Saltar al contenido
Ayudas Claras
Ayudas Salamanca Servicios sociales
Servicios sociales Salamanca Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a familias de Béjar para campamentos de verano

Hasta 50€ por campamento y niño para familias bejaranas con hijos de 3 a 16 años

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Béjar para los gastos de los campamentos de verano de los niños y niñas.
Para quién
Familias bejaranas con niños y niñas que han participado en campamentos desarrollados en el municipio.
Cuánto
Hasta 50€ por cada campamento y niño, sin superar el coste del campamento
Qué cubre
  • Los gastos de participación de tus hijos en campamentos desarrollados en Béjar
  • Actividades de verano organizadas en el municipio por asociaciones, empresas, clubes deportivos y centros educativos e infantiles, públicos o privados
  • Un mes completo de campamento o la parte proporcional si es por quincenas
Requisitos
  • Tu hijo o hija está empadronado en Béjar, con alta anterior al 1 de enero de 2026
  • Tu hijo o hija tiene de 3 a 16 años cumplidos en el año 2026
  • Los ingresos de tu unidad familiar no superan el umbral de renta de la convocatoria

    El límite es de 25.000,00 € anuales para familias de hasta cuatro miembros o familias monoparentales de hasta tres, y se incrementa en 2.000 € para familias numerosas, que deben acreditar ese reconocimiento. La renta familiar se calcula sumando la base imponible general y la base imponible del ahorro de la declaración de la renta de 2025 de todos los miembros con ingresos (casillas 435 y 460). Si no puedes acreditarla con la declaración, tendrás que aportar otra documentación de ingresos.

  • Presentas la solicitud y la documentación requerida dentro del plazo de la convocatoria
  • No tienes deudas tributarias con el Ayuntamiento de Béjar hasta la resolución definitiva, salvo que estén aplazadas, fraccionadas o suspendidas
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Declara bajo tu responsabilidad que aceptas las bases y que cumples los requisitos exigidos
  • Mantente sin deudas tributarias con el Ayuntamiento de Béjar hasta la resolución definitiva
  • Aporta el justificante de fraccionamiento o aplazamiento si tienes deudas aplazadas con el Ayuntamiento
  • Subsana tu solicitud en un plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere
  • Presenta alegaciones en 10 días hábiles si no estás de acuerdo con la propuesta de resolución provisional
  • Consulta el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento, donde se publican las resoluciones con efectos de notificación
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu hijo o hija está empadronado en Béjar con alta anterior al 1 de enero de 2026
  • Tu hijo o hija tiene entre 3 y 16 años cumplidos en 2026
  • Tu hijo o hija ha participado en un campamento celebrado en el municipio de Béjar
  • El campamento se desarrolló entre el 1 de julio y el 31 de agosto de 2026
  • Tu unidad familiar de hasta cuatro miembros no supera 25.000,00 € de ingresos anuales
  • Eres el padre, la madre o el tutor legal del menor que participó
  • El campamento duró días sueltos, semanas o menos de 15 días
  • El campamento incluye pernoctas
  • El campamento se desarrolló fuera del municipio de Béjar
  • Tu hijo o hija no está empadronado en Béjar
  • Tienes deudas tributarias sin aplazar con el Ayuntamiento de Béjar
  • Los ingresos de tu unidad familiar superan el umbral de la convocatoria

Cuánto puedes recibir

Recibes un máximo de 50€ por cada campamento y niño en esta convocatoria de 2026. La ayuda se calcula por un solo mes completo, o la parte proporcional si el campamento es por quincenas, y nunca puede superar el coste del campamento. Al concederse por concurrencia competitiva, las solicitudes válidas se ordenan de menor a mayor nivel de renta hasta agotar el crédito. El pago se hace por transferencia bancaria a nombre del padre, la madre o el tutor que presentó la solicitud, una vez publicada la resolución definitiva.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que el campamento se celebró en Béjar entre el 1 de julio y el 31 de agosto de 2026

  2. Reúne la documentación obligatoria, incluida la factura de la inscripción al campamento

  3. Rellena la solicitud del Anexo II con la declaración responsable y el número de cuenta

  4. Presenta la solicitud dirigida a la Alcaldía en el registro de entrada del Ayuntamiento de Béjar o en su sede electrónica, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el boletín de la provincia

  5. Consulta la propuesta de resolución provisional en el tablón de anuncios de la sede electrónica y alega si procede

Documentación necesaria

  • Solicitud y declaración responsable (Anexo II)
  • Fotocopia del DNI del solicitante (progenitor o representante legal)
  • Fotocopia de la declaración de la renta de 2025 de todos los miembros de la unidad familiar, o documento que acredite que no hay obligación de presentarla
  • Libro de familia, con las hojas en las que figuren todos los miembros de la unidad familiar, y acreditación del reconocimiento de familia numerosa si es tu caso
  • Copia auténtica de la sentencia judicial firme de separación con el convenio regulador, si los progenitores están separados
  • Factura de la inscripción al campamento
  • Número de cuenta bancaria para recibir el ingreso
  • Volante de empadronamiento o la autorización del Anexo II para que el Departamento de Servicios Sociales lo consulte
  • Justificante de fraccionamiento o aplazamiento, si tienes deudas o sanciones aplazadas con el Ayuntamiento de Béjar

Preguntas frecuentes

¿Qué campamentos quedan fuera de la ayuda?
No se subvencionan los campamentos realizados en días sueltos o semanas e inferiores a 15 días, ni los que incluyan pernoctas. Las actividades deben desarrollarse en el municipio de Béjar.
¿Qué pasa si hay más solicitudes válidas que dinero disponible?
Las solicitudes se clasifican de menor a mayor nivel de renta y se conceden hasta agotar el crédito. Si hay empate en la renta, tienen prioridad las unidades familiares con más miembros y, si persiste, las presentadas antes en el registro.
¿Qué ocurre si me falta algún documento?
El Ayuntamiento te requerirá para que subsanes la solicitud en un plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Cuánto tarda la resolución?
El plazo máximo de resolución y notificación es de 6 meses. Si vence ese plazo sin que te hayan notificado, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿A quién se paga la ayuda?
El pago se realiza por transferencia bancaria a nombre del padre, la madre o el tutor que presentó la solicitud, en la cuenta que figure en ella, una vez publicada la resolución definitiva.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas