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Ayudas Claras
Ayudas Andalucía Servicios sociales
Servicios sociales Andalucía Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para adaptar tu vivienda en Cabra (Córdoba)

Hasta el 80% del coste, con un tope de 1.000€, 500€ o 2.500€ según la modalidad

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Cabra para adaptar tu vivienda o recuperarla tras un siniestro grave
Para quién
Personas mayores de 65 años, con discapacidad o en situación de dependencia, y familias cuya vivienda ha sufrido una catástrofe
Cuánto
  • Hasta el 80% del presupuesto subvencionable, con un tope distinto según la modalidad
    ModalidadCuantía máxima
    Obras de adecuación funcional de la viviendaHasta el 80% del presupuesto subvencionable, máximo 1.000€
    Adquisición de ayudas técnicas y medios funcionalesHasta el 80% del presupuesto subvencionable, máximo 500€
    Ayuda extraordinaria por catástrofe o siniestro graveHasta el 80% del presupuesto subvencionable, máximo 2.500€
    Debes presentar una solicitud por cada modalidad que pidas y señalar cuál prefieres: con carácter general solo se concede una subvención por solicitante, la que hayas marcado como preferente.
Qué cubre
  • Obras para adaptar la vivienda: cambiar la bañera por un plato de ducha, poner rampas, asideros o pasamanos y ensanchar las puertas

    Actuaciones de albañilería, fontanería, herrería, electricidad y carpintería: accesibilidad en el baño (suelos antideslizantes, adecuación de sanitarios y grifería), supresión de barreras arquitectónicas (rampas, eliminación de desniveles, pasamanos en pasillos), adecuación de la cocina, mejora de la instalación de gas y electricidad, alumbrado conmutado y domótica, y tabiquería para habilitar nuevos espacios. También entran la licencia de obras y los tributos asociados.

  • Compra de ayudas técnicas y medios funcionales: sillas de ruedas, camas articuladas, asientos elevadores o vajillas adaptadas

    Apoyo a la movilidad (bastones, muletas, sillas de ruedas, dispositivos de transferencias corporales, cojín, almohada, cuña, orugas salva escaleras); adaptaciones del hogar (camas articuladas, mesas auxiliares, asientos elevadores, extensores de patas, colchones antiescaras, pinzas agarratodo); alimentación (vajillas adaptadas, cubiertos con mandos anatómicos, tablas de cortar antideslizantes); higiene personal (sillas de ducha con ruedas, asideros, sistemas de lavado tipo bidé, bañera geriátrica); comunicación (dispositivos adaptados, comunicadores con iconos).

  • Obras para recuperar la habitabilidad tras una catástrofe: arreglo o pintura de paredes, suelos, techos, fachada, tejado, instalaciones eléctricas y saneamientos
Requisitos
  • Estás empadronado en Cabra desde hace al menos un año y llevas un mínimo de dos meses en la vivienda de la actuación
  • Para la adecuación funcional de la vivienda y para las ayudas técnicas, eres mayor de 65 años, tienes discapacidad o dependencia, o acreditas limitaciones funcionales que reducen tu autonomía
  • Tu vivienda habitual y permanente necesita una obra, actuación o dotación técnica de las modalidades previstas
  • Para la ayuda extraordinaria, tu vivienda ha perdido la habitabilidad por una catástrofe natural o un siniestro grave no intencionado, debidamente acreditado
  • Tienes un título que legitima el uso de la vivienda donde se hace la actuación

    Propiedad plena o compartida; arrendamiento, siendo tú el inquilino; usufructo, derecho de habitación u otro derecho real. En arrendamiento, usufructo o derecho de habitación necesitas la autorización expresa de la persona propietaria, acreditada documentalmente.

  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza y paga las obras dentro de los seis meses siguientes a la resolución de concesión
  • Si compras una ayuda técnica, hazlo desde el 1 de enero de 2026 y hasta tres meses después de que te notifiquen la resolución
  • Justifica los gastos con facturas y justificantes de pago en el plazo máximo de tres meses desde que acaba el periodo de ejecución
  • Justifica el 100% del proyecto aprobado, incluida tu aportación del 20% del coste total
  • Declara las ayudas que hayas pedido o te hayan concedido otras administraciones para la misma finalidad
  • Comunica al Área de Políticas Sociales cualquier variación de los datos de la solicitud y permite la entrada del personal técnico municipal para comprobar la actuación
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

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  • Tienes más de 65 años y tu vivienda necesita obras de accesibilidad
  • Tienes reconocida una discapacidad o una situación de dependencia
  • Acreditas problemas de movilidad o de autonomía personal sin grado reconocido
  • Llevas al menos un año empadronado en Cabra
  • Necesitas comprar una silla de ruedas, una cama articulada o un asidero de ducha
  • Tu vivienda habitual ha perdido la habitabilidad por un incendio o una inundación
  • Llevas menos de un año empadronado en Cabra
  • Llevas menos de dos meses viviendo en el domicilio de la actuación
  • En la adecuación funcional, la obra afecta a elementos comunes de un edificio en propiedad horizontal
  • En la adecuación funcional, solo quieres pintar o arreglar paredes, suelos o techos sin relación con tu movilidad
  • No eres el propietario de la vivienda y no tienes su autorización
  • El siniestro que dañó tu vivienda fue provocado de forma intencionada

Cuánto puedes recibir

Recibes hasta el 80% del presupuesto subvencionable de la actuación. El tope depende de la modalidad: 1.000€ para las obras de adecuación funcional de la vivienda, 500€ para la compra de ayudas técnicas y medios funcionales, y 2.500€ para la ayuda extraordinaria tras catástrofe o siniestro grave. El 20% restante del coste total del proyecto lo aportas tú y también tienes que justificarlo. El abono se realiza cuando termina la obra o se adquieren los bienes.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación: tu documento de identidad, la factura proforma o presupuesto y la memoria explicativa de la actuación

  2. Rellena el modelo oficial de solicitud, uno por cada modalidad que quieras pedir

  3. Presenta la solicitud en el Registro del Centro Municipal de Servicios Sociales, en el Registro General del Ayuntamiento de Cabra o en su registro electrónico

  4. Consulta la propuesta de resolución provisional en la sede electrónica del Ayuntamiento y, si quieres, alega o reformula tu solicitud en 10 días hábiles

  5. Espera la resolución definitiva: el Ayuntamiento tiene seis meses para resolver y notificar

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud (Anexo I)
  • Documento identificativo de la persona solicitante y de los integrantes de la unidad de convivencia
  • Factura proforma o presupuesto con cada concepto, su importe y el importe total de la obra o la adquisición
  • Memoria explicativa de la adecuación funcional o de las actuaciones para recuperar la habitabilidad
  • Declaración de las ayudas solicitadas o concedidas por otras administraciones para la misma finalidad
  • Justificante de los ingresos, pensiones, prestaciones o subsidios de cada miembro de la unidad de convivencia
  • Certificado de rentas de la Agencia Tributaria o copia de las declaraciones de la renta y del patrimonio del último ejercicio
  • Declaración responsable de ingresos, de no haber percibido indemnización y de cumplir los requisitos, con autorización de cesión de datos (Anexo III)
  • Declaración responsable de cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Declaración responsable del guardador de hecho (Anexo IV)
  • Volante de empadronamiento de las personas que forman la unidad de convivencia
  • Certificado de reconocimiento del grado de discapacidad
  • Resolución de reconocimiento del grado de dependencia
  • Informe médico que acredite los problemas de movilidad o la falta de autonomía personal
  • Título de familia numerosa o de familia monoparental, en su caso
  • Autorización de la persona propietaria si no eres el titular de la vivienda
  • Documentación acreditativa del siniestro que provoca la pérdida de habitabilidad y de la valoración de las obras

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir varias modalidades a la vez?
Puedes presentar una solicitud independiente por cada modalidad, señalando cuál prefieres. Ahora bien, con carácter general solo se concede una subvención por solicitante: la que hayas designado como preferente. Únicamente si no se agota el presupuesto asignado a todas las modalidades puede concederse más de una ayuda a la misma persona.
¿Es compatible con otras ayudas para lo mismo?
Sí, siempre que la suma de todas las ayudas no supere el coste de la actuación. Debes declarar las que hayas solicitado o te hayan concedido otras administraciones.
¿Qué pasa si me falta algún documento?
El Ayuntamiento te requerirá para que lo subsanes en un plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles. Si no lo haces, pueden tenerte por desistido de tu petición.
¿Qué obras no se subvencionan?
En la adecuación funcional quedan fuera las obras en elementos comunes de edificios en propiedad horizontal y los arreglos o pintura de paredes, suelos, techos, fachada o tejado que no guarden relación con la mejora de tu movilidad.
¿Qué ocurre si no me contestan?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia. Si pasa sin respuesta, puedes entender desestimada tu solicitud.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas