Ayuda al alquiler para jóvenes de 16 a 40 años en Cabra
Hasta 200€ al mes por tu alquiler si tienes de 16 a 40 años y vives en Cabra
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Ayuntamiento de Cabra, por orden de llegada, para pagar parte del alquiler de la vivienda de personas jóvenes.
- Para quién
- Jóvenes de 16 a 40 años que viven de alquiler en el municipio de Cabra.
- Cuánto
- El 75% de la renta de los meses justificados, con un máximo de 200€ al mes (2.400€ al año)
- Qué cubre
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- La renta de alquiler que hayas pagado por la vivienda que tienes arrendada
- Solo el alquiler: la ayuda nunca puede superar el coste del alquiler de la vivienda
- Requisitos
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- Tienes como mínimo 16 años y no superas los 40 en la fecha de la solicitud
- Figuras como arrendatario en un contrato de alquiler de una vivienda situada en Cabra
- Estás inscrito en el padrón municipal de habitantes en la vivienda del contrato
- Ni tú ni nadie de tu unidad de convivencia recibe otra ayuda al alquiler de esta u otra administración
- Ningún miembro de tu unidad de convivencia tiene vivienda en propiedad ni es cotitular de otros inmuebles, salvo una herencia del 25% o menos
- Solo se admite una solicitud por referencia catastral
Si compartís vivienda personas de distinto núcleo familiar o estudiantes, podéis presentar varias solicitudes por la misma referencia catastral, pero solo se otorga una ayuda económica al conjunto y el importe se prorratea entre el número de solicitudes. Además, solo puede concederse una subvención por unidad de convivencia y ningún miembro puede figurar a la vez en más de una solicitud.
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantén tu residencia en el municipio de Cabra durante los dos años siguientes a la concesión
- Presenta el documento de aceptación de la ayuda concedida antes de que te la paguen
- Justifica los pagos de la renta del periodo subvencionado con el justificante bancario o una declaración responsable del arrendador
- Acredita que estás al corriente con la agencia tributaria, la Junta de Andalucía, la hacienda local y la Seguridad Social
- Comunica cualquier cambio en las circunstancias por las que te concedieron la ayuda
- Devuelve el dinero con intereses de demora si incumples los requisitos o no justificas el gasto
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes entre 16 y 40 años en la fecha de la solicitud
- Figuras como arrendatario en un contrato de alquiler de una vivienda de Cabra
- Estás inscrito en el padrón municipal en la vivienda que tienes alquilada
- Te empadronas en Cabra durante 2026 cumpliendo los requisitos
- Ya estabas empadronado en Cabra antes de la publicación de la convocatoria
- Superas los 40 años en la fecha de la solicitud
- La vivienda que alquilas está fuera del término municipal de Cabra
- Algún miembro de tu unidad de convivencia recibe otra ayuda al alquiler
- Algún miembro de tu unidad de convivencia tiene una vivienda en propiedad o es cotitular de otros inmuebles, salvo una herencia del 25% o menos
- Otra persona de tu unidad de convivencia ya figura en una solicitud
Cuánto puedes recibir
Recibes el 75% de lo que hayas pagado de alquiler en los meses que justifiques, con un tope de 200€ al mes, es decir, 2.400€ como máximo al año. La ayuda nunca puede superar el coste total del alquiler de tu vivienda. Se paga de una sola vez, por transferencia bancaria a la cuenta que indiques, después de que justifiques la ayuda.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la copia de tu documento de identidad y la del resto de miembros de tu unidad de convivencia
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Pide el certificado de empadronamiento en el que aparezcan los miembros de tu unidad de convivencia
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Rellena el formulario de solicitud que se adjunta como Anexo I a la convocatoria
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Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Cabra o en su registro electrónico
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Justifica los pagos del alquiler en la forma y el plazo que te indique la resolución de concesión
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud (Anexo I)
- Copia del documento de identidad de la persona solicitante y del resto de miembros de la unidad de convivencia
- Certificado de empadronamiento en el que aparezcan los miembros de la unidad de convivencia
- Contrato de alquiler suscrito por el solicitante
- Documento sellado por la entidad bancaria que acredite que eres titular de la cuenta indicada, si no figuras dado de alta como tercero en el Ayuntamiento
- Justificantes del pago de la renta del periodo subvencionado, mediante ingreso bancario o declaración responsable del arrendador
- Certificado de estar al corriente con la agencia tributaria, la Junta de Andalucía, la hacienda local y la Seguridad Social