Ayuda municipal de Elorrio para situaciones extraordinarias
Hasta 2.000€ anuales por persona o unidad familiar en situación de vulnerabilidad.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Ayuntamiento de Elorrio, por orden de presentación de solicitudes, para gastos derivados de situaciones extraordinarias.
- Para quién
- Personas adultas que residen en Elorrio y atraviesan una situación extraordinaria sobrevenida o riesgo de exclusión social.
- Cuánto
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- Hasta 2.000€ al año por persona o unidad familiar sumando todos los conceptos
Para los tres primeros conceptos la cuantía máxima anual por persona o unidad familiar es la misma que fija la normativa vasca de ayudas de emergencia social de 2026, que la convocatoria no transcribe: consulta directamente con la administración.Concepto Cuantía máxima anual Vivienda o alojamiento habitual: alquiler, créditos, suministros, mobiliario, electrodomésticos y reparaciones Consulta directamente con la administración Necesidades primarias: vestido, comida, transporte y atención sanitaria o farmacéutica Consulta directamente con la administración Endeudamiento previo por los conceptos anteriores o por necesidades básicas de la vida Consulta directamente con la administración Reparación necesaria en casos de violencia machista 1.500€ Contratación de servicios de cuidados ante una situación sobrevenida 1.500€ Otros gastos que el personal de los Servicios Sociales de Base considere necesarios 1.500€ Tope sumando la totalidad de los conceptos 2.000€
- Hasta 2.000€ al año por persona o unidad familiar sumando todos los conceptos
- Qué cubre
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- Gastos extraordinarios de tu vivienda o alojamiento habitual
Alquiler para evitar desahucios o facilitar el acceso a la vivienda; intereses y amortización de créditos contraídos antes de la situación de emergencia para comprar la vivienda o alojamiento habitual; suministros de energía, luz, agua y gas; mobiliario; electrodomésticos de línea blanca; y adaptación, reparación o instalaciones básicas en la vivienda o la comunidad.
- Necesidades primarias como vestido, comida, transporte y gastos sanitarios o de farmacia que no cubran los sistemas públicos
Solo en situaciones excepcionales y siempre que sean consecuencia de una situación sobrevenida que no haya generado la propia persona usuaria. El transporte se cubre para acudir al puesto de trabajo, a formación y en casos de urgencia.
- Deudas anteriores por esos gastos, reparación tras violencia machista y contratación de servicios de cuidados
Los servicios de cuidados solo se cubren ante una situación sobrevenida, para compatibilizarla con el empleo de la persona solicitante, en familias monoparentales, familias numerosas, unidades convivenciales con alguna persona en situación de dependencia severa o gran dependencia o con discapacidad superior al 50%, y unidades familiares con alguna persona víctima de violencias machistas. Se extiende también a situaciones excepcionales como el cierre de centros de día.
- Gastos extraordinarios de tu vivienda o alojamiento habitual
- Requisitos
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- Estás empadronado en Elorrio y resides allí de verdad desde al menos seis meses antes de presentar la solicitud
Si no llegas a esos seis meses, tienes que acreditar que has estado empadronado y residiendo en Elorrio cinco años seguidos dentro de los diez últimos años.
- Tienes 18 años cumplidos
Puedes pedirla siendo menor de 18 años si tienes económicamente a tu cargo a otras personas menores, o a personas mayores con discapacidad o con calificación de dependencia; si eres huérfano de ambos progenitores o de familia monoparental; si estás casado o unido por una relación estable similar con al menos seis meses de antigüedad; o si has sido víctima de violencia de género, de otras violencias machistas, de violencia doméstica o de violencia racista, en cuyo caso el informe de la trabajadora social basta para acreditarlo si no hay denuncia.
- Tus recursos son insuficientes para hacer frente al gasto que necesitas cubrir
- Los ingresos netos mensuales de tu unidad familiar o convivencial no superan el límite fijado en las bases
1.137,7€ si la unidad familiar la componen una o dos personas; 1.336,81€ si hay una persona menor o dependiente a cargo; 1.678,13€ si hay dos o más personas menores o dependientes a cargo.
- El saldo de las cuentas bancarias de tu unidad familiar no supera los 3.000€ el día de la solicitud
- No eres propietario de inmuebles, salvo tu vivienda habitual, un trastero y un garaje en Elorrio
- Cuentas con el informe favorable de la trabajadora social de los Servicios Sociales de Base del Ayuntamiento de Elorrio
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Estás inscrito como solicitante de vivienda en el servicio Etxebide, solo si pides la ayuda para gastos de alquiler
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Estás empadronado en Elorrio y resides allí de verdad desde al menos seis meses antes de presentar la solicitud
- Obligaciones
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- Destina la ayuda únicamente a la finalidad para la que te la concedieron
- Comunica a los Servicios Sociales del Ayuntamiento cualquier cambio de domicilio habitual o variación importante de tu situación en 15 días naturales
- Justifica el gasto con facturas, tickets o documentos equivalentes antes de que acabe el ejercicio económico o, si no es posible, en el mes siguiente a la notificación
- Devuelve el importe que hayas cobrado indebidamente o de más
- Comparece ante el Ayuntamiento y facilita las comprobaciones y la información que te pidan los Servicios Sociales
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 15 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en Elorrio y vives allí desde hace al menos seis meses
- Tienes 18 años cumplidos
- Tus recursos no te alcanzan para afrontar un gasto concreto
- Te cuesta pagar el alquiler, los suministros o el equipamiento básico de tu vivienda
- Has sufrido violencia machista y necesitas reparar sus consecuencias
- Eres familia monoparental o numerosa, o convives con alguien en situación de dependencia severa o gran dependencia, con discapacidad superior al 50% o víctima de violencias machistas, y necesitas contratar servicios de cuidados ante una situación sobrevenida para compatibilizarla con tu empleo
- El saldo de tus cuentas bancarias supera los 3.000€ el día de la solicitud
- Eres propietario de inmuebles distintos de tu vivienda habitual
- Tienes una reducción de jornada no vinculada al cuidado de personas dependientes
- Te has dado de baja voluntaria en el empleo o estás en excedencia laboral sin que sea para cuidar a personas dependientes
- Ya cobras Ayudas de Emergencia Social destinadas a ese mismo gasto
- No estás empadronado en el municipio de Elorrio
Cuánto puedes recibir
El dinero que recibes depende del gasto concreto que necesites cubrir. Para la reparación en casos de violencia machista, la contratación de servicios de cuidados y otros gastos que valoren los Servicios Sociales de Base, el máximo es de 1.500€ al año por persona o unidad familiar. Sumando todos los conceptos no puedes superar los 2.000€ anuales. El pago es anticipado: lo cobras antes de justificar el gasto y sin tener que aportar ninguna garantía.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Pide cita previa en los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Elorrio para que te informen y te orienten
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Reúne la documentación sobre tu unidad de convivencia, tus ingresos y tu situación bancaria
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Rellena el modelo de instancia general disponible en las oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía
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Presenta la solicitud por tramitación telemática con firma electrónica, por correo administrativo certificado o en persona en el Servicio de Atención a la Ciudadanía
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Espera la resolución, que se notifica individualmente en un plazo máximo de seis meses
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Presenta las facturas, tickets o documentos justificativos del gasto realizado
Documentación necesaria
- Solicitud firmada por la persona solicitante o por su representante acreditada (Anexo I)
- Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad de convivencia; si eres extranjero, del permiso de residencia o, en su defecto, del pasaporte y del Número de Identificación Fiscal
- Fotocopia del libro de familia o de los documentos que acrediten la guarda y custodia o la tutela, si hay menores en la unidad de convivencia
- Justificantes del saldo actual, el saldo medio y los intereses de cartillas de ahorro y cuentas corrientes, plazos fijos, fondos de inversión, acciones y depósitos del año anterior y del año en curso
- Movimientos bancarios de los seis últimos meses
- Fotocopia de la primera hoja de la libreta donde quieres que te ingresen la ayuda
- Fotocopia de las tres últimas nóminas del año en curso de quienes forman la unidad de convivencia
- Certificado de renta y bienes emitido por la Hacienda Foral de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años