma la solicitud de participación en el modelo normalizado
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Redacta la memoria de tu proyecto empresarial con los apartados de valoración
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Presenta la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica del Ayuntamiento de Santa Pola, en el trámite habilitado para estos premios
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Si te requieren subsanar algo, complétalo en el plazo de diez días hábiles
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Si resultas premiado, aporta el certificado de titularidad de tu cuenta bancaria antes del pago
Documentación necesaria
- Solicitud de participación (Anexo I), cumplimentada y firmada
- DNI o NIE, si eres persona trabajadora autónoma
- NIF y escritura de constitución, si eres persona jurídica
- NIF y contrato o documento de constitución, si eres comunidad de bienes o sociedad civil
- Documentación acreditativa de la representación, si actúas mediante representante
- Certificado actualizado de situación censal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Informe o certificado de no débito emitido por SUMA Gestión Tributaria
- Memoria de la candidatura (Anexo II), cumplimentada y firmada