Ayuda a la natalidad en Moyuela por hijo o adopción
1.000€ por cada nacimiento o adopción para familias empadronadas en Moyuela
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Ayuntamiento de Moyuela, en concurrencia competitiva, por cada nacimiento o adopción para fomentar la natalidad.
- Para quién
- Progenitores casados, parejas de hecho y familias monoparentales con hijos, y personas que adoptan a un menor.
- Cuánto
- 1.000€ por cada nacimiento o adopción
- Qué cubre
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- Ayuda económica por cada nacimiento que se produzca
- Ayuda económica por cada adopción que se formalice
- No hay gastos que justificar después: se paga por la situación de nacimiento o adopción
- Requisitos
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- El nacimiento ya ha tenido lugar o la adopción está formalizada
- Resides de forma efectiva en Moyuela y lo acreditas con el padrón
- Estás empadronado en Moyuela de forma continuada durante el año anterior a la solicitud
- Si estáis casados o sois pareja de hecho, ambos progenitores o adoptantes residís en el municipio
- El recién nacido está empadronado por primera vez en tu mismo domicilio de Moyuela
- En caso de adopción, inscribes al menor en el padrón dentro del mes siguiente a la resolución judicial
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Responde de la veracidad de todos los datos que declaras en la solicitud
- Declara si has solicitado u obtenido otras ayudas para la misma finalidad
- Subsana la solicitud en diez días hábiles si el ayuntamiento te lo requiere
- Devuelve la ayuda si se detecta cualquier falsedad, con el interés de demora que corresponda
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 5 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Has tenido un hijo o has formalizado una adopción
- Resides de forma efectiva en el municipio de Moyuela
- Llevas empadronado en Moyuela el año anterior a la solicitud
- Formáis una pareja casada, una pareja de hecho o una familia monoparental
- Has empadronado al recién nacido en tu mismo domicilio
- El nacimiento o la adopción todavía no se ha producido
- Han pasado más de seis meses desde el nacimiento o la adopción (si el nacido o adoptado lo fue en 2024, 2025 o 2026, los seis meses cuentan desde la entrada en vigor de la ordenanza municipal)
- No estás empadronado en Moyuela de forma continuada el año anterior
- El nacido o adoptado no figura empadronado en tu mismo domicilio
- Tienes deudas pendientes con el ayuntamiento, con Hacienda o con la Seguridad Social
Cuánto puedes recibir
Recibes 1.000€ por cada nacimiento o adopción. La cuantía es única y tasada: es la misma para todos los solicitantes que cumplen los requisitos, sin criterios de valoración ni prorrateo. Cada nacimiento o adopción da derecho a una ayuda. El pago se hace por transferencia a la cuenta que indiques, en el plazo de un mes desde el acuerdo de concesión.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne el certificado de nacimiento del Registro Civil o la copia de la resolución judicial de adopción
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Pide el certificado de empadronamiento y convivencia y los certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
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Rellena el modelo normalizado de solicitud (Anexo II) y la ficha de terceros con tu cuenta bancaria
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Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Moyuela o en su sede electrónica
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Subsana la documentación en diez días hábiles si el ayuntamiento te lo pide
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Espera la notificación individual de la resolución de la Alcaldía
Documentación necesaria
- Solicitud en el modelo normalizado (Anexo II)
- Certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil (en caso de nacimiento)
- Copia de la resolución judicial de adopción (en caso de adopción)
- Copia del NIF de la persona solicitante
- Certificado de empadronamiento y convivencia, con la fecha de alta y la causa de inscripción del nacido o adoptado
- Certificado de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Certificado de estar al corriente con la Tesorería General de la Seguridad Social
- Ficha de terceros con la cuenta bancaria donde recibir el ingreso