Subvenciones para asociaciones vecinales en Cataluña
Financiación de proyectos de asociaciones vecinales en barrios de vivienda pública
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en régimen de concurrencia competitiva de la Agencia de la Vivienda de Cataluña para proyectos de entidades vecinales
- Para quién
- Asociaciones de vecinos y entidades sin ánimo de lucro de los barrios de vivienda pública de Cataluña
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
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- Proyectos de entidades y asociaciones vecinales de barrios de vivienda pública
- Actuaciones agrupadas en dos programas, el programa A y el programa B
- Gastos de las actividades y de la ejecución del proyecto subvencionado
- Requisitos
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- Eres una asociación de vecinos o una entidad sin ánimo de lucro
- Tu entidad está implantada en el territorio de Cataluña
- Tu proyecto se refiere a barrios de viviendas administradas o gestionadas por la Agencia de la Vivienda de Cataluña
- Tu actuación encaja en el programa A o en el programa B de las bases reguladoras
- Presentas y formalizas la solicitud por vía telemática con los formularios en línea
- Obligaciones
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- Ejecuta el proyecto y las actividades por las que te conceden la subvención
- Justifica los gastos antes del 15 de enero de 2027
- Presenta la documentación justificativa que piden las bases reguladoras
- Si no quieres la subvención, renuncia expresamente en los diez días siguientes a la notificación
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 6 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación de vecinos implantada en el territorio de Cataluña
- Eres una entidad sin ánimo de lucro implantada en el territorio de Cataluña
- Tu entidad actúa en un barrio de viviendas gestionadas por la Agencia de la Vivienda de Cataluña
- Quieres financiar un proyecto o una actuación vecinal de 2026
- Puedes presentar la solicitud por internet con los formularios en línea
- Solicitas la ayuda como persona física y no como entidad
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- Tu entidad no está implantada en el territorio de Cataluña
- Tu proyecto no se refiere a barrios de viviendas gestionadas por la Agencia
- Presentas la solicitud después del cierre del plazo
Cuánto puedes recibir
El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración. Las subvenciones se conceden en régimen de concurrencia competitiva y la Dirección de la Agencia puede cambiar el reparto entre el programa A y el programa B según el número de solicitudes presentadas.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Rellena el formulario en línea que la Agencia de la Vivienda de Cataluña pone a disposición de los solicitantes
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Presenta la solicitud por vía telemática antes de las 14:00 horas del 6 de noviembre de 2026
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Espera la resolución: se dicta y se notifica en un plazo máximo de tres meses desde el cierre del plazo de solicitudes
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Revisa la notificación individual que te envía la Agencia y, si no renuncias en diez días, se entiende que aceptas la subvención
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Justifica los gastos del proyecto antes del 15 de enero de 2027
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud en línea de la Agencia de la Vivienda de Cataluña
- Documentación justificativa de los gastos prevista en las bases reguladoras