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Ayudas Claras
Ayudas Asturias Servicios sociales
Servicios sociales Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda de 710€ a familias con menores en Llanera

710€ en un pago único para familias de Llanera con menores a cargo.

Lo que significa

Qué es
Ayuda económica del Ayuntamiento de Llanera, en concurrencia competitiva, para familias con hijos menores a cargo sin recursos suficientes.
Para quién
Familias o unidades de convivencia del concejo de Llanera con hijos menores a cargo.
Cuánto
710€ en un único pago por familia beneficiaria
Qué cubre
  • Alimentación y vestido de los menores a cargo
  • Suministros básicos de la vivienda
  • Material escolar
Requisitos
  • Estás empadronado en Llanera con residencia efectiva ininterrumpida de al menos seis meses

    No se exige este requisito a familias víctimas de violencia de género que lo acrediten, a personas migrantes retornadas nacidas o descendientes de asturianos, ni a familias que por criterio técnico se encuentren en especial vulnerabilidad con menores en riesgo de desatención.

  • Tienes menores a cargo que conviven de forma efectiva en la unidad familiar
  • Ni tú ni el otro progenitor habéis sido privados o suspendidos de la patria potestad
  • La media de ingresos de los tres meses anteriores no supera el límite de renta de tu unidad familiar
    Composición familiarUnidades de consumoRenta anual máximaRenta mensual máxima
    1 adulto + 1 menor1,315.886,00€1.323,83€
    1 adulto + 2 menores1,619.552,00€1.629,33€
    1 adulto + 3 menores1,923.218,00€1.934,83€
    1 adulto + 4 menores2,226.884,00€2.240,33€
    2 adultos + 1 menor1,821.996,00€1.833,00€
    2 adultos + 2 menores2,125.662,00€2.138,50€
    2 adultos + 3 menores2,429.328,00€2.444,00€
    2 adultos + 4 menores2,732.994,00€2.749,50€
    3 adultos + 1 menor2,328.106,00€2.342,17€
    3 adultos + 2 menores2,631.772,00€2.647,67€
    3 adultos + 3 menores2,935.438,00€2.953,17€
    3 adultos + 4 menores3,239.104,00€3.258,67€
    Se calcula la media mensual de los ingresos obtenidos por cualquier concepto en los tres meses anteriores a la fecha de la convocatoria. No se computan los ingresos de las ayudas de emergencia municipales ni la prestación económica para cuidados en el entorno familiar de la dependencia. Puedes deducir hasta 200€ mensuales de alquiler o hipoteca si los acreditas.
  • Autorizas el seguimiento posterior por parte de los Servicios Sociales
  • Aportas la documentación exigida en las bases y en la convocatoria
Obligaciones
  • Acude a una entrevista con tu técnico de referencia en el Centro de Servicios Sociales para acordar la planificación del gasto
  • Destina la ayuda a alimentación, vestido, suministros básicos y material escolar en beneficio de los menores
  • Justifica la aplicación de la ayuda aportando los justificantes de gasto cuando te lo requieran
  • Permite el seguimiento de los Servicios Sociales, que informan después a la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar
  • Aporta datos ajustados a la realidad: si no lo son, quedas excluido automáticamente
  • Ten en cuenta que recibir otras ayudas para lo mismo puede modificar la resolución de concesión
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás empadronado en Llanera desde hace al menos seis meses
  • Tienes menores a tu cargo que conviven contigo
  • Tus ingresos no superan el umbral de riesgo de pobreza
  • No puedes cubrir la alimentación, el vestido o el material escolar de tus hijos
  • Eres una familia monoparental con menores a cargo
  • No tienes menores conviviendo de forma efectiva en tu unidad familiar
  • Has sido privado o suspendido de la patria potestad
  • Tus ingresos superan el límite de renta de tu composición familiar
  • Presentas la solicitud fuera del plazo establecido
  • No autorizas el seguimiento de los Servicios Sociales
  • En custodia compartida, el otro progenitor ya presentó antes la solicitud

Cuánto puedes recibir

Si tu solicitud resulta beneficiaria, recibes 710€ en un único pago. La cuantía es la misma para todas las familias que reúnen los requisitos, hasta el límite presupuestario señalado. El Ayuntamiento prevé alcanzar un máximo de 70 ayudas a familias.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación económica y familiar que piden las bases

  2. Rellena el modelo de solicitud y la declaración responsable del Anexo I

  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica municipal o presencialmente en cualquiera de los tres Registros Generales del Ayuntamiento de Llanera

  4. Subsana en diez días hábiles si te requieren completar la documentación

  5. Consulta la lista provisional publicada en la sede electrónica y presenta alegaciones en cinco días hábiles si no estás conforme

  6. Espera la resolución de la Junta de Gobierno Local, que se dicta en un plazo máximo de tres meses

Documentación necesaria

  • Documento de identidad de la persona solicitante y del resto de miembros de la unidad familiar, salvo autorización para su consulta
  • Acreditación de empadronamiento familiar, salvo autorización para su incorporación de oficio
  • Última declaración de la renta (2025) de todos los miembros de la unidad familiar o autorización para su consulta
  • Movimientos de todas las cuentas bancarias de los últimos tres meses
  • Certificados de ingresos de los tres meses anteriores: nóminas si trabajas, justificante del organismo pagador si cobras pensiones o prestaciones, o certificado del Servicio Público de Empleo si estás en desempleo
  • Sentencia y convenio regulador en caso de separación o divorcio, con los justificantes del pago de pensiones de alimentos actualizados
  • Acreditación del gasto de alquiler o hipoteca de la vivienda y justificante del pago mensual actualizado
  • Declaración responsable de tu situación socioeconómica y de compromiso de permitir el seguimiento de los Servicios Sociales (Anexo I)
  • Declaración responsable de los ingresos que no puedas acreditar documentalmente

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si presento la solicitud incompleta?
Te requerirán para que subsanes las deficiencias en un plazo de diez días hábiles. Si no aportas lo pedido en ese plazo, se te tiene por desistido y se archiva la solicitud.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde el último día de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, se entiende desestimada.
¿Puedo reclamar si no me conceden la ayuda?
El Órgano de Valoración publica una lista provisional de ayudas concedidas y denegadas en la sede electrónica y en la web municipal, y abre un plazo de cinco días hábiles para presentar alegaciones.
Tenemos la custodia compartida, ¿podemos pedirla los dos progenitores?
En custodia compartida se considera unidad familiar a ambos progenitores. Si se presentan dos solicitudes, solo se tiene en cuenta la primera presentada.
¿Se descuentan el alquiler o la hipoteca al calcular mis ingresos?
Sí. Del total de ingresos puedes deducir los gastos de alquiler o hipoteca hasta un máximo de 200€ mensuales, siempre que los estés abonando y los acredites documentalmente.

Fuentes oficiales

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